Historias de Algeciras

En la cuna del hambre (y III)

  • La década de los 40 del siglo XIX 200 niños eran lactados por nodrizas pagadas con sueldos del Ayuntamiento 

  • El abandono infantil es un asunto de gran preocupación para el nuevo gobierno resultante

  • En la cuna del hambre (I)

  • En la cuna del hambre (II)

Niños algecireños en la calle Soria, esquina con Prim.

Niños algecireños en la calle Soria, esquina con Prim.

Si bien la administración fernandina dejó establecida la aparente protección de los más desprotegidos de sus súbditos, aún quedaba una cuestión por resolver; asunto que desde el primer momento y en nuestra ciudad asumió el local consistorio a pesar de las muchas necesidades que debió afrontar el absolutista y repuesto alcalde, Pedro Barte, quién a poco de retomar el poder aprobaría las siguientes mejoras: Alumbrado público en calles Imperial -ex General Riego-, servicio de serenos [...] Adquisición de 37 farolas alimentadas de aceite con soporte de hierro, coste 3.573 rv.

Las exhaustas arcas municipales, dado su pésimo estado económico, difícilmente podían sostener con un mínimo de dignidad hospicios, expósitos o cualquier otro servicio de protección al menor desvalido; así que el Estado fernandino envío a cada diócesis una encuesta para que los ordinarios del lugar ofrecieran -asumiendo la responsabilidad- respuesta a la grave situación económica por la que pasaban estas caritativas instituciones. El autor de la frase "Marchemos juntos por la senda constitucional y yo el primero" no pudo disfrutar de la solución a tan importante problema económico dado su fallecimiento.

Las políticas liberales tras la muerte del que "en tanta paz quedó como dejó" y en sus actuaciones desamortizadoras respetaron los bienes dedicados a la beneficencia entregando a las diputaciones provinciales el cuidado, nuevamente, de los niños dejados de la mano de Dios, y su responsabilidad económica; y siempre bajo el amparo de las juntas e instituciones religiosas. Al comienzo de la década de los cuarenta del siglo XIX, en un informe remitido por la Comisión Municipal de Enseñanza, se expresa, entre otras: "Como pudiera demostrar sin esfuerzo la comisión si no temiera ser molestas, por ahora se limita a recordar al Cuerpo Capitular el abandono en que yace en Algeciras la primera educación de los pobres, entre los que se suman 56 niñas expósitas, que existen en la inclusa y por ello la urgente necesidad que hay del establecimiento de la escuela de instrucción primaria gratuita". Aquella década del sangriento siglo comenzó con el sostenimiento en el Hospital Civil de 200 niños lactados por nodrizas pagadas con sueldos del Ayuntamiento; siendo los gastos generados de 9.187 reales.

Casi a la finalización de aquellos duros años, concretamente en 1849, cuando la Alcaldía algecireña se encontraba presidida por José Bárbara Mato, un grupo de progresistas vecinos solicitaron y obtuvieron el respaldo del gobernador militar para la construcción de los necesarios saneamientos para la ciudad. Al mismo tiempo de tan loable iniciativa, aparecerá otra regulación en el marco jurídico de protección para los más desprotegidos que puntualiza en la excepcionalidad de los establecimientos de beneficencias considerados particulares cuando "cumpliesen el objeto de la fundación que los sostiene; que se costeen exclusivamente con fondos propios o donados o legados por particulares, y cuya dirección y administración esté confiada a corporaciones autorizadas por el Gobierno para este efecto o patronos designados por el fundador".

Posteriormente con la entrada en vigor de la llamada Ley Municipal del 56 se contempla, "la configuración del gobierno municipal en concejalías, la aprobación de los presupuestos de la Junta Municipal y el carácter del alcalde como figura suprema del municipio". Esta visión progresista de la política tendrá su reflejo en las distintas acciones benéficas dependientes de la Administración y por tanto del erario público destacando entre estas, y dado el gran abandono infantil que sufre la nación las Casas para niños Expósitos. De alguna manera se viene a retornar el ideal de la doceañista constitución, que heredó durante el liberal trienio la Ley para el Establecimiento General de Beneficencia (1822), estableciendo: "Para que los Ayuntamientos puedan desempeñar más fácil y expeditamente lo prevenido [...] habrá una Junta municipal de Beneficencia en cada pueblo, que deberá entender de todos los asuntos de este ramo, como auxiliar de su respectivo Ayuntamiento. Todo ello sin dejar de existir las Casas de Acogida de carácter privado, generándose una beneficencia a dos velocidades bajo un mismo drama".

El abandono infantil es un asunto de gran preocupación para el nuevo gobierno resultante; años más tarde, fruto del llamado Sexenio Revolucionario, se aprueba mediante decreto el -nuevamente- traslado de funciones a las administraciones más cercanas: las corporaciones. Estableciéndose por tanto: "Todas las funciones [...] quedan refundidas en las que competen a Diputaciones provinciales y Ayuntamientos [...] Diputaciones y Ayuntamientos nombrarán en uso de sus atribuciones a los empleados que juzguen necesarios para el despacho de la Beneficencia". Entre tanto, llega una buena noticia: "Reparto presupuestario para las Casas Espósitos de la provincia [...] Espósitos de Sanlúcar [...] Ydem de Algeciras Importa su presupuesto 22.383. Bajas en enfermos y sirvientes 4.440 = 17.943".

Orden para el director de la Hijuela de Algeciras (1869). Orden para el director de la Hijuela de Algeciras (1869).

Orden para el director de la Hijuela de Algeciras (1869).

Difícilmente aquellos menores acogidos en nuestra ciudad, y objeto de la regulación antes citada, podrían aspirar, dada su precaria situación, solo cubierta en lo más básico de ropa, comida y techo por la caridad privada o pública, a ocupar plaza en centro de segunda enseñanza y 3ª clase que le fue concedido al Ayuntamiento de Algeciras.

El curso académico de aquel año comenzaría en las frías celdas del vetusto Convento de la Merced, sin la lógica presencia de aquellos menores. Qué lejos estaban estos de la realidad de aquel hijo de Doña Nicolasa Paredes, esposa de D. Esteban Orejón y Valdemorillo, ambos, personajes de la galdosiana obra titulada La Fontana de Oro (1889), quién embarazada del que fuera posteriormente contumaz absolutista conocido como Coletilla, y según la pluma del célebre autor canario: "Daba a ensoñar todas las noches que su hijo era consejero de Despachos, padre provincial, racionero, dean y hasta obispo, rey, emperador, papa ó archipapa". Aquellos hospicianos, incluseros o expósitos carecían de padres que ensoñaran para ellos el mejor de los futuros posibles. Como expresara en un futuro, mi siempre admirado poeta Manuel Alcántara: "No digo que sí o que no/ Digo que si Dios existe/ no tiene perdón de Dios".

Durante los convulsos (ahora llamados democráticos) revolucionarios años, también se observaron otras iniciativas para con los desvalidos menores: "Para que por la Contaduría de Hda. de la provincia no se ponga inconveniente a los Directores de las Hijuelas de Expósitos en el cobro de las inscripciones del 3% que obran en el poder de estos correspondiente á dichos establecimientos". En el mismo contexto se remite al consistorio algecireño el siguiente escrito: "De conformidad con lo que propone la sección, se acordó comunicar orden al Director de la Hijuela de expósitos de Algeciras para que proporciones á Francisca Defarque Jiménez, nodriza que lacte á su hijo entendiéndose esta disposición como medida interina hasta que por el Alcalde de dicha Ciudad se forme el oportuno expediente que acredite que la Francisca Defarque no puede á causa de su pobreza costear la lactancia de su hijo, á cuyo efecto se dirigirá el oportuno y correspondiente oficio á dicha autoridad local".

Eran años de necesidad y escasez también para las instituciones de acogida, encontrando en el matrimonio de las jóvenes expósitas -de acuerdo con el canónico y civil Derecho-, una solución para dar salida a tanta plaza ocupada, otorgándoles al mismo tiempo una pequeña cantidad a modo de dote matrimonial: "Manuel Nieto Lazuela, como marido de la expósita Ynés Vicenta, solicita el pago de la dote que le corresponde por haber contraído matrimonio [...] haciéndose presente que en el presupuesto corriente hay consignación para seis dotes y que son varios los agraciados que reclaman el pago de las concedidas, se decide que se oficie al Director del Hospicio para que manifieste qué cantidades ha satisfecho hasta hoy por dicha obligación, á fin de que en su vista se pueda determinar lo que se estime de justicia sobre las reclamaciones indicadas". No bastaba con ser expósita, la circunstancia específica de los esponsales marcaba su adjudicación.

También y por aquellos días: "Comunicación del Alcalde de Algeciras en que participa que María de los Dolores Muñoz,, natural y vecina de aquella ciudad se encuentra enferma e imposibilitada de criar á su hijo Antonio Ruiz de un mes y medio de edad, la Diputación acordó se diga al Alcalde que haga saber á la interesada puede depositar á su hijo en la casa de expósitos toda vez que se halla imposibilitada para criarlo, sirviendo esta disposición de regla general para todos los demás casos que se presenten".

Dentro del mismo contexto: "Resultando de la certificación expedida por el Médico titular de Algeciras que remite el Alcalde de aquella Ciudad, que María Salvatierra no puede lactar á su hijo por hallarse enferma [...] se acuerda, se diga al Alcalde que la interesada puede dar ingreso en la Casa de expósitos á su citado hijo donde será lactado".

Por otro lado también se resuelve previa solicitud: "Resultando debidamente justificado que Fernando Redondo, vecino de Algeciras es persona honrada y de buena conducta y gana lo suficiente con su oficio de carpintero para sostener á la espósita Carlota Luisa, con la que solicita casarse, la Diputación acordó conceder á dicha espósita permiso para contraer matrimonio con el expresado Fernando Redondo, según tiene justificado". Por aquellos días ejercía como Director de la Hijuela de Algeciras el Arcipreste de la Palma, quién solicitó "la licencia a la espósita Joaquina Josefa para que pueda contraer matrimonio con José Antonio Rodríguez, ambos de Algeciras".

Tras el revolucionario sexenio, que tan violento fue en nuestra ciudad con, entre otras, masiva fuga de presos de la cárcel o posterior asesinato del alcalde Gaspar Segura, se produjo en base a la aprobación del decreto de 17 de diciembre de 1868, un regreso compentencial de estos establecimientos de acogida a las administraciones locales y provinciales; dando como resultado entre otras: "Se acuerda prevenir á la sesión de Beneficencia, proceda urgentemente á instruir los expedientes de subasta de suministros de los artículos que se consuman en todos los establecimientos provinciales de Beneficencia, de nuevo que los nuevos contratos puedan regir lo antes posible".

Se pretendió controlar armonizar proporcionalmente gastos para cada uno de los centros dependientes de las autoridades provinciales, coordinándose con la municipal y eclesiástica del lugar; y para lo cual se creyó oportuno: "Subastar todos los servicios de los establecimientos de beneficencia, aprobando los pliegos de condiciones que para cada uno ha presentado la Comisión, de acuerdo con la sección de Beneficencia. Se fija en 22 cuartos el precio de la hogaza de pan".

Manteniéndose los procedimientos administrativos según los casos: "Resultando justificado que los consorte Sebastián Vargas y Catalina Blanco, vecinos de Algeciras son los padres del espósito Rafael José á quién reconocen como hijo legítimo, la Diputación acordó se espidan las órdenes oportunas para que se entregue á los interesado su citado hijo. Como expresara otro personaje galdosiano en otras de sus obras, titulada La de Bringas (1884). Los niños son bosquejos de personas. Ellos son nuestras premisas, nosotros sus consecuencias. Quizá la actitud hacia los niños de toda aquella generación diera como resultado el convulso comienzo de la nueva centuria que estaba por llegar.

Y con la llegada del siglo XX las competencias sobre estas instituciones de acogida de menores pasaron “de mano en mano como la falsa moneda”, según quién gobierne. Posteriormente y con el avance de la sociedad nuevas formas de entender lo que antaño se tildó de “problema”, encontraría más humanitarias y sensibles formas de abordarlo. Afortunadamente desde 1999 (BOE número 266) quedaron suprimidos los nombres y apellidos (como Expósito), que pudieran señalar con el dedo acusador y de por vida precisamente a los más inocentes de la sociedad.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios