Ceuta

El monte donde va la nueva cárcel será reclasificado

  • Al tratarse de una zona catalogada como de Utilidad Pública es el Gobierno local el que puede permitir la construcción

La decisión de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente de ordenar la realización de un proyecto de impacto ambiental en torno a la construcción de la nueva cárcel provocará que la Ciudad tenga que reclasificar la zona afectada, al tratarse de monte de Utilidad Pública.

Aunque un real decreto datado de 1934 apunta a que dentro de ese catálogo se encuentra todo el Monte Hacho y la zona del extrarradio, y por tanto no podría practicarse construcción alguna en la zona, existe un articulado de la Ley de Montes de 2003 que permite a la Ciudad actuar de manera excepcional en esta zona. Previo informe de Defensa y en aras a posibilitar la puesta en marcha de una obra que beneficie a la ciudadanía, el Gobierno local (que es quien tiene las competencias para hacer que se cumpla ese real decreto de 1934 todavía en vigor) puede ordenar una reclasificación de la zona de monte afectada y lo puede hacer, además, de oficio iniciando un trámite administrativo.

Ordenado el estudio de impacto ambiental (que incluye además otro de impacto socioeconómico) deberá iniciarse, de manera paralela, y tras obtenerse el visto bueno a la construcción, estos trámites por parte de la Consejería de Medio Ambiente. A la citada reclasificación se sumaría la desafectación del terreno previa exclusión del catálogo.

La decisión adoptada por el Ministerio de llevar a cabo este estudio de impacto ambiental, que hará retrasar la obra al menos un año, se produce después de que la asociación ceutí en defensa del patrimonio, Septem Nostra, alertara, el pasado diciembre, de los impactos que podría tener la construcción de la penitenciaría, tal y como publicó 'El Faro'.

Septem Nostra denunció que la memoria consultiva había ignorado que el proyecto se pretendía ubicar en un espacio protegido por la ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la ley 10/2006, de 28 de abril. Es decir, era una de las zonas 'intocables' al afectar al denominado 'Monte Benzú, de Ingenieros y sin denominación oficial', perteneciente al Estado e incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública por esa Orden Ministerial de 5 de septiembre de 1934 que debe respetarse. Y ese debe lo indicó el propio Ministerio de Medio Ambiente a la asociación al preguntar por la vigencia de una norma que a partir de los años 50 nunca se respetó lo que permitió la expansión de construcciones en terrenos presuntamente protegidos como el propio Hacho. Septem Nostra indicó en su escrito que la afectación al entorno protegido de la Torre de Mendizábal, declarada Bien de Interés Cultural, no se ha resuelto de manera definitiva en la citada memoria consultiva y recordaron que la Ley de Patrimonio Histórico Español prohíbe toda construcción que altere el carácter de los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o perturbe su contemplación. Dan cuenta de un informe de la Consejería de Educación y Cultura de la Ciudad Autónoma donde se comenta que el proyecto del nuevo centro penitenciario invade parte del entorno protegido del mencionado fortín, por lo que se debería modificar la ubicación del mismo para evitar esta situación.

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