Gibraltar

Las casas de apuestas llevan la ley del juego al Tribunal de Justicia de la UE

  • La corte decidirá el día 4 si Reino Unido y Gibraltar deben considerarse un solo Estado a la hora de aplicar la normativa

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comenzará el jueves 4 de octubre una audiencia para determinar si Reino Unido y Gibraltar deben ser tratados como un solo Estado miembro cuando se trata de aplicar la ley de la UE sobre los juegos de azar online. Lo hace a instancia del Tribunal Supremo de Inglaterra, que se lo solicitó en julio del año pasado a raíz de una reclamación interpuesta por la Gibraltar Betting and Gaming Association (GBGA).

Implementada en diciembre de 2014 dentro de la Ley de Finanzas, una nueva normativa establece una tasa del 15% para las actividades de juego y apuestas remotas realizadas por británicos. La GBGA, que representa a la mayoría de operadores de juego con sede en Gibraltar, y que proporcionan servicios de juego remoto para clientes de Reino Unido, argumenta que este régimen restringe la libre circulación de servicios en violación del artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

La GBGA solicitó una revisión judicial del nuevo régimen de impuestos después de que perdió un desafío legal a la normativa de licencias de juego a distancia que también se fundamenta en el "punto de consumo". Esto es, que desde el 1 de noviembre de 2014, las empresas que deseen hacer publicidad o suministrar servicios de juegos remotos a los consumidores de Reino Unido han tenido que obtener una licencia de la Comisión de Juego para hacerlo. De ahí que las empresas del juego gibraltareño pretendan que se dilucide si el Peñón tiene el carácter de un territorio independiente para Reino Unido dentro de la UE, por lo que la prestación de servicios entre los dos debe ser tratada como cualquier comercio dentro de la UE en virtud del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Tribunal Supremo inglés también ha preguntado si las medidas nacionales impuestas pueden constituir una restricción sobre el derecho a la libre circulación de servicios.

Al menos el 55% de los servicios de apuestas remotas prestados a los clientes en Reino Unido son proporcionados por compañías con sede en Gibraltar, según estableció la corte suprema británica, que aseguró que el objetivo principal del nuevo régimen es garantizar que "los proveedores de servicios de apuestas remotas a los clientes británicos tributen por esta actividad económica según la normativa sobre la normativa de Reino Unido".

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