El ganado equino es el mayoritario en el municipio con 115 explotaciones
Los ganaderos tienen más de 600 cabezas de caballo según el censo oficial · Las multas por infringir la ley oscilan desde los 75 euros hasta los 1,2 millones, en función de la gravedad y la normativa
El municipio linense cuenta con 115 explotaciones de equinos, los que más presencia tienen en la ciudad con 627 cabezas de ganado caballar, 13 de asnal y 15 de mular, según datos del censo ganadero que han sido facilitados por la delegación provincial de Agricultura y Pesca.
Aunque el caballo sea el animal preferido por los ganaderos linenses, el número de vacuno y ovino es también destacable aunque bastante inferior en comparación al equino.
En la ciudad existen 266 hembras de vacuno en cuatro explotaciones de reproducción para carne, además de un cebadero. En cuanto al ganado ovino, los ganaderos disponen de 236 hembras de más de 12 meses en dos explotaciones y 255 corderos para cebo.
Por lo que respecta al resto de especies ganaderas, como son caprina y porcina, el número de cabezas desciende en gran medida. En el primer caso hay 26 hembras de más de 12 meses en dos explotaciones, mientras que en el segundo, solo hay dos cerdas de vientre y nueve animales de cebo en una explotación.
El registro de las explotaciones ganaderas y los requisitos que se deben cumplir para que estas sean autorizadas están regulados por el Decreto 14/2006 de la Junta de Andalucía, que se denomina REGA, y que fue modificado posteriormente con el Decreto 248/2007.
En dicha normativa se establece que los controles a los que son sometidos los animales y las explotaciones varían en función de la especie ganadera. La Junta de Andalucía realiza controles sanitarios dentro de los Programas Nacionales de Erradicación de Enfermedades de los Animales, que consisten en la realización de una serie de pruebas y analíticas dependiendo de la especie y de la enfermedad.
Por otro lado están los controles de identificación animal que se conocen como controles PCI. También se comprueba el bienestar de los animales y además se sigue el Plan Nacional de Investigación de Residuos (PNIR).
Las explotaciones que no cumplan con la normativa se exponen a que se inicie un expediente sancionador que desembocará en multas que pueden ser leves, graves o muy graves.
En el caso de aplicarse la Ley 8/2003 de Sanidad Animal las multas pueden ir desde un apercibimiento o desde 600 euros a 3.000, si es una infracción leve, desde los 3.001 euros a 60.000 en el caso de ser grave y desde los 60.001 a 1.200.000 euros, si es muy grave.
Si se ha incurrido en una infracción con respecto a la Ley 32/2007 para el Cuidado de los Animales, ya sea en su explotación, transporte, experimentación y/o sacrificio, las sanciones establecidas son desde apercibimiento a 600 euros en el caso de las leves, desde 601 a 6.000 euros si es grave y desde 6.001 hasta 100.000 euros sin son muy graves.
Finalmente, los ganaderos también deberán afrontar multas si no cumplen la Ley 11/2003 de Protección Animal en Andalucía con sanciones que oscilan desde los 75 a 500 euros para las leves, 501 a 2.000 euros para las graves y 2.001 a 30.000 euros para las muy graves.
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