Un régimen transitorio de franquicias regulará durante tres años las compras entre Gibraltar y la UE tras la caída de la Verja
El tratado establecerá unas cuantías máximas exentas de impuestos diferentes para los viajes terrestres (344,59 euros libres de impuestos) y los que lleguen por mar o aire (493,78 euros)
El sistema se aplicará de forma permanente con los trayectos fuera de la Unión Europea y al margen de los límites para productos sensibles como el tabaco, alcohol y carburantes
Gibraltar y la UE acuerdan una unión aduanera sin aranceles y sin integración plena del Peñón en el mercado comunitario
La entrada en vigor del futuro tratado entre la Unión Europea y Gibraltar introducirá un nuevo régimen de franquicias libres de derechos para los viajeros, que regulará la compra y el transporte de bienes entre ambos territorios. Este sistema estará dirigido exclusivamente a las personas físicas y se aplicará únicamente a productos destinados al uso personal o familiar de los viajeros, así como a bienes adquiridos como regalos. El régimen tendrá una vigencia inicial de tres años para los desplazamientos entre Gibraltar y la UE, incluidos los viajes con España.
Según lo anunciado este lunes en una nota técnica del Gobierno de Gibraltar, los límites de la franquicia variarán en función del medio de transporte utilizado. En el caso de los viajes por mar o por aire, la cuantía máxima exenta de impuestos será de 430 libras por persona (493,78 euros), mientras que para los desplazamientos por vía terrestre el límite se situará en 300 libras (344,59 euros). Estos umbrales se ajustan a los estándares habituales de la Unión Europea en materia de franquicias para viajeros.
El régimen tendrá una vigencia inicial de tres años para los desplazamientos entre Gibraltar y la UE, incluidos los viajes con España. En cambio, para los trayectos entre Gibraltar y países no pertenecientes a la Unión Europea, como el Reino Unido, el sistema de franquicias se aplicará de manera permanente.
Gibraltar matiza que, en todos los casos, seguirán vigentes los límites cuantitativos estándar para productos sensibles como el tabaco, el alcohol y el combustible.
Durante el período transitorio de tres años entre la UE y Gibraltar, los viajeros que transporten bienes cuyo valor no supere los umbrales establecidos únicamente deberán abonar los impuestos en el lugar de compra. Sin embargo, quienes lleven mercancías por encima de dichos límites —algo que estará permitido— podrán solicitar la devolución de los impuestos pagados en origen, ya sea el IVA o el impuesto sobre transacciones (inicialmente un 15%), y proceder posteriormente al pago del impuesto correspondiente en el destino. En el caso de entrar en España, se aplicará el IVA, mientras que al acceder a Gibraltar se abonará el impuesto sobre transacciones local.
Para facilitar este procedimiento, Gibraltar habilitará un punto específico en el aeropuerto donde los viajeros que superen los límites de franquicia podrán realizar las declaraciones necesarias. No obstante, durante esta fase inicial no se establecerán controles aduaneros en la frontera terrestre entre Gibraltar y España.
Una vez concluido el período de tres años, el régimen de franquicias desaparecerá por completo en lo relativo a los viajes entre Gibraltar y la UE. A partir de ese momento, los viajeros podrán transportar cualquier cantidad de bienes entre ambos territorios, siempre que puedan justificar que se trata de productos destinados a uso personal o que tienen carácter de regalo.
Este nuevo marco busca facilitar la movilidad y el comercio minorista entre Gibraltar y su entorno, al tiempo que establece un sistema fiscal armonizado y controlado, especialmente relevante en una zona de intenso tránsito transfronterizo. El Peñón y la Unión Europea avanzan hacia la creación de una unión aduanera específica, que permitirá la libre circulación de mercancías entre ambos territorios sin que la colonia se incorpore al Territorio Aduanero de la UE.
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