Energías renovables

Los municipios del Campo de Gibraltar, sin bonificaciones por la instalación de placas solares

Placas solares instaladas en una vivienda de Algeciras.

Placas solares instaladas en una vivienda de Algeciras. / Jorge del Águila

En tiempos en los que la instalación de placas fotovoltaicas para autoconsumo se ha disparado en los últimos meses debido a los altos precios de la electricidad, los ayuntamientos del Campo de Gibraltar tienen un debe con las personas que han decidido apostar por esta energía sostenible para abastecer sus viviendas de electricidad. Según un estudio realizado por la Fundación Renovables, de lo 760 municipios de más de 10.000 habitantes, 190 ayuntamientos, entre ellos los de la comarca, no ofrecen ningún tipo de bonificación ni sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) ni sobre el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

El estudio refleja que ni Algeciras, La Línea, San Roque, Los Barrios y Tarifa ofrecen incentivos para la instalación de placas solares, cosa que sí hace la Junta de Andalucía a través de fondos Next Generation. También hay deducciones en el Impuesto de la Renta (IRPF).

En la provincia hay algunos ejemplos de ayuntamientos que ofrecen bonificaciones en el IBI. En Cádiz, la capital, El Puerto, San Fernando y Rota ofrecen una bonificación del IBI del 50%, con una duración distinta. Jerez cuenta con un 25% y Arcos, con un 10%.

El caso concreto de Cádiz, que también cuenta con la bonificación del 95% del ICIO, el descuento del IBI a inmuebles con energía solar está establecida por un periodo de cuatro años desde la fecha de instalación. El importe de la bonificación no podrá superar los 300 euros al año. La suma total de la bonificación tampoco podrá ser superior al 30% del coste de la instalación o de la inversión particular, en el caso de instalaciones compartidas.

Según el estudio, los municipios de Andalucía más ventajosos son Córdoba y Andújar, con un 50% de bonificación del IBI durante 10 años. En ambos casos, al finalizar el período de duración de la bonificación, el valor de la inversión se habrá amortizado por completo simplemente con el dinero ahorrado al no pagar anualmente el IBI.

Aplicación

El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recoge en su artículo 74 que los ayuntamientos pueden aplicar bonificaciones por la instalación de autoconsumo fotovoltaico de hasta el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para los Bienes Inmuebles en los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, sin fijar la duración máxima de la bonificación.

Cada ayuntamiento puede establecer o modificar anualmente en sus ordenanzas si se aplica esta bonificación, así como las condiciones o restricciones para su uso. En la mayoría de los casos, la bonificación se enmarca solo en el uso residencial, lo que provoca que una importante parte del mercado, como son los edificios del sector terciario o industrial, no tengan posibilidad de obtenerla.

Apuesta desde la UE

La Unión Europea tiene claro todos los beneficios que el autoconsumo aporta a la autosuficiencia energética de los Estados miembros, algo clave por la repercusión que ha tenido en el mercado energético la invasión de Ucrania por parte de Rusia, uno de los países de los que los Europa más dependía energéticamente. Así, dentro del ambicioso plan RePowerEU se ha presentado la Estrategia Solar Europea que, además de duplicar la potencia de solar fotovoltaica en el horizonte 2025 hasta alcanzar los 600 GW en 2030, hace una firme apuesta por el potencial que aportan los tejados europeos, ya que estima que podrían suministrar 680 TWh anuales, el 25% del consumo de electricidad de la UE.

De esta manera, se han planteado medidas como limitar a tres meses el periodo máximo de tramitación, un calendario de obligatoriedad en edificios públicos, comerciales y nuevos residenciales, e incluso pretende establecer marcos de apoyo para obtener amortizaciones menores a 10 años si se hibrida el autoconsumo fotovoltaico con almacenamiento y bombas de calor. También pone objetivos a las comunidades energéticas, fijando que debe haber como mínimo una en municipios con más de 10.000 habitantes para 2025.

Conclusiones

La Fundación Renovables recoge en las conclusiones de su estudio que las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico son rentables de por sí, es decir, que no necesitan ningún tipo de ayudas para que compense económicamente ponerlas. “Ahora mismo las ayudas tienen un carácter de efecto llamada para que la ciudadanía decida dar el paso y así que poco a poco se conviertan en otra de las herramientas cotidianas que utilizamos en nuestro día a día”, señala.

De los 760 municipios estudiados, 415 ofrecen bonificaciones sobre el IBI, lo que representa un 55% del total. Un total de 123 ayuntamientos ofrecen bonificación únicamente sobre el IBI para sistemas solares de autoconsumo (un 16% del total), 155 ofrecen bonificación sólo sobre el ICIO (20%), 292 ofrecen bonificación tanto sobre el IBI como sobre el ICIO (38%) y 190 no ofrecen ningún tipo de bonificación ni sobre el IBI ni sobre el ICIO, lo que supone un 25% del total de municipios con más de 10.000 habitantes.

De los 415 municipios con bonificaciones al IBI hay 109 que establecen unas condiciones restrictivas o muy restrictivas, impidiendo a la gran mayoría de la ciudadanía acceder a ellas. En el caso del ICIO son 38 municipios los que establecen condiciones restrictivas o muy restrictivas.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios