Las pruebas que han servido para considerar un acto terrorista el asesinato de Algeciras
Ataque yihadista en Algeciras
Un mes antes de comerte el crimen Yassine Kanjaa comenzó a tener un comportamiento diferente que llamó la atención a sus allegados
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El juez Joaquín Gadea sostiene que Yassine Kanjaa, el hombre de 25 años que asesinó al sacristán Diego Valencia el pasado 25 enero en Algeciras, actuó "de forma premeditada".
Así lo ha recogido el auto del magistrado con el que se da por concluida la instrucción del caso y califica los hechos como asesinato terrorista, un delito castigado con la pena de prisión permanente revisable.
Las pruebas
El juez coincide con los investigadores y considera que “de la conversación del investigado con su madre se puede concluir que Yassin tenía premeditado el ataque mortal que llevó a cabo”. La madre llegó a manifestar su temor por lo que le contaba su hijo, que revelaba que el chico se estaba radicalizando.
Lo que "no hace más que revelar y corroborar la predisposición de este a cometer una acción", señala el auto. “Lo siento, estás en tu derecho. Lo siento y mucho. Es mi culpa, pero nuestro honor era todo para mí”, le dice el detenido a su madre cuando ésta le manifiesta su miedo.
Además de esto y tal y como avanzó ‘El Periódico de España’, para los investigadores fue clave el aumento de actividad de Kanjaa en sus redes sociales justo un mes antes de cometer el crimen. Con esto se podía evidenciar que había un cambio respecto a su manera de entender el Corán que podría entenderse, según los agentes, como una radicalización ya que llegó a realizar en solo 30 días hasta 70 publicaciones con temática de este tipo.
El día anterior a cometer la acción el investigado compartió una publicación que hacía alusión a la yihad y en la que salía un guerrero encapuchado sosteniendo una guadaña.
Posibles alteraciones psíquicas
Los informes forenses ya concluyeron, entonces, que el joven podría sufrir un trastorno de la personalidad y que, a pesar de estar en prisión, debía ingresar en una unidad psiquiátrica.
No obstante, el juez ha dejado claro en su auto que “las alteraciones psíquicas” que pudiera sufrir el detenido no impide calificar los hechos como un ataque terrorista.
Según el informe forense que se recoge en el auto, Kanjaa presenta “un cuadro psicótico” que cursa “con delirios de probable filiación esquizofrénica”. “En el momento de tener lugar los hechos presentaba una descompensación psicótica aguda con un importante grado de implicación afectiva y conductual que afectaría muy severamente a sus capacidades volitivas e intelectivas”, señala.
Como ya advirtió el fiscal, que tuviera sus capacidades completamente anuladas no lo exime de haber cometido un presunto delito de terrorismo, por el que la pena sería la prisión permanente revisable.
El Ministerio de Interior defendió que el perfil de Kanjaa no respondía al clásico del yihadista y que no estaba en el rádar de los servicios nacionales por radicalización, tampoco en el de otros países aliados. La investigación policial apuntó a que se radicalizó de forma exprés por las redes sociales y actuó en solitario. Su condición mental pudo favorecer esta radicalización al ser una persona más vulnerable.
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