La Audiencia Nacional investigará las mordidas del caso Body Factory
La Audiencia Provincial confirma la decisión de Alaya, que ve en la red una organización criminal
La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la decisión de la juez Mercedes Alaya de enviar a la Audiencia Nacional el sumario de la operación Madeja -en la que se incluyen las mordidas llevadas a cabo en Algeciras en la construcción del complejo deportivo Body Factory- en la que se investiga una organización criminal que habría actuado en 12 provincias españolas pagando hasta 4,3 millones de euros en comisiones, sobornos o dádivas a funcionarios y cargos públicos a cambio de favores en la adjudicación de contratos con distintas administraciones públicas.
En lo que afecta directamente a Algeciras, la causa entiende de la imputación de los exalcaldes Diego Sánchez Rull y Tomás Herrera, además de los funcionarios José Álvarez Ruiz, Manuel Alberola Visiedo y Francisco Javier Malla Calvente. Los dos primeros están imputados por tener, a juicio de la juez Alaya "una participación decisiva en las mordidas" y se les acusa de delitos como cohecho, prevaricación y malversación, añadiéndose el de "asociación ilícita" en el caso de Sánchez Rull a quien se le impuso una fianza superior a 1,1 millones de euros y que tuvo que dimitir el pasado mes de noviembre.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha desestimado los recursos presentados por varios de los 88 imputados en esta macrocausa, al estimar que aunque la cuantía del fraude no sea por ahora "especialmente significativo", la complejidad de las investigaciones y el elevado número de implicados hace necesario que la instrucción sea encomendada a un juzgado Central de Instrucción.
En uno de los autos, la Audiencia ha desestimado el recurso de uno de los funcionarios imputados en la operación Madeja que había alegado que no concurrían los requisitos exigidos en la ley orgánica del Poder Judicial que pudieran sustentar una grave repercusión de las conductas investigadas en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia.
La Audiencia recuerda que la juez Alaya fundamentó la inhibición en la naturaleza de los hechos investigados, teniendo en cuenta el "importante número" de administraciones públicas afectadas, no sólo en las diversas provincias de la comunidad autónoma andaluza -como Sevilla, Jaén, Huelva, Córdoba o Cádiz-, sino en otras regiones como Extremadura, Valencia, Canarias, Aragón o Cataluña, y recordaba que había 88 imputados, de los cuales 40 eran funcionarios públicos.
El tribunal argumenta que frente a la interpretación de las defensas resulta "innegable" que de acreditarse las conductas investigadas habrían podido tener una "grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en cuanto cuestionan de una forma generalizada la recta aplicación de las normas de contratación de las administraciones públicas que desempeñan sus funciones en demarcaciones territoriales que exceden de más de una Audiencia, con su correlativa incidencia en un amplio número de agentes económicos que han podido ver defraudadas sus legítimas expectativas empresariales, también en distintas comunicadas, por estas presuntas reprobables prácticas orquestadas de una forma organizada para conseguir la obtención fraudulenta, y ejecución ventajosa, de contratos públicos".
El tribunal precisa que, aunque las posibles cantidades defraudadas en esta "fase incipiente de la investigación" no sean por ahora "especialmente significativas", otras circunstancias como la "complejidad de la instrucción", tanto por el número de inculpados como de administraciones públicas y terceros "dispersos por todo el territorio nacional que han podido resultar afectados", es lo que hace que se "requiera de una especializada y preferente atención que, sin demérito del trabajo efectuado por la instructora, puede ser más eficiente si se continúa por órganos jurisdiccionales creados precisamente para dar respuesta a conductas como las investigadas".
La Audiencia entiende igualmente que de esta forma se evitaría que la instrucción pueda "dilatarse más allá del tiempo estrictamente imprescindible, lo que redundará en beneficio de la Justicia en general, pero también de los imputados".
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