Juan Andrés Gil recurrirá la condena a 10 años de inhabilitación por coacciones
Tribunales
La sentencia en primera instancia también le condenaba a un año y ocho meses de prisión
El exalcalde considera que no existen pruebas salvo el testimonio de la acusación
El exalcalde de TarifaJuan Andrés Gil, ha anunciado su intención de recurrir la sentencia en primera instancia que le ha condenado a una pena de un año y ocho meses de prisión y a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público como autor de un delito de coacciones.
La sentencia parte de una denuncia presentada en 2015 por el entonces agente de la Policía Local Jorge Benítez, al que requirió "de forma intimidante" que retirara una multa de aparcamiento al concejal de Turismo Juan Antonio Santos, según la sentencia.
Para Gil, el pronunciamiento del tribunal es "un mal ejemplo de error de la Justicia" por considerar que se da la razón a la parte acusatoria "sin pruebas ni testigo al margen de la propia acusación". El exalcalde apunta que el vehículo del entonces concejal Juan Antonio Santos, el origen de la disputa, se encontraba aparcado en el recorrido de la cabalgata de Reyes de aquel año porque estaba cumpliendo una función "necesaria" de tipo organizativo.
Sobre la posterior apertura de dos expedientes disciplinarios al agente municipal, que el tribunal considera una represalia por la trifulca y acabaron siendo revocados por los tribunales, Gil sostiene que contaban con todas las garantías y capacidad de defensa para el funcionario para "averiguar la verdad de cualquier acto de indisciplina como el que ocurrió aquel día en el que el funcionario en cuestión desobedeció claramente las órdenes directas del alcalde y anteriormente había multado con rencor y maldad el vehículo de un concejal sabiendo de sobra que no debía hacerlo, porque estaba cumpliendo una función necesaria dentro de la organización del día de Reyes".
Gil no ingresará en prisión al no tener antecedentes penales, pero ya estaba inhabilitado para el desempeño de cargos públicos durante siete años por una condena judicial emitida en marzo de 2016.
"Este procedimiento penal es el tercero que se dirime en los juzgados promovidos por el mismo exfuncionario contra mí. Los dos anteriores fueron archivados por improcedentes y este tercero que, aunque no es firme, incomprensiblemente ha sido sentenciado con una condena que será recurrida", ha comentado Gil, quien confía en un recurso favorable ante la Audiencia Provincial.
No hay comentarios