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La RPT exige negociación pero no un acuerdo con las secciones sindicales

El informe jurídico dice que la falta de consenso no impide que la Administración apruebe el documento, que requiere mayoría simple en el pleno · El Ayuntamiento no necesitará recurrir al despido objetivo

Eva Reyes / La Línea

25 de febrero 2012 - 01:00

El equipo de gobierno puede aprobar en pleno la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), con mayoría simple, sin necesidad de llegar a un acuerdo con las secciones sindicales. Así lo recoge el informe jurídico incluido en la RPT, al que ha tenido acceso este diario.

En este informe, el asesor jurídico que lo ha elaborado, Francisco Llamas, expone que tanto el documento como sus modificaciones "deben ser objeto de negociación -no basta con consultar o informar- cuando tengan repercusión sobre las condiciones de trabajo, sin que la Administración pueda acogerse al derecho de autoorganización para no hacerlo. La auténtica negociación colectiva ha de canalizarse imperativamente a través del cauce formal de la Mesa General de Negociación", apunta.

No obstante, el asesor agrega que, según el Tribunal Supremo, "la negociación no es lo mismo que la concertación -llegar a un acuerdo-, por lo que el bloqueo negociador no impide que la Administración apruebe la RPT".

Una vez aprobada inicialmente, la RPT tendrá que ser sometida al trámite de información pública y, ante la ausencia de un plazo especialmente indicado, "será de aplicación con carácter general el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia".

Por otro lado, el Consistorio deberá remitir una copia tanto a la Administración del Estado como a la Junta de Andalucía, dentro del plazo de treinta días, sin perjuicio de su publicación íntegra en el BOP.

El asesor jurídico, que hace hincapié en que el objetivo de la RPT es "la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios, así como los requisitos para el desempeño de cada puesto", recuerda además que fue el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el que, según sentencia del 26 de enero de 2007, estableció "la obligatoriedad" por parte de una entidad local de elaborar la RPT.

Entre los documentos a los que ha tenido acceso Europa Sur también consta un informe elaborado por la Dirección de Recursos Humanos y Régimen Interior del Ayuntamiento.

En el mismo y sobre la amortización de plazas, un total de 69, que supondrá la aprobación de la RPT, se establece que los contratos indefinidos no fijos se caracterizan "por un manifiesto coeficiente de provisionalidad que en principio los excluye de todas aquellas normas que protegen la estabilidad y continuidad en el empleo. Así, el trabajador con contrato indefinido no fijo ve limitada su permanencia hasta la provisión de la plaza que ocupa a través del procedimiento legal correspondiente. (...) Si bien, también es posible la finalización del contrato por amortización de la plaza, hecho que sucederá cuando tal puesto no esté incluido en la RPT o no se considere necesario para el servicio público", reseña.

Aclarada esta distinción, el informe expone que el Tribunal Supremo "llega a la conclusión de que las Administraciones Públicas no tienen que acudir a un despido objetivo para cesar a un trabajador indefinido cuando se amortiza la plaza que ocupa, por lo que la simple amortización de la plaza es suficiente para producir su extinción y no es necesario acudir a los trámites y formalidades del despido objetivo".

En cuanto a la indemnización, añade que "si bien es cierto que el Supremo de Castilla la Mancha es categórico al afirmar que el trabajador puede ser cesado incluso sin indemnización alguna, a lo sumo de media indemnización, al objeto de previsión presupuestaria, ésta ascendería a 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades".

En estos momentos, la RPT del Ayuntamiento linense está pendiente de que la alcaldesa, Gemma Araujo, convoque a los sindicatos para volver a constituir la Mesa General de Negociación, después de los recursos presentados por el CSIF y la negativa de la UGT y CCOO a sentarse. La propuesta del equipo de gobierno prevé la amortización de 69 plazas y un recorte drástico del complemente específico, lo que permitiría reducir la nómina mensual de 1,4 millones a 900.000 euros.

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