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El CSIF sostiene que la auditoría que contratará el Ayuntamiento es ilegal

El sindicato afirma que es una "frivolidad" dados los impagos a los trabajadores y un gasto "inútil" · Asegura que esta función está reservada en exclusiva al interventor y pide el archivo del expediente

Instantánea del Palacio y de la acampada de delegados sindicales por el retraso de las nóminas.
Redacción / La Línea

07 de marzo 2012 - 01:00

La sección sindical del CSIF en el Ayuntamiento sostiene que la auditoría que va a ser contratada para fiscalizar las cuentas del Consistorio y las sociedades municipales de los últimos cuatro años es ilegal y ha pedido a la alcaldesa, Gemma Araujo, que archive el expediente.

Este sindicato ha presentado un escrito dirigido a Araujo a través del Registro General para solicitar que se paralice la contratación de esta auditoría en el que argumenta los motivos de tal petición: "Atendida la deuda que este ayuntamiento tiene con sus trabajadores y teniendo constancia de que existe en tramitación un expediente por el departamento de Compras para la contratación de una empresa a fin de realizar una auditoría, esta sección sindical entiende que tal gasto no es solo una frivolidad sino un gasto inútil e ilegal".

El CSIF añade que se trata de una medida ilegal en virtud a la disposición adicional segunda de la Ley 7/07 que, en relación con el artículo 4 del Real Decreto 1174/87 establece que esta función "está reservada en exclusiva al interventor del Ayuntamiento", que es habilitado nacional, por lo que pide que el expediente sea archivado "dada su evidente ilegalidad e inoportunidad", agrega en dicho escrito.

En un comunicado de prensa, el CSIF calificó de frívola la actitud del equipo de gobierno municipal "que, careciendo de recursos para abonar a los trabajadores municipales las nóminas que se les adeudan y que tras haber presentado una RPT que tira al cubo de la basura más de treinta años de negociaciones colectivas y derechos adquiridos por los trabajadores fruto de muchas horas de lucha sindical, se pueda plantear el desembolso en una auditoría externa a sabiendas de que se trata de una ilegalidad".

Este sindicato agregó que el Tribunal de Cuentas ha avisado de que los auditores privados no pueden fiscalizar instituciones públicas como ayuntamientos y comunidades autónomas, "ya que esta labor está reservada a los organismos oficiales de control y supervisión", indicó.

Además, argumentó que la auditoría pública "a la que están sujetas las entidades del sector público tiene naturaleza jurídico-pública, no mercantil, y está sujeta a la legislación presupuestaria, a la legislación administrativa reguladora de la gestión económico-financiera del sector público y a las normas de auditoría y contabilidad públicas", según aclaró precisa el Tribunal de Cuentas.

"La conclusión inequívoca es que la fiscalización externa de la entidades locales es una función pública exclusiva del Tribunal de Cuentas" y que "ningún auditor privado, persona física o jurídica, puede fiscalizar ni auditar a ninguna administración pública", añadió.

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