Gibraltar

Hacienda retiene vehículos con matrícula de Gibraltar cuyos propietarios residen en España

Vehículos con matrícula de Gibraltar, estacionados en Guadacorte.

Vehículos con matrícula de Gibraltar, estacionados en Guadacorte. / R. A.

El Gobierno de Gibraltar ha recibido quejas de varios propietarios de coches y motocicletas matriculados en el Peñón que han sido retenidos en España. Estas intervenciones, que se suceden desde abril del año pasado, se deben a que cualquier persona que resida oficialmente en España no puede poseer un vehículo matriculado en Gibraltar y viceversa, un residente en Gibraltar no puede poseer un vehículo matriculado en España.

La retención se realiza a los ciudadanos que constan como residentes en España y que tienen a su nombre un vehículo matriculado en Gibraltar, sin que conste su importación. Se trata de una retención en garantía del pago del arancel y el IVA y no lleva sanción.

El Ejecutivo que encabeza Fabián Picardo ha confirmado que esta situación no está relacionada con la salida de Gibraltar de la Unión Europea, sino que se trata de un procedimiento aduanero en virtud de las normas de la Unión Europea relativas a la importación del vehículo y a la situación de residencia del propietario. De esta manera, hay un breve periodo de transición tras la compra en el que hay que regularizar la matriculación del vehículo o el estatus de residencia del propietario: "No hace falta decir que no es posible ser oficialmente residente en España y en Gibraltar al mismo tiempo. Esto nunca ha sido posible", ha resaltado el Gobierno gibraltareño. 

"El propósito de estas normas es fiscal y está relacionado con el pago de los aranceles de importación y el IVA sobre el vehículo por parte de una persona a la que se considera residente principalmente en España. Es importante tener en cuenta que las cámaras del Reconocimiento Automático de Matrículas están instaladas tanto en el lado gibraltareño como en el español de la frontera y que esto proporciona datos sobre la frecuencia con la que un vehículo cruza de un lado a otro", indica el Ejecutivo del Peñón. 

El problema, según destaca el Gobierno de la Roca, se deriva del estatus de residencia en España de los afectados y no de su estatus de residencia en Gibraltar. "Por ello, los afectados son personas con casa tanto en Gibraltar como en España. Esto significa que no se considera relevante que el afectado pueda presentar un documento de identidad gibraltareño, facturas de servicios públicos u otra prueba de residencia en Gibraltar si al mismo tiempo se le considera residente en España por las reglas del sistema español. En cualquier caso, el documento de identidad de Gibraltar no se reconoce como una prueba definitiva o concluyente a efectos fiscales y se trata en este caso de una cuestión fiscal", indica. 

Consejos del Gobierno

El Ejecutivo gibraltareño aconseja a los afectados que se aseguraren de que tienen documentados tanto la residencia en Gibraltar como el abandono de la residencia en España, y que esté establecida exclusivamente en Gibraltar. "La residencia en un país no refuta automáticamente la residencia en otro. Por ejemplo, en la mayoría de los casos la residencia fiscal se establece después de haber residido allí durante 180 días, cuando hay 365 días en un año normal".

El Gobierno indica que la mejor manera de asegurarse de cuáles son los requisitos legales es contratando los servicios de un abogado o de un asesor fiscal. "No basta con cumplir las normas de un país, pero no las del otro. Esto es igual entre todos los países y no sólo entre Gibraltar y España. El nuevo Tratado Fiscal, que aún no ha entrado en vigor, ayudará en estas situaciones al establecer un criterio definido y acordado para la resolución de estos conflictos de residencia fiscal". 

Gibraltar recuerda que el documento de identidad de Gibraltar ya no está reconocido por la Unión Europea como documento de viaje válido y que esta una de las cuestiones que estamos tratando de solventar en las negociaciones en curso con la UE.

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