La empresa conjunta de España y Reino Unido para gestionar el aeropuerto de Gibraltar tendrá sede en otro país de la UE
Los vehículos de Correo, servicio de grúa, mercancías ligeras (hasta 2,5 toneladas) y material médico de emergencia estarán exentos de licencias
La Línea da el primer paso hacia el uso compartido del aeropuerto de Gibraltar con la cesión de 1.800 metros
El texto final del Tratado de Gibraltar, al que ha tenido acceso Europa Sur, incluye un capítulo clave sobre aviación que prevé por primera vez la creación de una empresa conjunta bajo responsabilidad compartida entre España y el Reino Unido para supervisar la gestión del aeropuerto de Gibraltar. La medida busca garantizar la seguridad, la eficiencia operativa y la cooperación transfronteriza en uno de los puntos estratégicos de la zona y que más desafíos planteaba.
La empresa conjunta, que se constituirá en un Estado de la Unión Europea que no sea España, será responsable de seleccionar mediante licitaciones públicas periódicas a la empresa comercial encargada de la gestión diaria del aeropuerto. La licitación podrá definir el contrato aplicable y la legislación laboral de las operaciones, asegurando transparencia y competitividad en la gestión.
Según el tratado, las personas físicas o jurídicas que deseen impugnar decisiones de la empresa conjunta o de la empresa comercial podrán hacerlo utilizando los instrumentos legales nacionales, europeos o internacionales, incluso ante tribunales del Reino Unido o de un Estado miembro, según corresponda.
El acuerdo de aviación también establece un Comité Especializado en Aviación encargado de supervisar la seguridad, coordinar inspecciones conjuntas, intercambiar información sobre protección aérea y garantizar el cumplimiento de las normas internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Además, se asegura que los vuelos entre Gibraltar y destinos de la UE o del Reino Unido sean operados únicamente por aerolíneas autorizadas de cada parte. Es decir, una compañía española solo podrá volar a aeropuertos de la UE y una británica, a los de Reino Unido.
Además, el tratado regula los derechos de tráfico aéreo, permitiendo a las aerolíneas de la UE y del Reino Unido sobrevolar Gibraltar, realizar escalas no comerciales y operar vuelos entre Gibraltar y sus territorios respectivos, siempre cumpliendo la legislación aplicable de cada parte.
Con esta medida, España y Reino Unido buscan una gestión compartida y moderna del aeropuerto de Gibraltar, fomentando la cooperación internacional y la seguridad, sin comprometer la operativa civil ni la normativa europea de aviación.
Mercancías y ambulancias
El Tratado de Gibraltar establece un marco para el transporte por carretera entre la UE, Gibraltar y Reino Unido, con especial énfasis en la seguridad, la salud pública y la fluidez comercial.
Según el acuerdo, el transporte de mercancías entre Gibraltar y la zona fronteriza contigua de la UE estará permitido, con tránsito por el territorio de la Unión para fines comerciales, incluyendo viajes en vacío relacionados con estos transportes. Los vehículos y conductores deberán cumplir requisitos específicos de licencias, certificados profesionales y equipamiento, como tacógrafos, según lo dispuesto del tratado.
En materia de servicios de ambulancia, el tratado establece que los operadores de Gibraltar podrán prestar servicios de urgencia y tratamiento especializado a pacientes en establecimientos médicos contiguos en la UE, bajo la supervisión de la Autoridad Sanitaria de Gibraltar, y viceversa para los operadores de la UE en Gibraltar. Estas medidas buscan garantizar la protección de la salud sin crear discriminación ni restricciones encubiertas al comercio de servicios.
El acuerdo también prevé zonas fronterizas con exenciones de licencias, aplicables a transporte de correo, vehículos averiados, mercancías ligeras (hasta 2,5 toneladas), material médico de emergencia y transportes accesorios de los transportistas por carretera.
En términos fiscales, los vehículos empleados en estos transportes estarán exentos de impuestos sobre la circulación en el territorio de la otra parte, con ciertas excepciones como peajes o impuestos sobre el consumo de combustible. Asimismo, el combustible, lubricantes y piezas de recambio necesarios para los trayectos estarán exentos de derechos de aduana e impuestos.
Para asegurar la correcta implementación del tratado, se establece un Comité Especializado en Economía y Comercio, encargado de revisar nuevas medidas reglamentarias, supervisar su aplicación y resolver discrepancias. Además, el acuerdo contempla medidas correctivas en caso de incumplimiento de la normativa por alguna de las Partes, garantizando un equilibrio en la aplicación de la normativa.
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