La Audiencia Nacional encara el final del juicio al acusado del ataque yihadista de Algeciras

El juicio a Yassine Kanjaa, acusado del asesinato del sacristán Diego Valencia, quedará visto para sentencia este martes

Uno de los policías locales de Algeciras que detuvo a Yassine Kanjaa: "Dijo que había sido liberado por su Dios"

Yassine Kanjaa frente al tribunal.
Yassine Kanjaa frente al tribunal. / Audiencia Nacional (Youtube)

El juicio a Yassine Kanjaa, el presunto yihadista acusado del asesinato consumado con un machete del sacristán Diego Valencia y la tentativa de asesinato del sacerdote Antonio Rodríguez en dos iglesias de Algeciras el 25 de enero de 2023, quedará previsiblemente visto para sentencia el próximo martes.

Ese día será el turno de la defensa para exponer su informe final ante el tribunal de la Audiencia Nacional que juzga a su representado, que podrá acto seguido ejercer su derecho a la última palabra antes de dar por concluida la vista oral, si bien es posible que no lo haga porque ya se negó a declarar en el juicio.

La enfermedad mental diagnosticada a Kanjaa tras los ataques que protagonizó en las iglesias de San Isidro y Nuestra Señora de La Palma de Algeciras (esquizofrenia paranoide, por la que está ingresado en un centro psiquiátrico), será con toda probabilidad el argumento principal de la defensa para tratar de evitar que se le condene a la pena de 50 años de cárcel que pide para él la Fiscalía, similar a la que pide el resto de acusaciones.

El fiscal ya expuso en su informe definitivo que considera compatible el "binomio enfermedad mental y delitos de terrorismo" en casos como el de Kanjaa, de origen marroquí y que se encontraba de forma irregular en España cuando se produjeron los hechos.

Para el representante del Ministerio Público, pese a su enfermedad mental, sus facultades intelectivas y volitivas no estaban afectadas cuando perpetró los ataques y por tanto sabía lo que hacía, por lo que aprecia que por esta circunstancia solo cabe aplicarle la eximente incompleta por enfermedad mental y no la completa, que impediría que cumpliera pena en una prisión.

Circunstancia además que entiende compatible con la acusación de asesinato terrorista -consumado y en grado de tentativa- y de lesiones terroristas, ya que, según ha destacado, una enfermedad mental es más permeable a la propaganda de tipo yihadista y, por tanto, más proclive a la comisión de delitos de terrorismo.

Para el fiscal, la intencionalidad yihadista parece clara por "la elección de a quién quería agredir en todos los sitios en los que estuvo", que fueron precisamente sendas iglesias, la de San Isidro, donde primero agredió al sacerdote con un machete en la espalda, y la de Nuestra Señora de la Palma, donde abordó al sacristán al que persiguió hasta la Plaza Alta donde acabó con su vida tras asestarle varios machetazos.

Su animus necandi (intención matar) se centró además en esas dos personas a las que identificó como religiosas y no en el resto de testigos que coincidieron con él en su recorrido mortal por los escasos metros de distancia entre ambos templos y la plaza Alta.

El fiscal, que se apoya también en la declaración que Kanjaa prestó ante el juez tras su detención y que fue reproducida en el juicio, ve así acreditada la "intención ideológica y la finalidad concreta" en ambos ataques, que, a su juicio, fueron fruto del proceso de radicalización en el que estaba inmerso.

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