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La Audiencia Provincial rebaja la pena a Patricio González por el club hípico

Caso Botafuegos

El órgano ratifica la condena al exalcalde y a un técnico municipal por prevaricación

Una imagen de archivo del Club Hípico Botafuegos. / E.S.

La Audiencia Provincial ha rebajado la pena al ex alcalde de Algeciras Patricio González y a un técnico municipal a un año y nueve meses de inhabilitación para empleo y cargo público electo, así como al pago de una multa de 450 euros cada uno, por un delito de prevaricación urbanística en la concesión irregular de la licencia de construcción del Club Hípico Botafuegos.

El exregidor y el técnico municipal había apelaron a la Audiencia Provincial después de que fueran condenados en diciembre de 2017 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras a sendas multas de 2.880 euros más costas e inhabitación para empleo o cargo público por periodos de cinco años.

Según la sentencia, que ha sacado a la luz el colectivo ecologista Agaden, Patricio González concedió el 2 de octubre de 2002 la licencia tras saltarse el procedimiento de declaración de utilidad pública e interés social del proyecto, el informe jurídico preceptivo y el de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Lo hizo en “connivencia” con el ingeniero municipal, que emitió un informe favorable “teniendo conocimiento de que ello obviaba la normativa urbanística aplicable”. Se refiere a que la parcela sobre la que se proyectaba la construcción estaba clasificada en el PGMO (el PGOU de entonces) como Suelo no Urbanizable de Especial Protección Compatible. Esto quiere decir que sólo se contemplaban como usos instalaciones y edificaciones ligadas a actividades primarias, construcciones de interés público y social vinculadas a los valores que se tratan de proteger y recreativos o turísticos apoyados en edificaciones legales ya existentes. En el caso del Club Hípico Botafuegos se trataba de un edificio de nueva planta destinado a un uso recreativo que no se ajustaba a la norma.

El 2 de abril de 2002, el propietario del Club Hípico, José Galán, solicitó la licencia y le fue denegada por el arquitecto municipal porque el proyecto no guardaba relación con la extensión, la naturaleza y la utilización de la finca. Galán retocó el proyecto y volvió a presentarlo el 1 de agosto de 2002. Entonces fue cuando obtuvo el informe favorable del ingenieromunicipal y la licencia por parte del alcalde. El 9 de octubre de 2007 el Pleno del Ayuntamiento de Algeciras acordó declarar nulo el permiso por la irregularidad con fue concedido.

La sentencia hace hincapié, como atenuante, en la dilación del procedimiento. Comenzó en marzo de 2005 y el juicio no se celebró hasta noviembre de 2017. El periodo ha sido “excesivo y no guarda proporción con la complejidad del asunto”, explicó en su día la jueza, que añade que la causa estuvo paralizada durante meses sin que se pueda hacer de ello responsable a los ahora condenados.

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