San Roque

Un asesinato por encargo, tras el crimen del bazar chino de San Roque

  • El jurado considera probado que el condenado actuó a cambio de dinero

  • Al juicio llegó un segundo acusado como inductor, pero las acusaciones particulares retiraron la imputación

Los servicios funerarios retiran el cuerpo del fallecido el día del asesinato

Los servicios funerarios retiran el cuerpo del fallecido el día del asesinato / Andrés Carrasco

El asesinato del dependiente de un bazar chino en Campamento en junio de 2016 se produjo por encargo. Así lo ha considerado el jurado que ha declarado culpable a G. A. L., quien ha sido condenado a 35 años de prisión y 150.200 euros tras matar a puñaladas a Z. N. e intentar hacer lo mismo con la otra dependienta del establecimiento, X. Z., ambos de nacionalidad china. La sentencia acaba de ser publicada por la sección algecireña de la Audiencia Provincial.

El jurado, tras analizar las pruebas recabadas, ha concluido que la única motivación del asesinato fue económica, pero no se ha podido determinar quién encargó la muerte de las víctimas. Al juicio llegó acusado de ser inductor del asesinato otro hombre, M. M. T., pero las dos acusaciones particulares (los hijos del fallecido y la mujer agredida) retiraron sus imputaciones en el juicio oral, por lo que ha sido absuelto.

Queda así parcialmente abierto el crimen que conmocionó Campamento hace dos años y medio. La sentencia detalla que el acusado accedió con otra persona al Bazar Súper Cien sobre las 9:30 del 27 de junio de 2016 recorriendo su interior y sin comprar objeto alguno. Salieron a los dos minutos y a las 9:37 volvió, ya solo, y preguntó a la dependienta dónde podía encontrar unas maquinillas de afeitar. Tras entrar en la tienda, se acercó al fallecido y le preguntó dónde estaban los productos de ferretería con el objetivo de alejarlo de la entrada, ya que había visitado siete días antes de los hechos la tienda con otra persona con el objetivo de reconocerla.

Una vez en esa zona apartada y alejada de la caja sacó de repente un cuchillo de unos 20 centímetros, y sin mediar palabra alguna, asestó al dependiente veinte puñaladas en múltiples partes del cuerpo. La víctima falleció a los pocos minutos.

Acto seguido se dirigió a la cajera y sin mediar palabra alguna, y de forma igualmente sorpresiva, le lanzó una primera puñalada y le conminó a que abriese la caja, de donde cogió 200 euros. Después le lanzó una segunda a la altura del cuello y la arrastró a la zona de probadores para que no pudiera ser vista. Cuando pensó que había fallecido, la dejó abandonada.

El dueño de la tienda cree que el asesino pudo confundir a la víctima con él

El acusado alegó que había actuado bajo los efectos de las anfetaminas y bajo una crisis de personalidad, extremos rechazados por una perito y por varios testigos, entre ellos la mujer apuñalada, que explicó que el agresor no iba borracho ni bajo los efectos de las drogas, ni se tambaleaba al caminar.

Para el jurado está claro que cometió el asesinato “tras haber recibido una cantidad de dinero, así como promesa de una cantidad mayor por parte de una tercera persona que no ha sido identificada”. Así lo indicaría el testimonio de un guardia civil, que aseguró que con seguridad había participado otra persona. También los 2.300 euros encontrados en el domicilio del acusado en Ceuta sobre los que no pudo explicar su procedencia. Pero sobre todo, G. A. L. entregó una carta a su hermana para que se la entregase al “primo”, sin especificar su nombre, donde reclama a ese desconocido 12.000 euros bajo la amenaza de poder implicarle en los hechos. Su hermana entregó esa carta al otro acusado (y después absuelto), aunque tanto G. A. L. como el M. M. T. negaron durante el juicio que el segundo fuese su destinatario.

Además, el condenado no tenía relación alguna con el fallecido, que según las declaraciones de sus familiares en el juicio “no tenía enemigos”. ¿Por qué lo apuñalaron entonces? El propietario del bazar, marido de la otra víctima, dio una clave durante el juicio: piensa que alguien pudo pagar a G. A. L. para matarle a él y a su mujer y que confundió al fallecido con el propietario. De hecho, aseguró en el juicio temer por su vida y pensar que se trataba de un asunto relacionado con la rivalidad comercial; había tenido anteriormente episodios agresivos contra sus bienes que no llegó a denunciar.

G. A. L. ha sido condenado por estos hechos a 35 años en total. El presidente del tribunal de jurado, el magistrado Manuel Gutiérrez Luna, impone una condena de 20 años y 6 meses por asesinato por alevosía (mediando precio); 12 años por un asesinato intentado y a 2 años y 6 meses por robo con intimidación

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