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Tribuna Libre
La Audiencia de Barcelona condenó el pasado mes de febrero al jugador de fútbol Dani Alves como autor de un delito de agresión sexual (violación) a una joven, con una pena de prisión que ascendía a 4 años y 6 meses.
En el momento de ocurrir los hechos, en diciembre de 2022, se hallaba en vigor la Ley del solo sí es sí, impulsada por el grupo parlamentario Podemos, y que suponía la reducción de las penas por estos delitos en dos años. De ahí que la sentencia fuese de 4 años y 6 meses, en lugar de 6 años y 6 meses de prisión.
Una vez condenado, se presentaron dos recursos más. El primero, ya expuesto, ante la Sala de Apelación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y el segundo, ante el Tribunal Supremo.
La letra pequeña dice que Alves sólo puede permanecer en prisión la mitad de la pena impuesta, lo que se traduciría a 2 años y 3 meses. Ahora, la Audiencia ha decidido fijar una fianza para así garantizar que, de confirmarse la sentencia, el condenado vuelva a cumplir el resto de la pena. En caso de negativa y de tomar la decisión de no ingresar en prisión, el millón de euros de fianza pasará directamente a las arcas del Estado.
Y es ahí donde surgen las dudas sobre si una persona condenada, y ya en libertad, regresaría para el cumplimiento de cuanto reste de la condena, pese a la fianza que pueda depositar.
Hay que pensar que se trata de un nacionalizado brasileño y, pese a que se le haya prohibido la salida de España y retirado el pasaporte, no es menos cierto que todos conocemos medios para llegar a un determinado lugar, un país extranjero sin que se exija un documento identitario. Aquí hay que hacer una pequeña aclaración: si llegase a su país, la entrada no se le puede negar por ser nacional del mismo.
Pero, además, España no cuenta con un convenio de extradición con Brasil, por lo que aún dificulta más la vuelta de Alves y, es más, ningún país suele extraditar a sus nacionales para que cumplan penas en un país extranjero.
La difícil decisión adoptada por la Audiencia de Barcelona va en contra de la expresada por la Fiscalía y por la propia víctima, que solicitaban que el acusado permaneciera en prisión hasta la resolución de los recursos. En caso de darse la fuga, la condena se vería agravada al no aparecer más por nuestro país y por el hecho de no haber cumplido 1 año y 4 meses por un delito tan execrable.
En este asunto, debido a la escasa penalidad con la que se han castigado estos hechos, y corregido con posterioridad, se ha hecho de este caso algo que nunca debería ocurrir más. En este suceso hay un beneficiado, el jugador, y una víctima, la chica agredida, que no olvidará lo ocurrido aquella noche jamás.
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