España se reserva el derecho a rescindir el Tratado de Gibraltar después de cuatro años

Gibraltar negocia un "concordato" con Reino Unido que le permita también romperlo

Las partes pueden suspender temporalmente el acuerdo y volver a los controles en la Verja

El tratado permitirá a la Policía Nacional española pasar a Gibraltar cuando persiga o vigile a un delincuente

La Aduana de La Línea.
La Aduana de La Línea. / Francisco J. Olmo / Europa Press

El Tratado de Gibraltar nace con la posibilidad de que el Gobierno de España -no así el del Peñón- le ponga la fecha de caducidad. El artículo 66 del texto final concede al Ejecutivo español la opción de rescindir el acuerdo si, después de como mucho cuatro años desde su entrada en vigor, considera que se han producido incumplimientos que impiden la aplicación de los controles Schengen en el puerto o el aeropuerto gibraltareños. O en la incorporación de la legislación europea necesaria en la parte británica. También contempla que España, en nombre de la Unión Europea (UE), o Reino Unido, suspendan temporalmente el acuerdo y restablezcan los controles en la Verja por incumplimiento grave de los compromisos adquiridos o por amenaza grave y persistente a la seguridad interior.

El tratado parte de la base de que España es la responsable de la aplicación del acervo de Schengen en Gibraltar, según se lee en el artículo 33. Es decir, es su responsabilidad garantizar que las personas, incluidos sus medios de transporte y los objetos que lleven consigo, puedan ser autorizadas a entrar o salir de su territorio. Pero también "impedir que las personas eludan los controles fronterizos y de prevenir o detectar los cruces fronterizos no autorizados".

Por comprobar que esto es así, el tratado detalla que Reino Unido permitirá, a petición del Ejecutivo español, que los representantes y expertos de la Unión Europea y de sus Estados miembros realicen evaluaciones en las zonas en las que se realicen los controles. Es más, "prestará asistencia y facilitará a dichos representantes el ejercicio de sus funciones, tal como se establece en el Reglamento (UE) 2022/922 del Consejo lo que incluye, entre otras cosas, visitar e inspeccionar las infraestructuras situadas en Gibraltar".

El artículo 65 indica que el comité especializado en circulación de personas realizará una evaluación de estos controles, además de las disposiciones administrativas, "a más tardar cuatro años después de la entrada en vigor" del acuerdo. En ese momento, previa consulta, presentará al Consejo de Cooperación un informe sobre la evaluación, que incluirá una valoración de las disposiciones administrativas. Dicho informe expondrá la valoración común de las partes o de cada una de ellas.

Una vez completado este examen, la UE, "incluso a petición del Reino de España", y el Reino Unido podrán rescindir el acuerdo "mediante notificación por escrito por vía diplomática". Dejará de estar en vigor un año después. El punto 2 obliga a la UE a pedir la rescisión siempre que se lo pide el Gobierno español.

El artículo 19 del tratado establece además que Reino Unido, en lo que respecta a Gibraltar, debe incorporar a su legislación nacional y aplicar de manera efectiva las disposiciones de la Unión Europea contempladas en el acuerdo. Esto incluye tanto los actos de la UE enumerados expresamente como cualquier modificación, complemento o acto posterior relacionado con esos actos.

El texto prevé un mecanismo de notificación y aceptación de actos posteriores: cada vez que la UE adopte un nuevo acto relevante, lo notificará inmediatamente al Reino Unido, que dispondrá de un plazo de 30 días para comunicar su decisión sobre la aceptación e incorporación a su Derecho interno. La aceptación formal por parte del Reino Unido crea derechos y obligaciones tanto para Gibraltar como para la UE, asegurando que la legislación europea se aplique de forma efectiva en el territorio.

En los casos en que la incorporación de un acto posterior requiera requisitos constitucionales internos, el Reino Unido debe informar a la Unión Europea y aplicar provisionalmente, en la mayor medida posible, las normas contenidas en dicho acto hasta completar dichos requisitos. Este procedimiento garantiza que la legislación de la UE sea respetada de forma inmediata, evitando vacíos legales en Gibraltar.

El acuerdo también establece consecuencias claras en caso de incumplimiento. Si el Reino Unido decide no aceptar un acto posterior, no notifica su aceptación en el plazo establecido o no informa sobre la incorporación de dicho acto a su legislación nacional en un plazo máximo de seis semanas desde la entrada en vigor, el acuerdo se considera automáticamente rescindido, salvo que el Consejo de Cooperación determine mantenerlo tras un examen detallado de las posibilidades de continuidad. En caso de rescisión, esta entra en vigor tres meses después de completarse el plazo de revisión del Consejo.

El paso fronterizo entre La Línea y Gibraltar.
El paso fronterizo entre La Línea y Gibraltar. / Francisco J. Olmo / Europa Press

Suspensión

El artículo 67 del Acuerdo permite que, en caso de incumplimiento grave de los compromisos adquiridos o si existe una amenaza grave y persistente para la seguridad interior, debido a la ausencia de controles fronterizos entre la UE y Gibraltar, cualquiera de las partes pueda suspender temporalmente la aplicación de sus obligaciones. Esta medida se adoptará previa consulta entre las partes y será notificada a través del Consejo de Cooperación. La suspensión surte efecto a partir del octavo día de la notificación o en la fecha posterior que se indique, y permite restablecer temporalmente los controles fronterizos, asegurando la protección de los ciudadanos y el orden público.

Esta salvaguarda se complementa con el artículo 68, que establece un marco de notificaciones, designaciones y declaraciones de autoridades competentes, garantizando transparencia y coordinación entre España, la UE y Reino Unido. Gracias a este mecanismo, todas las acciones relacionadas con la seguridad, la cooperación judicial y la aplicación de órdenes de detención pueden realizarse de manera clara, organizada y eficiente.

Además, el artículo 69 refuerza el principio de seguridad, permitiendo que las partes adopten cualquier medida necesaria para salvaguardar su seguridad nacional, incluso si estas medidas afectan temporalmente las disposiciones del Acuerdo. Esto asegura que la protección de los ciudadanos y la integridad del territorio español prevalezca en situaciones excepcionales.

Garantías para Gibraltar

Aunque no aparece en el tratado, el ministro principal de Gibraltar, Fabián Picardo, afirma que el Gobierno del Reino Unido garantizará la capacidad del Gobierno gibraltareño de salir del tratado entre el Reino Unido y la UE si así lo desea, o de impedir que un futuro gobierno británico lo haga en contra de la voluntad de Gibraltar. En declaraciones a Gibraltar Chronicle, Picardo explicó que estos compromisos se establecerán en un acuerdo paralelo formal entre el Reino Unido y Gibraltar, conocido como concordato, que se presentará junto al tratado en los dos parlamentos. “Tenemos garantías respecto a estos asuntos, cuyos detalles están siendo redactados y negociados entre ambos gobiernos en este momento”, dijo.

El tema surgió en el contexto del debate en el Parlamento de Gibraltar, donde se discutía una moción del GSD -el partido en la oposición en la Roca- que instaba al Gobierno del Reino Unido a iniciar el proceso de ratificación del tratado bajo la Ley de Reforma Constitucional del Reino Unido.

Picardo destacó que “el concordato entre el Reino Unido y Gibraltar es una parte crucial del rompecabezas. Gibraltar necesita garantías sobre su participación en los comités de supervisión y la capacidad de finalizar el tratado, así como asegurarse de que el Reino Unido no pueda terminar el tratado si está funcionando para nosotros, solo porque un gobierno británico ideológicamente motivado pueda pensar que no encaja con su visión del Brexit”.

Las declaraciones del ministro principal se producen después de que el ex ministro principal Sir Peter Caruana publicara un artículo de opinión en el Chronicle en el que subrayaba la necesidad de estas garantías del Gobierno británico. Caruana eñaló que, aunque algunos aspectos del tratado –como la participación de las fuerzas policiales españolas y los arreglos del aeropuerto– eran complejos, no implican pérdida de la soberanía británica ni de la jurisdicción propia de Gibraltar, aunque advirtió sobre posibles riesgos relacionados con el aeropuerto.

“Lo importante es que Gibraltar tenga la oportunidad de salir del tratado si lo considera necesario”, escribió. “Reino Unido puede darnos esa seguridad, acordando que ejercerá su derecho a terminar el tratado… si Gibraltar lo solicita. Esto nos proporcionará una vía de salida si lo necesitamos”, añadió.

Picardo coincidió con este análisis y añadió que Gibraltar debe protegerse también de posibles acciones de un gobierno ideológico en Reino Unido que pudiera detener el tratado incluso si funciona, así como de posibles sobrealcances por parte de la UE o España, o incluso de decisiones internas de Gibraltar basadas únicamente en motivaciones ideológicas. Por ello, subrayó que debe existir un proceso parlamentario para asegurar que cualquier decisión sea responsable y no meramente ideológica.

Aunque se esperaba que el concordato estuviera acordado antes del debate en el Parlamento, eventos internacionales recientes retrasaron su finalización.

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