Gibraltar

Gibraltar avisa de los requisitos para conducir por la UE si hay un Brexit sin acuerdo

  • Los yanitos tendrán que sacar un permiso especial que vale 6,60 euros por un año para transitar por España 

Multitud de vehículos en un atasco en la Verja.

Multitud de vehículos en un atasco en la Verja. / Paco Guerrero

Los gibraltareños necesitarán un permiso de especial, además del propio del Peñón, para conducir por España o cualquier otro país europeo en el supuesto de que se produzca un Brexit sin acuerdo. Así lo explica el Gobierno gibraltareño en una guía para conductores en la que reitera que la normativa no cambiará en el Peñón. Es decir, que no exigirá esa licencia especial a los extranjeros que pasen la Verja con sus vehículos.

Si el próximo 29 de marzo Reino Unido deja la Unión Europea sin acuerdo, y con ello arrastra de Gibraltar, los conductores yanitos tendrán que obtener un permiso internacional de conducción -en adelante IDP- de los que se expiden dos tipos, cada uno de ellos válido en según qué país. Cada uno surge de una convención de las Naciones Unidas. Un de ellos se rige por el Convenio de Ginebra de 1949 sobre el tráfico rodado. El otro tipo, por el Convenio de Viena de 1968. Para conducir por España es válido el primero, pero por Francia se necesita el segundo. 

El IDP que haría faltar para llevar un vehículo por España -tanto para conducir de forma privada como profesional- tiene una caducidad de 12 meses y cuesta seis libras (6,60 euros) en las oficinas de Eastern Beach Road. Desde que se solicita hasta que se expide pasarán cinco días hábiles. Sirve también para conducir por Malta, Irlanda y Chipre. Si alguien no lo lleva se le puede impedir el paso por la Verja y si no es correcto, puede ser sancionado. 

El modelo y prescripciones del permiso internacional para conducir se compone de una cubierta o cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee. 

El IDP del Convenio de 1968 es válido por 3 años o por el tiempo que tenga su permiso de conducir, si es menos de ese periodo de tiempo. Como parte de los preparativos de salida, el Reino Unido ratificó el Convenio de 1968, que entrará en vigor el 28 de marzo de 2019. El Gobierno de Gibraltar está trabajando con Londres para que ese convenio se extienda al Peñón y entre en vigor al mismo tiempo que en el Reino Unido. Este permiso será reconocido en todos los países de la UE y también en Noruega y Suiza.

Si, después del día de la retirada de la UE, un gibraltareño se convierte en residente de un país europeo, no tendría el derecho automático de cambiar su licencia de Gibraltar por una licencia de conducir de ese país al que se muda. Dependiendo de las leyes, es posible que deba pasar un nuevo examen de conducir. Esto se puede evitar cambiando la licencia de conducir de Gibraltar por una del país de la UE al que se vaya a mudar antes del 29 de marzo de 2019.   

Reino Unido buscará negociar un acuerdo integral con la UE para cubrir el reconocimiento continuo y el intercambio de permisos de conducir después de la salida. En el caso de que no se logre, también buscarán acuerdos individuales con los  países miembros. Sin embargo, Reino Unido no garantiza que tendrá acuerdos bilaterales con todos los estados de la UE antes del día de la retirada en caso de que no haya acuerdo.

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