Fútbol

Rubiales exige a la Primera Federación que acepte en 48 horas su modelo de gestión

  • La RFEF acepta ahora el respaldo de la mayoría de los clubes y no la unanimidad

  • El presidente recuerda que la categoría tiene "carácter experimental" y que de no encontrar respaldo está legitimado para recuperar la Segunda B

Una asamblea de la Federación Española de Fútbol

Una asamblea de la Federación Española de Fútbol

La Real Federación Española de Fútbol ha remitido este martes una carta a los 40 clubes que compiten en la Primera Federación (entre los que se encuentran la Real Balompédica Linense y el Algeciras Club de Fútbol) en el que les emplaza de nuevo a votar telemáticamente entre los dos modelos de gestión que ofertó inicialmente y que fueron rechazados por 18 de los participantes (entre los que está la Balona) amén de los que no ejercieron su derecho a votar. Los clubes tienen 48 horas para pronunciarse. A diferencia de lo que sucedió en la primera convocatoria, Luis Rubiales y su junta directiva no exigen el respaldo por unanimidad, sino de la mitad más uno de los afectados.

O lo tomas... o lo tomas. La Federación Española, visto el fiasco que supuso la pasada semana su intento de imponer un régimen económico a la Primera RFEF vuelve a llamar a los clubes a las urnas. Pero lo hace con una amenaza que ya había filtrado a algunos medios de alcance nacional. La RFEF recuerda que esta categoría en la que compiten Balona y Algeciras tenía un "carácter experimental" y que, en consecuencia, de no aprobarse este control propuesto "los órganos competentes de la RFEF, de acuerdo con lo previsto en la Ley del Deporte, los Estatutos de la RFEF y en el Reglamento General, adoptarán aquellas decisiones sobre la configuración de las competiciones oficiales de ámbito estatal no profesionales que se consideren más beneficiosas para el conjunto del fútbol español, claro está, salvaguardando y respetando los derechos de los jugadores, entrenadores, árbitros y de los propios clubes". Dicho de otra manera, se volvería a la Segunda división B, con hasta seis grupos (120 equipos por los 40 actuales).

La Española entiende que "algunos clubes" (en lo que muchos interpretan a una referencia a la Asociación de la Tercera Categoría Nacional en la que está integrado el conjunto de La Línea) están realizando una "oposición completa a los mecanismos de control económico” que pretende implantar y que, sostienen, solo persigue “garantizar la viabilidad económica de los clubes y los salarios de los jugadores y entrenadores".

Las exigencias de la RFEF

Lo que los medios más cercanos a la RFEF califican de “líneas básicas” y otros entienden como un puro chantaje, está resumido en estos puntos:

Primero.- Resulta imprescindible la aprobación de una reglamentación específica de control económico de los clubes participantes en la competición. Sobre este tema la propuesta inicial de la RFEF sujeta a las aportaciones que puedan hacer los clubes, los jugadores, los entrenadores, etc. es la siguiente:

- Para competir en esta categoría se deberá haber obtenido una licencia federada antes del inicio de la temporada.

- Para la obtención de la licencia será requisito imprescindible presentar los datos económicos del club de las dos temporadas anteriores auditadas, así como los datos previstos actualmente en el Reglamento General. Para los clubes que provienen del ascenso será suficiente con aportar los datos actualmente previstos en el Reglamento General. Deberá estudiarse si, además, se le requiere de alguna otra documentación (por ejemplo, auditorías).

- Deben introducirse mecanismos de control que permitan asegurar el pago de los salarios de los jugadores y de los entrenadores, así como de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

- Deben introducirse mecanismos de control que aseguren que no se produce incremento de deuda. La existente en el inicio debe reducirse progresivamente en unos plazos prudenciales fijados en las normas del control.

- Se podrán establecer unos límites máximos de deuda en función de los ingresos corrientes de cada club.

- El mismo criterio del apartado anterior se fijará para el supuesto de existencia de patrimonio neto negativo.

- Los clubes deben acreditar la no existencia de déficit presupuestario en el equipo de dicha categoría en las dos temporadas anteriores a la obtención de la licencia.

- La presencia de un déficit presupuestario o en la cuenta de resultados es admisible siempre que el mismo sea cubierto por el club matriz o por los inversores. En estos casos, se exigirán los avales pertinentes y se considera muy conveniente la introducción de alguno de los mecanismos ya existentes en otras competiciones en el ámbito internacional de compensación a los clubes no deficitarios.

- Se recomienda la introducción de mecanismos de límites salariales posteriores ya sean con el modelo de límite colectivo (americano) o individual (europeo).

Segunda.- La RFEF acepta, como manifestaron los 18 clubes en su carta, que el sistema de revisión de las sanciones disciplinarias debe cumplir con lo regulado en el desarrollo de la actual ley del deporte; si éste permite diversas posibilidades, los órganos competentes de la RFEF adoptarán una de ellas que será común para todas las competiciones y todos los niveles.

Tercero.- Es necesaria la aprobación de un convenio colectivo en el contexto de las competiciones oficiales no profesionales, siempre de acuerdo con los criterios legales en cuanto a la representatividad de la parte patronal y de los trabajadores. La RFEF impulsará las acciones necesarias para que dicho convenio pueda llegar a buen término. En todo caso, la RFEF podrá asumir responsabilidades derivadas del convenio si ha sido participe del mismo.

Cuarto.- Los clubes deberán cumplir con las obligaciones previstas actualmente en el Reglamento General, entre las que se incluye la aprobación previa por parte de la RFEF de aquellos acuerdos que se establezcan entre diversos clubes de la misma categoría que puedan influir en el fair-play de la competición, especialmente en acuerdos de contenido comercial. Las actuaciones comerciales mancomunadas entre diversos clubes deberán ser aprobadas previamente por la RFEF.

Quinto.- La RFEF y los clubes cumplirán con todas las obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico español, así como de los Estatutos de la FIFA, UEFA y RFEF, del Reglamento General y demás normas válidamente aprobadas por los órganos competentes.

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