Los militares británicos y de otros países entrarán en Schengen desde Gibraltar sin control de pasaportes y visados por parte de España

El armamento se someterá a "estrictos controles aduaneros específicos en puestos designados", aunque exento de derechos de aduana e impuestos indirectos

La Línea da el primer paso hacia el uso compartido del aeropuerto de Gibraltar con la cesión de 1.800 metros

Un avión de la RAF, en el aeropuerto de Gibraltar.
Un avión de la RAF, en el aeropuerto de Gibraltar. / @RAF_Gib

La entrada y salida de los integrantes de los ejércitos de Reino Unido no residentes en Gibraltar o de fuerzas militares de terceros países en visita -caso frecuente de EEUU, por las estancias de sus buques de guerra y aviones- "estarán exentas de las normas sobre pasaportes y visados y de los controles fronterizos de Schengen", especifica el proyecto de Tratado de Gibraltar entre la UE y Reino Unido, que aclara que dicha circunstancia no implica que pueda adquirir "ningún derecho de residencia permanente o domicilio en el espacio Schengen".

El texto de 604 páginas, al que ha tenido acceso Europa Sur, especifica que "para el registro de los miembros de las fuerzas no residentes del Reino Unido o de las fuerzas visitantes de terceros países", solo se exigirán los siguientes documentos: la tarjeta de identidad personal expedida por el Ministerio de Defensa del Reino Unido o el ministerio de defensa de la fuerza visitante de un tercer país, así como la orden de desplazamiento individual o colectivo, en español e inglés, para certificar "la condición de la persona como miembro de una fuerza no residente".

Reino Unido se compromete en este sentido a informar con detalle a España de la llegada de personal militar a Gibraltar y de las armas que estos porten.

El mismo criterio laxo se aplicará a los familiares que acompañen a todos estos militares, según recoge el acuerdo, de tal forma que tampoco serán sometidos a control de pasaportes o visados.

El material militar, exento de derecho de Aduanas

El tratado incluye en otro apartado un capítulo dedicado a las disposiciones especiales sobre ciertas categorías de mercancías, estableciendo reglas para la transferencia, supervisión y autorización de productos destinados a fines militares o de doble uso.

Según el texto, las mercancías transferidas a Gibraltar para uso oficial del Ministerio de Defensa del Reino Unido o de fuerzas visitantes de terceros países estarán sujetas a "estrictos controles aduaneros específicos en puestos designados, quedando exentas de derechos de aduana e impuestos indirectos siempre que se cumpla el procedimiento de admisión temporal". Los vehículos de servicio, el combustible, aceite y lubricantes utilizados por estas fuerzas también se incluirán en estas medidas especiales.

El tratado regula, además, la transferencia de tecnología y equipos militares, incluidos los productos listados en la Lista Común Militar de la UE y las armas de fuego de categorías A, B y C, así como los productos de doble uso. Todas estas transferencias "requerirán autorización previa del Reino de España, que evaluará las solicitudes considerando obligaciones internacionales, sanciones, seguridad nacional, derechos humanos y riesgo de desviación".

El acuerdo establece un procedimiento especial de control y seguimiento, en el que el Reino Unido debe facilitar a las autoridades españolas listas detalladas de los productos, garantizando su transporte seguro y contabilidad estricta. Las autoridades de la UE podrán verificar el cumplimiento del tratado en colaboración con las autoridades del Reino Unido en Gibraltar, "asegurando un sistema de supervisión y cumplimiento integral".

"Estas disposiciones buscan garantizar la seguridad, la transparencia y la cooperación internacional en la gestión de mercancías sensibles en el territorio, consolidando la posición de Gibraltar como un punto estratégico bajo estrictos controles aduaneros y militares", apunta el texto.

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