Tratado sobre Gibraltar. Lo que no está

26 de febrero 2026 - 03:08

No hay ninguna duda que la aprobación del tratado sobre el estatuto europeo de Gibraltar representará un acontecimiento histórico que implicará una transformación radical de las relaciones transfronterizas a ambos lados de la Verja.

El texto negociado es prolijo con 336 artículos y 43 anexos en 604 páginas por lo que cualquier valoración preliminar sobre su contenido puede ser comprensiblemente prematura. En cualquier caso, hay grandes titulares que pueden ser ya identificados, entre ellos, el objetivo del acuerdo que es establecer una relación de cooperación mutua entre las partes que promueva un área de prosperidad compartida entre Gibraltar y la zona española adyacente (art. 1), fundamentalmente mediante la eliminación de barreras físicas (art. 7) que permitan la libre circulación de personas y mercancías en los términos establecidos minuciosamente por el tratado y los acuerdos administrativos de desarrollo. La propia existencia de un marco jurídico consensuado por las partes que aborde la relación post-Brexit es ya una buena noticia frente a las disparatadas, absurdas e irrealizables propuestas de cosoberanía de Margallo, hoy felizmente olvidadas en el basurero de la historia.

Entiendo que hay ser cauto a la hora de las valoraciones en cuanto que la implementación real de lo acordado requerirá un tiempo para evaluar sus efectos y consecuencias. No obstante, me permito volver a manifestar mis dudas sobre ese concepto ambiguo de prosperidad compartida. Y ello por un motivo principal. Desde hace tiempo vengo defendiendo que el tratado que regulase las relaciones entre Gibraltar y su entorno, por supuesto necesario, tendría que venir en un marco más amplio dentro de una planificación estratégica global del Gobierno español en coordinación con la Junta de Andalucía que preparara el territorio transfronterizo campogibraltareño para un escenario post-Brexit. Desafortunadamente esto no se ha hecho. Esa planificación estratégica debería, en mi opinión, considerar la opción de una zona fiscal especial dentro de lo permitido por el derecho europeo en parte del territorio campogibraltareño, en particular, de La Línea acompañado de inversiones (que bien podrían haberse obtenido de fondos europeos) en infraestructuras, educación y asuntos sociales así como una reformulación del estatuto del personal de fuerzas y cuerpos de seguridad, el sanitario, el adscrito a la administración de justicia, etc. Esto no está en el tratado, pero es indispensable para algún día alcanzar la prosperidad compartida.

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