Vía Augusta
Alberto Grimaldi
La conversión de Pedro
El pasado lunes compareció el ministro Albares en la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso manifestando la existencia de avances sustantivos en las negociaciones sobre la futura relación con Gibraltar. Tras tantos años de teatrales negociaciones, como para que no hubiera progresos y siguieran ahí perdiendo el tiempo. ¿O es lo que se pretende, patadón palante, y seguimos como estamos, que no está tan mal para algunos?
Se dice que en lo medioambiental y en lo tributario hay bastante entendimiento. Permítaseme dudarlo. La armonización fiscal se niega rotundamente desde Convent Place. Y la colaboración en la preservación del medio ambiente común siempre ha sido nula por la ausencia de voluntad llanita, que prioriza otras cuestiones (la recientísima y mas que pertinente denuncia penal de la Fiscalía de Área de Algeciras demuestra lo contrario). Concluyo, cualquier entorpecimiento del acuerdo y de la supresión de la Verja solo proviene de Londres y de Gibraltar. Es obvio, ya sea por razones militares, económicas o de puro nacionalismo. O todo a la vez.
Sí que parece cierto que solo existen avances en lo relativo al paso franco de la frontera. Primero por la vía de hecho que se permite en la actualidad en claro incumplimiento de las normas Schengen. En el futuro, con otras medidas que vendrán que permitan el libre tránsito de manera menos burda y flagrantemente ilegal que la actual. Y entre tales medidas sorpresa para favorecer la vida del extracomunitario gibraltareño hay una que no es nueva, de la que no se ha hablado mucho, que ya estuvo vigente en su momento y que me atrevo a intuir, ha sido de nuevo puesta encima de la mesa.
El Gobierno de Franco, al decidir cerrar la Verja en 1969, aprobó el Decreto Ley 13/1969, sobre concesión de facilidades a los residentes civiles en Gibraltar. Entre ellas, y como medida principal, estaba la concesión de la nacionalidad española a los gibraltareños que lo pidiesen, sin tener que renunciar a la británica. El artículo 1 de dicha norma señaló que todas las personas nacidas en Gibraltar y residentes en dicha ciudad se considerarán equiparadas a las nacidas en territorio español, a los efectos de lo dispuesto en el númeroprimero del artículo dieciocho del Código Civil. El artículo 3 extendía el derecho a sus familiares.
Es cierto que en aquel momento se entendió como un intento de socavar la soberanía y la identidad de los llanitos y no fue aceptada por razones de identidad nacionalista y por la evidente inutilidad de la medida con una Verja clausurada. Solo unos pocos aceptaron el DNI español. Hoy son afortunados. Pero es innegable que tal decisión, aplicada en la actualidad, sería una verdadera ventaja para el gibraltareño, que volvería a disfrutar de los beneficios de ser comunitario sin renunciar a su identidad británica. Eso sí que sería un avance para ellos, con el paso libre de la frontera ya como comunitarios.
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