Aguas de Gibraltar y tribunales internacionales

05 de junio 2025 - 03:07

Independientemente de que algún día se alcance un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido que regule el estatuto europeo de Gibraltar después del Brexit, la controversia jurídica sobre los espacios marinos en torno a la roca seguirá envenenando las relaciones hispano-británicas y condicionando el marco de relaciones transfronterizas como hemos visto que ha venido sucediendo con frecuencia en el pasado.

En mi opinión, y así lo he escrito y defendido en diferentes foros, la posible solución más práctica sería un acuerdo bilateral entre España y el Reino Unido con participación de Gibraltar y administraciones descentralizadas españolas con competencia en ese ámbito, especialmente la Junta de Andalucía, que basándose en principios de equidad, y no necesariamente en el derecho internacional, consigan una armonización de la gestión conjunta.

Los aspectos fundamentales a tratar serían tres: la seguridad en la navegación marítima y control e inspección de buques de acuerdo con las obligaciones internacionales; la protección medioambiental, en particular sobre los espacios marinos protegidos y finalmente, la cooperación en la represión de actividades ilícitas como el narcotráfico y contrabando. En este acuerdo las partes pueden preservar sus posiciones jurídicas discrepantes en relación con la titularidad de los espacios marinos. Sería un acuerdo que mejoraría sensiblemente la cooperación y convivencia entre los territorios.

No obstante, la semana pasada en relación con el procedimiento judicial seguido en un juzgado de La Línea sobre los rellenos de Eastside se apuntó a la posibilidad de que el litigio sobre las aguas pudiera terminar en un tribunal internacional. En mi opinión esta posibilidad es muy remota ya que no existe un foro internacional de jurisdicción obligatoria en relación con la disputa sobre espacios marinos.

Por el contrario, la jurisdicción se basa en la voluntariedad de las partes. Si ambas partes coincidieran, tanto el Tribunal Internacional de Justicia como el Tribunal Internacional de Derecho del Mar serían los foros adecuados para plantear la disputa en términos exclusivamente jurídicos. Es muy posible que una eventual resolución judicial no satisfaga a alguna de las partes. Por ello, es de aplicación el dicho que más vale un mal acuerdo que un buen pleito.

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