Tribunales Cádiz

Condenado por golpear con un vaso al portero de una discoteca en Villamartín

Exterior de la sede del TSJA en Granada.

Exterior de la sede del TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a tres años y nueve meses a un hombre por herir a otro al tirarle un vaso en la cara en el transcurso de una pelea ocurrida en una discoteca en Villamartín.

Según la sentencia, el procesado ha sido condenado como autor responsable de un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia, ya que había sido condenado previamente por un delito de lesiones en sentencia firme en julio de 2018.

Los hechos se produjeron en julio de 2019 sobre las 6,30 horas cuando el acusado se encontraba en una discoteca en Villamartín y se formó una reyerta. Fue entonces cuando el controlador del acceso del establecimiento intervino para separar y, en un momento dado, el agresor cogió un vaso de cristal, se dirigió a él y se lo lanzó al rostro causándole una herida contusa lineal con bordes irregulares en pómulo izquierdo.

El atacante presentó recurso ante el TSJA alegando que se vulneró el derecho fundamental a la presunción de inocencia al considerar que no había prueba de cargo directa ni indiciaria y procesalmente válida para condenarlo.

Sin embargo, el TSJA contesta ahora que "no se ve razón alguna para recelar que los tres testigos del caso integren una especie de contubernio, determinado por su relación laboral y/o amistad con la víctima, encaminado a tergiversar los hechos en perjuicio del procesado, ni tampoco se observan en sus manifestaciones contradicciones relevantes que las enturbien".

Igualmente, el condenado alegó dilaciones indebidas en el proceso, que también ha sido rechazado por el alto tribunal andaluz.

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