Gibraltar seguirá siendo territorio tercero para la Hacienda española hasta que el Consejo de Cooperación apruebe el tratado UE-Reino Unido

El acuerdo contempla la posibilidad de una aplicación provisional anticipada antes de que ambas partes completen sus procesos de aprobación y ratificación

“No hay alternativa a la unión; es la única esperanza de un futuro pacífico": la frase de Churchill que toma vigencia con el tratado de Gibraltar

Detalle de la Aduana de La Línea.
Detalle de la Aduana de La Línea. / Nono Rico / Europa Press

El tratado entre la Unión Europea y Reino Unido sobre Gibraltar establece un período transitorio en el que el Peñón conservará la condición de “territorio tercero” para la Agencia Tributaria española, según recoge su web. Durante esta fase, que se mantendrá hasta que el Consejo de Cooperación adopte la decisión definitiva, las mercancías solo podrán entrar o salir por tierra, salvo algunas excepciones, y estarán sujetas a formalidades aduaneras y controles.

El acuerdo recoge que el paso al período definitivo permitirá eliminar estos controles físicos y formalidades, siempre que el Consejo de Cooperación -el órgano establecido para supervisar y coordinar la implementación de todo lo que se pactó en el tratado- adopte una decisión que especifique la fecha a partir de la cual las disposiciones del Derecho de la Unión aplicables al acuerdo se extenderán al Reino Unido en relación con Gibraltar y dentro del territorio gibraltareño y declare que los puestos de control fronterizo y oficinas de aduanas en puerto y aeropuerto han sido instalados y funcionan según los procedimientos establecidos, y que las autoridades competentes de la Unión están designadas y operativas.

Este esquema permite que, mientras se completa la implementación administrativa y técnica, se mantenga un control ordenado del flujo de mercancías entre Gibraltar y la UE, combinando flexibilidad comercial con seguridad aduanera.

Aplicación provisional anticipada

El acuerdo entrará previsiblemente en vigor el primer día del mes siguiente a que ambas partes completen sus procesos de aprobación y ratificación. No obstante, se contempla la posibilidad de una aplicación provisional anticipada si se implementa el plan de ejecución y los acuerdos administrativos que lo acompañan.

Una de las principales novedades es la creación de una unión aduanera entre la UE y Gibraltar, concebida para eliminar barreras físicas en el tránsito terrestre de mercancías. En la práctica, esto significa que no se aplicarán derechos aduaneros ni restricciones cuantitativas entre Gibraltar y la UE, aunque sí se mantendrán formalidades aduaneras necesarias para proteger el mercado único y los intereses financieros.

Durante ese período transitorio en el que Gibraltar sigue siendo “territorio tercero”, el propio acuerdo detalla que serán las autoridades aduaneras de la Unión las que realicen en nombre de Gibraltar todos los trámites de aduanas necesarios, utilizando la infraestructura y los sistemas informáticos españoles mientras se completa la unión aduanera. La Agencia Tributaria concreta que las operaciones de entrada y salida de mercancías se canalizarán a través de una red limitada de aduanas designadas, situada en Algeciras, La Línea, Sagunto (Valencia) y una en Portugal, que asumirán los controles físicos, documentales y de seguridad sobre las mercancías con origen o destino el Peñón. En paralelo, Gibraltar podrá seguir aplicando su propio transaction tax y figuras equivalentes a los impuestos especiales, pero con un calendario de convergencia hacia los tipos y reglas de la UE para evitar desvíos de tráfico o ventajas fiscales desleales en la frontera.

Cuando el Consejo de Cooperación declare que se han cumplido las condiciones para pasar al período definitivo —puesta en marcha de los puestos de control en puerto y aeropuerto, autoridades designadas y plena operatividad técnica—, la unión aduanera prevista en el tratado permitirá eliminar los controles físicos sistemáticos en el tránsito terrestre de mercancías, integrando a Gibraltar en el territorio aduanero y fiscal de la Unión para estos efectos. A partir de ese momento dejarán de aplicarse derechos arancelarios y restricciones cuantitativas entre Gibraltar y la UE, pero se mantendrá un armazón de cooperación en IVA, impuestos especiales y lucha contra el fraude y el contrabando (incluido un protocolo específico sobre tabaco), con cláusulas de salvaguardia que permiten a la UE reintroducir medidas o incluso suspender partes del acuerdo si se detectan abusos o riesgos graves para el mercado único y los intereses financieros europeos.

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