INSTITUTO DE ESTUDIOS CAMPOGIBRALTAREÑOS

El final del conflicto civil romano en el Estrecho de Gibraltar (y III)

  • Las fuentes no indican un actuación destacada en el conflicto civil romano, salvo la ciudad de Carteia

  • Iulia Traducta fue fundada por Octavio con veteranos romanos para evitar riesgos con la senatorial Carteia

Las ciudades romanas del Campo de Gibraltar en el siglo I.

Las ciudades romanas del Campo de Gibraltar en el siglo I.

Es con César cuando parece que se toma en consideración llevar a cabo una política territorial aunque se centrará más en el valle del Guadalquivir que en el Estrecho. La situación con Octavio es distinta a la del final de la primera guerra civil pues éste ha llevado a cabo una amplia remodelación del territorio.

Pocas noticias tenemos de la nuestra zona para la época inmediatamente posterior, no obstante debemos suponer que el patronazgo ejercido por César en la década de los 60 a. C. influyera en la promoción de las oligarquías locales en su búsqueda incesante de convertirse en ciudadanos romanos y determinará el apoyo al bando popular de estas ciudades y su enfrentamiento con Carteia, importante foco senatorial. Parece ser que Malaka era pro cesariana debido al hecho de que C. Longino buscó refugio en ella el año 48 a. C. lo que hace extensible dicha influencia a su territorio. No obstante, la posición de Carteia como praesidium navale pompeyano hace que la frontera entre ambos bandos se encontrara en las costas del estrecho, al menos en los últimos años de la contienda. Refuerza este hecho el desastroso episodio del desembarco del rey mauritano Bogud (aliado de César) en la costa malagueña referido en el Bellum Alexadrinum obligado a embarcar probablemente en Malaka su ejército tras ser derrotado por Metelo. Así, nuestra zona adquirirá una gran importancia estratégica a la hora de delimitar las zonas de influencia de ambos bandos en los sucesos vividos antes del año 45 a. C. y la consiguiente derrota senatorial. Este hecho y la posterior guerra por el poder entre Antonio y Octavio, marcará el devenir de los centros poblacionales costeros hasta la definitiva victoria de Octavio el año 31 a. C.

As de Iulia Traducta mostrando la corona cívica motivo muy popular durante el siglo I. As de Iulia Traducta mostrando la corona cívica motivo muy popular durante el siglo I.

As de Iulia Traducta mostrando la corona cívica motivo muy popular durante el siglo I.

La parquedad de las fuentes sobre los sucesos acaecidos en la zona entre los años 45 y 31 a. C. hace imposible hacer un balance de la situación de la costa del Estrecho. No obstante el hecho de que Gades fuese objeto de un asedio por parte del mauritano Bogud en 38 a. C. hace pensar que la zona sur peninsular fuese partidaria de Octavio. Sabemos igualmente que tras el año 31 a. C. Octavio lleva a cabo un traslado de población de Tingitanos y Zilitanos a los que suma veteranos romanos para fundar Iulia Traducta en la Bahía de Algeciras frente a la senatorial y derrotada Carteia lo que presupone un control efectivo del territorio 'sin riesgos' de nuevas sublevaciones.

Las nuevas fundaciones llevadas a cabo a partir de la muerte de Cayo Julio César el año 44 a. C. van a recibir un impulso desconocido hasta la fecha, sobre todo desde la sesión senatorial de 16 de enero del año 27 a. C. en que Cayo Octavio recibe del Senado el título de Augustus y lleva a cabo la reforma provincial de Hispaniay el año 23 a. C. en que recibe de esa misma institución el imperium proconsulare y la tribunicia potestas, lo que le dejará las manos libres para llevar a cabo su política de reformas territoriales en el naciente Imperio Romano al menos en su vertiente suroccidental.

A partir de ese arco entre los años 27 a 23 a. C. es cuando parece ser que Octavio, ya Augusto, se va a entregar a su política provincial de reformas y que parece finalizó con su tercera venida a Hispania en torno al 13 a. C. Lo llevará a cabo mediante la promoción de viejos centros poblacionales a municipios y por deducción y creación ex novo de nuevas ciudades con rango de colonia. Todas estas nuevas ciudades recibirán su componente poblacional de veteranos de las legiones y nuevos ciudadanos que van a ser adscritos a las tribus Galeria y Quirina.

De todas maneras, no parece que las ciudades de nuestra zona nombradas en las fuentes tuvieran una actuación destacada en las guerras civiles sea tomando partido por uno u otro bando salvo el conocido caso de Carteia. En ninguna de ellas se produce ninguna variación jurídica pues todas permanecen como civitates stipendiariae. Tampoco resultan privilegiadas con la concesión de una ceca como el caso de Traducta en el estrecho y las promociones atestiguadas de Barbesula o Baelo como Municipim deben de enmarcarse en época posterior (Julio-Claudia cuanto menos).

¿Qué papel jugaron pues estas poblaciones y sus territorios?

Panteón de Agripa en Roma. Panteón de Agripa en Roma.

Panteón de Agripa en Roma. / Salvador Bravo.

La parquedad de las fuentes, limitadas al simple nombre del topónimo y alguna cualidad geográfica o jurídica, hace que sea imposible cualquier aproximación a lo sucedido. Debemos por tanto ceñirnos a los hallazgos arqueológicos y asentamientos conocidos para tratar de acercarnos a la realidad poblacional de estas comunidades.

Tienen ubicación así cuatro grandes unidades poblacionales en nuestra zona: Carteia como colonia de derecho latino, Iulia Traducta y Iulia Constantia Zilil como colonias (la primera probablemente) civium romanorum y Tingi probablemente como Municipium civium romanorum.

No es hasta momentos cercanos al principado de Augusto, cuando se empieza a observar el fenómeno de la implantación de la ciudad romana (caso de la deductio de Iulia Traducta), que se verá culminado con la creación de los municipios a partir de época flavia. Este modelo histórico, como afirma González Román, afecta a las relaciones campo/ciudad, con la urbanización del primero por la segunda a través del sistema de las villae. La profusión de estos establecimientos, vinculados al aprovechamiento de los recursos pesqueros, es una constante en el litoral del Estrecho.

5. Conclusiones

La llegada de itálicos a la zona del Estrecho dará lugar a la creación de nuevos espacios administrativos que en las fuentes encontrarán la nomenclatura de vici, castra o conventus civium romanorum. El vicus es una entidad administrativa bastante heterogénea que ya Isidoro la contrapone con la propia naturaleza de la Civitas; se trataría de una agrupación de hombres pero vinculada a una entidad poblacional más amplia. En su catálogo de ciudades, Plinio utiliza esta adscripción para nombrar a Mellaria. Las acepciones de Vicus entrañan núcleo rural o bien distrito urbano de una entidad mayor. Para el caso que nos ocupa, Mellaria se constituiría en una unidad poblacional menor vinculada probablemente a Baelo debido a la importancia de las industrias de salazón y a su puerto.

Las ciudades romanas del Campo de Gibraltar en el siglo I. Las ciudades romanas del Campo de Gibraltar en el siglo I.

Las ciudades romanas del Campo de Gibraltar en el siglo I.

También podríamos hablar de vicus para nombrar los asentamientos de Venta del Carmen o Villa Victoria en la Bahía de Algeciras y vinculados a Carteia aunque el carácter de estos sea más rural y productivo. No obstante, la multitud de funciones detectadas en el yacimiento de Villa Victoria lo configuraría como un vicus vinculado a Carteia de la que dista apenas un kilómetro.

La necesidad de reconvertir el territorio densamente poblado de la orilla Norte y el menos poblado en la orilla Sur en ager romanus, comportará la promoción de los antiguos núcleos dediticios a municipia aunque Octavio llevará a cabo una nueva política colonizadora creando posiblemente las colonias de Iulia Traducta y de Iulia Constantia Zilil y promoviendo quizás a municipio a Baelo. Mucho antes ya se contaba con la colonia latina de Carteia y con la promoción a Municipio o colonia de la ciudad de Tingi. Concretamente en Carteia, las magistraturas que aparecen en sus monedas son consecuentes con el estatus colonial de la ciudad. Así, aparecen los cargos de Quaestor, Censor y Aedilis, todos correspondientes con el estatus administrativo de la ciudad.

Durante el periodo de guerras civiles que ocupa todo el siglo I a. C., la zona será receptora de un nuevo tipo de emigrante itálico: el exiliado político. El más famoso quizás sea Publio Licinio Craso o el mismo Sertorio. No obstante, la afluencia de soldados durante este periodo hará que muchos itálicos se queden a vivir en la zona tras la finalización de las contiendas además de las propias clientelas generadas por los imperatores.

También, el salto cualitativo que supone las deduciones de Coloniae Civium Romanorum y no latinas como en el siglo anterior hará que las dos fundaciones coloniales en nuestra zona (Iulia Traducta en caso de serlo y Iulia Constantia Zilil) sean representativas de los nuevos tiempos gozando sus habitantes de la plena ciudadanía romana. Ahora las deduciones serán prerrogativa de los generales vencedores, expropiando las tierras pertenecientes a la nueva colonia a sus propietarios vencidos. Tal parece ocurrir con la derrotada Carteia en relación con la deductio de Iulia Traducta y así parece reflejar el hecho de la concesión a Tingi de la ciudadanía romana y la traumática experiencia sufrida por Zilis, con la totalidad de sus pobladores trasladados a la orilla Norte.

Las ciudades se verán inmersas en un periodo de acceso a la romanidad de sus estructuras municipales merced a la aparición de personajes con cargos municipales como los magistrados monetales bailonenses F(austus) AT(eius) y L(ucius) APO(onius) en calidad de Ediles y P(ublius) CORN(elius) y Q(uintus) MANL(ius) de los que no conocemos su cargo o los carteienses M(arcus) CUR(manus), C(aius) PE(decaius), NUM(erius) sin cargo, los ediles M(arcus) ARG y C(aius) VIB(ius) y los quattuorviri P(ublius) MION, C(aius) VIBI(us), C(aius) MINIUS, M(arcus)

FALCIDIUS, C(aius) MAIUS POLLIO, L(ucius) ATINI(us) y C(aius) NUCI(nus)

A este respecto, me parece conveniente señalar la estrecha relación existente entre los conceptos de Urbs y Ager, ligados estrechamente por el ius augurium y de Civitas, Territorium y Municipium donde en palabras de María Teresa Cellurale, "la organización romana republicana se caracterizó por el paso de la Ciudad-Estado al Estado Municipal".

Este es a mi entender el cambio crucial que se va a operar en el estrecho de Gibraltar en un largo proceso que finalizará con la creación de las unidades poblacionales romanas que conocemos por las fuentes a partir del siglo I.

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