La Comisión Islámica de España responde al debate del niqab y el menú halal: “Prohibir no es proteger derechos”

La CIE rechaza las iniciativas parlamentarias para vetar el velo integral y limitar la alimentación halal en los colegios, y defiende que la libertad religiosa “no puede recortarse por prevención ni por prejuicio”

¿Burkas en las calles de Algeciras?

Una madre con sus dos hijos camino del colegio por la Plaza Alta de Algeciras.
Una madre con sus dos hijos camino del colegio por la Plaza Alta de Algeciras. / Erasmo Fenoy

La Comisión Islámica de España (CIE) ha salido al paso de las recientes iniciativas parlamentarias que plantean prohibir el uso del burka y el niqab en espacios públicos y limitar los menús escolares halal en España. En un comunicado fechado en Madrid el 21 de febrero, la entidad que representa oficialmente a las comunidades musulmanas advierte de que estas propuestas “no responden a un problema real de convivencia ni de seguridad pública” y suponen, a su juicio, una restricción innecesaria de derechos fundamentales.

El posicionamiento llega en un contexto de creciente debate político sobre el velo integral —no el hiyab, que solo cubre el cabello, sino el burka y el niqab, que dejan visibles únicamente los ojos— y sobre la presencia de menús adaptados en los comedores escolares. Una discusión que, más allá de los focos de Madrid, tiene eco en territorios como Algeciras y el conjunto del Campo de Gibraltar, donde reside una importante población musulmana y donde la convivencia intercultural forma parte del día a día.

“No existe un problema estructural”

La CIE subraya en su nota que el uso del burka en España es “inexistente” y que el del niqab es “estadísticamente ínfimo”. Por tanto, sostiene, no puede hablarse de un fenómeno estructural que justifique una prohibición general.

“El debate no ha de centrarse en la naturaleza teológica de una práctica minoritaria, sino en si es razonable prohibir una expresión individual que no genera perjuicio objetivo al orden público ni a terceros”, señala el comunicado. La entidad recuerda que en la sociedad española son habituales prendas que cubren parcialmente el rostro —bufandas, pasamontañas o incluso mascarillas, ampliamente utilizadas tras la pandemia— sin que ello haya generado un debate de fondo sobre su legalidad.

La discusión no es exclusiva de España. El velo integral ha sido prohibido total o parcialmente en países como Francia, Suiza, Austria o Países Bajos, y más recientemente en Portugal. También algunas ciudades europeas han vetado su uso en edificios públicos bajo el argumento de garantizar la identificación y la comunicación visual.

En España, la diferencia jurídica ha sido clara hasta ahora: cubrir la cabeza —con gorro, pañuelo, kipá o hiyab— entra dentro del ejercicio normal de la libertad individual. El burka, prenda que cubre completamente el cuerpo y el rostro con una celosía a la altura de los ojos, no tiene presencia social en el país. El niqab, aunque visible en algunas zonas urbanas y en municipios con alta diversidad cultural como Algeciras, sigue siendo minoritario.

Derechos de las mujeres y libertad individual

Uno de los ejes del comunicado es la defensa de la dignidad y los derechos de las mujeres. La Comisión Islámica advierte de que la protección de esos derechos “no debe traducirse en medidas que puedan derivar en estigmatización o exclusión”.

La entidad afirma oponerse “a cualquier forma de coacción, ya sea para imponer o para prohibir una determinada forma de vestir”. En otras palabras: ni obligación ni veto. “La libertad exige coherencia y respeto a la elección individual”, recalca.

El debate social, especialmente en ciudades del sur peninsular, no es ajeno a una cuestión más amplia: la integración y la percepción pública. Mientras algunos vecinos consideran que el niqab dificulta la comunicación y la identificación en el espacio público, otros recuerdan que la convivencia no puede sostenerse sobre la prohibición preventiva de prácticas minoritarias.

Mujeres pasean bajo el sol con un niqab, el velo integral que cubre el cuerpo y el rostro, dejando únicamente los ojos al descubierto.
Mujeres pasean bajo el sol con un niqab, el velo integral que cubre el cuerpo y el rostro, dejando únicamente los ojos al descubierto. / E.S.

Menús halal: “No son un privilegio”

En paralelo, la CIE responde también a las propuestas para limitar los menús escolares halal. Recuerda que la Ley 26/1992 reconoce el derecho de los alumnos musulmanes a recibir alimentación acorde a sus convicciones religiosas cuando así lo soliciten, un marco que —según la entidad— desarrolla el Real Decreto 315/2025.

“La existencia de opciones alimentarias adaptadas no constituye privilegio alguno, sino una manifestación razonable del pluralismo democrático”, sostiene el comunicado. Estas alternativas, añade, no imponen prácticas a terceros ni alteran el funcionamiento general del servicio público.

En comarcas como el Campo de Gibraltar, donde conviven familias de distintas tradiciones culturales y religiosas, los menús diferenciados forman parte de la realidad cotidiana de muchos centros educativos sin que ello haya generado conflictos significativos.

Constitución y neutralidad del Estado

La Comisión Islámica fundamenta su postura en el artículo 16 de la Constitución Española, que reconoce la libertad religiosa y protege tanto la convicción interna como su manifestación externa. Asimismo, invoca el artículo 9.2, que encomienda a los poderes públicos promover las condiciones para que los derechos fundamentales sean “reales y efectivos”.

Para la CIE, la neutralidad del Estado aconfesional no implica restringir derechos por prevención, sino garantizar el respeto y la cooperación institucional. “Reafirmamos nuestro compromiso con el marco constitucional de convivencia, la igualdad ante la ley y el diálogo constructivo”, concluye la entidad.

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