Andalucía

El Gobierno amenaza con recurrir al Constitucional la ley de policías locales de Andalucía

Los parlamentarios populares y el consejero de Interior posan con efectivos de las policías locales frente al Parlamento el día de arobación de la ley.

Los parlamentarios populares y el consejero de Interior posan con efectivos de las policías locales frente al Parlamento el día de arobación de la ley.

De un tiempo a esta parte, el recurso ante Tribunal Constitucional (TC) de cualquier desarrollo legislativo tanto en el Congreso de los Diputados como en el Parlamento de Andalucía se ha convertido casi en una costumbre. Sin ánimo de ser exhaustivo, en la comunidad autónoma el Gobierno andaluz tiene presentado un requerimiento ante el máximo tribunal de la Ley de Vivienda, por entender que se invaden competencias propias y el del impuesto de las grandes fortunas cuya suspensión cautelar fue denegada.

Por otro lado, la reunión entre ambas administraciones para tratar de encontrar una alternativa al plan de regadíos de Doñana, se ha fundamentado en la amenaza por parte del Ejecutivo central que aún en funciones tiene la potestad de presentar un recurso ante TC, lo que implicaría la suspensión inmediata del mismo. Más recientemente, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, dejó claro que cualquier intento por aprobar una ley de amnistía para conseguir la investidura de PedroSánchez se toparía con un recurso ante el TC.

Ahora le ha tocado a una norma que llevaba aprobada por el Parlamento desde el pasado mes de junio, en concreto desde el pleno celebrado el día 29 de ese mes. Según ha podido conocer este periódico, el Gobierno central ha amenazado al autonómico con presentar un recurso ante el TC de la ley de policías locales que fue aprobada en solitario por el PP en la Cámara autonómica. Las mismas fuentes señalan que, pese a que habitualmente un conflicto de este tipo se intenta resolver mediante un encuentro previo entre las dos administraciones, la Junta de Andalucía va a obviar este trámite, toda vez que sostiene que la ley está basada en una anterior aprobada por el PSOE hace más de veinte años.

En concreto, se trata del la ley 13/2001 de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, que fue firmada por quien entonces era el presidente de la Junta, Manuel Chaves, por lo que quisieron mostrar su “extrañeza” por las anunciadas intenciones del Gobierno central que, aseguraron “no comprender en absoluto” y a las que auguraron un corto recorrido en el TC.

La ley de policías locales de Andalucía, fue criticada desde el PSOE de Andalucía en el momento de ser aprobada, ya que entendía que “invade de forma determinante” las competencias de los ayuntamientos, y que la norma “ni es novedosa ni valiente”. Estas manifestaciones se hicieron en boca de la diputada autonómica y vicepresidenta segunda de la Mesa del Parlamento de Andalucía, Irene García, quien consideró que el gobierno de Juanma Moreno “vuelve a incurrir en ese invito yo y que paguen los ayuntamientos al que nos tiene tan acostumbrado”.

La norma autonómica se aprobó exclusivamente con los votos a favor del PP-A y el rechazo del resto de la Cámara: PSOE-A, Vox, Por Andalucía y Grupo Mixto-Adelante Andalucía.

La norma contempla, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de que todos los municipios con población mayor o igual a 5.000 habitantes cuenten con este cuerpo de seguridad, con un mínimo de cinco efectivos en cada caso.

El PSOE consideró en su momento que la ley no era “valiente, ni ambiciosa ni moderna” y asegura que “hemos perdido una enorme oportunidad” con esta norma, ya que, critica además, “no se ha podido ni negociar ni consensuar como hubiera sido deseable”. “La Ley de Policías Locales de Andalucía llega sin diálogo con los alcaldes y alcaldesas, cuando tenía que haber nacido desde el acuerdo de todos y con todos los recursos necesarios para su puesta en marcha” y quiso poner el acento en el “rodillo parlamentario en un asunto que es especialmente sensible, tanto para los ayuntamientos como para los vecinos y vecinas, como es el de la seguridad”. “Moreno Bonilla ha abandonado ya su disfraz de presidente moderado y dialogante para mostrar su verdadera piel, la de la más pura y dura imposición”.

Hace dos décadas

El consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, señalaba en la sesión parlamentaria del pasado 29 de junio que se trata de la ley “más moderna de policías locales de España” y suponía a su juicio poner fin a “una deuda pendiente de 21 años” con estos cuerpos de seguridad que se sitúan con ella “en el siglo XXI”, al tiempo que señalaba que era una de las leyes “más participadas de la historia”, por lo que garantizaba que “de manera inmediata” se empezaría con “el desarrollo reglamentario” de una norma con la que “ganamos en seguridad”.

La exposición de motivos de esta ley defiende que su “objetivo primordial” es “incrementar el actual nivel de coordinación y reforzar la identidad de las policías locales”, así como con ella se pretende “establecer un marco común, sin perjuicio de su posterior desarrollo reglamentario, sobre la formación impartida en los centros de formación policial contemplados en su ámbito territorial, con el fin de proporcionar un tipo de gestión y un diseño organizativo que promueva la solución proactiva de los problemas y una alianza efectiva con la comunidad para que los municipios andaluces sean lugares mejores y más seguros para vivir y trabajar”.

La norma reduce el número de miembros de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y establece la posibilidad de constitución de órganos asesores de carácter técnico, además de que regula los supuestos en los que dicho cuerpo de seguridad podrá realizar “actuaciones supramunicipales”.

Para “racionalizar las plantillas de las policías locales”, en la nueva ley se establece el número mínimo de miembros que compondrá la plantilla del cuerpo, así como la necesidad de obtener autorización de la comunidad autónoma de acuerdo con el número de habitantes del municipio.

Asimismo, en la ley se regula la estructura de los cuerpos de la Policía Local y la provisión del puesto de jefatura que “habrá de efectuarse entre personal perteneciente a la máxima categoría del Cuerpo de la Policía Local del municipio o, si así lo decide el Ayuntamiento y solo por motivos tasados y razones justificadas, de otro cuerpo de seguridad”.

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