Desestimada una denuncia de Gallardo (Vox) contra el ex concejal Domínguez por vulneración del derecho a honor
Tribunales
El concejal de Vox denunció a su ex compañero de partido por asegurar que había intentado usurpar su identidad en una página de ventas online
El juzgado sitúa las manifestaciones en el ámbito de las discrepancias políticas y no aprecia términos injuriosos o vejatorios
El ex concejal de Vox en Algeciras acusa a Antonio Gallardo apropiarse del dinero de afiliados y simpatizantes
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Algeciras ha desestimado una denuncia del concejal de Vox de Algeciras Antonio Gallardo contra Jorge Domínguez, quien fuera edil no adscrito del Ayuntamiento algecireño y exmiembro de Vox durante el pasado mandato municipal (2019-2023).
Gallardo denunció a Domínguez por una supuesta vulneración del derecho al honor a raíz de unas declaraciones del segundo recogidas por Europa Sur en mayo de 2020. En ellas, Domínguez -quien dejó el grupo municipal de Vox nada más iniciarse el mandato- aseguraba (entre otras cuestiones) que había denunciado a Gallardo "hace pocos meses al usurpar mi identidad, utilizando mi correo electrónico en una conocida plataforma de compras a través de internet para cometer un supuesto fraude".
En esencia, Domínguez aseguraba que Gallardo trató de cambiar su dirección de correo electrónico de una plataforma digital de compras por la suya, sin especificar los fines que se perseguían con ello.
A raíz de las manifestaciones, Gallardo demandó solicitando una condena de 5.000 euros (más intereses); algo a lo que no ha accedido el juzgado, según la sentencia emitida esta semana y a la que ha tenido acceso este periódico.
El fallo judicial recoge que Gallardo consideró lesionado su derecho al honor "con el consecuente daño reputacional" mientras que el demandado situó los comentarios en el contexto de "un ambiente de discrepancias políticas entre dos personas que ocupaban cargos de concejales del Ayuntamiento de Algeciras".
La sentencia determina que la noticia "se circunscribe a un ámbito de interés general o público, tanto desde un aspecto objetivo, en tanto que afecta a una actividad pública (la de ambos litigantes), como desde un aspecto subjetivo, dada la relevancia pública del cargo que ostentaba en el momento de los hechos el demandado en su condición de concejal electo del Ayuntamiento de Algeciras. Es por lo que se considera que los requisitos de interés general de la noticia y de la relevancia pública de la persona afectada sí concurren en este caso".
A mayor abundamiento, el tribunal matiza que las manifestaciones denunciadas por Gallardo formaban parte de un artículo más amplio. "Quedan encuadradas, por tanto, las manifestaciones efectuadas dentro de la comisión de un delito de usurpación de identidad dentro de otras manifestaciones más amplias y extensas relacionadas con el ejercicio de la actividad política del actor como representante municipal de un partido político. Eso sí, estando todas ellas sumamente relacionadas con las evidentes discrepancias del demandado en la llevanza por el actor del grupo político al que anteriormente pertenecía el demandado en Algeciras", recoge la sentencia. El juzgado valora que los comentarios no son injuriosos ni vejatorios.
Contra la sentencia absolutoria cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Cádiz.
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