¿Terrorismo o trastorno delirante? Las conclusiones del juez sobre el asesinato de Algeciras
El joven que perpetró el ataque podría ser condenado a la prisión permanente revisable con independencia de su informe psiquiátrico.
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El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha finalizado la instrucción por el ataque que el pasado 25 de enero tuvo lugar en la localidad gaditana de Algeciras y en el que resultó asesinado el sacristán de la iglesia de Nuestra Señora de la Palma. El nombre de este hombre era Diego Valencia y junto a él resultaron heridos el párroco y otras personas de dicho municipio.
Sobre el asesino
El ataque fue perpetrado por Yassine Kanjaa, un joven de 25 años de origen marroquí que se encontraba en situación de vulnerabilidad en el momento de los hechos.
El joven vivía en un piso de la localidad junto a otros compañeros que explicaron a la Policía que habían observado un cambio muy repentino en Yassine en poco tiempo. Había pasado de consumir alcohol y cannabis a dejarlo y empezar a leer el Corán. Por este motivo el acto se trató desde un primer momento como un ataque terrorista.
Son embargo tras algunos exámenes realizados vieron que su comportamiento era compatible con un trastorno delirante, motivo por el que los forenses recomendaron que, aunque fuese privado de libertad (está en prisión preventiva desde entonces) ingresara en una unidad psiquiátrica para continuar evaluándolo. .
Se considera terrorismo
Ocho meses después del asesinato, el magistrado ha calificado los hechos como delito de asesinato terrorista, castigado con prisión permanente revisable, y lesiones terroristas, con pena de hasta quince años de prisión, sin perjuicio de una posterior calificación de los hechos.
El magistrado incluye, además, un informe de inteligencia de Europol en el que se contextualiza el ataque realizado por Yassin Kanjaa relacionándolo con otras acciones terroristas perpetradas en Europa y que tenían como objetivos concretos templos o personas de religión cristiana.
Según el citado informe, las organizaciones terroristas como el Estado Islámico o Al Qaeda en cualquiera de sus filiales ha incluido sistemáticamente referencias a las comunidad y símbolos cristianos como objetivo, incitando a sus seguidores a atacar lugares de culto.
Hubo premeditación
El juez considera que el pasado 25 de enero en Algeciras el investigado había premeditado el ataque mortal. Esto quedaría demostrado con las conversaciones que mantuvo con su madre en la aplicación de mensajería Whatsapp, que indicaban también el nivel de religiosidad que estaba adquiriendo en las semanas previas a la comisión del ataque.
Ello, sin perjuicio, añade el juez, de “las alteraciones psíquicas que pudiera sufrir, las cuales afectarían, de dictarse un pronunciamiento condenatorio, al alcance de la culpabilidad, sin afectar a la calificación de los hechos como terroristas”, ha concluido.
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