Los hechos probados relatan que la acusada, diagnosticada desde hace años por el Servicio de Salud Mental del Principado de trastorno mental debido al consumo de alcohol y trastorno mixto de la personalidad, fue al domicilio de su vecina del piso de arriba, de 99 años, para que le dejase utilizar el teléfono.
La anciana se negó por el temor que le inspiraba su inestabilidad emocional. Instantes después volvió y prendió fuego al felpudo y a una bolsa que contenía cartones, originando una gran cantidad de humo que hacía la atmósfera irrespirable. Finalmente, el fuego fue extinguido por otra vecina alertada por los gritos de socorro.
En el momento de los hechos, la acusada conservaba su capacidad cognitiva y tenía limitada de manera notable su capacidad volitiva. Por todo ello, los magistrados sustituyen la pena de cárcel a condición de que la acusada no vuelva a delinquir en dos años y que continúe con el tratamiento en Salud Mental por su adicción al alcohol.
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