San Fernando

Participación ciudadana completa en San Fernando

  • El borrador para el nuevo reglamento contempla nuevos canales e instrumentos para la participación

  • El consejo de la ciudad, el Escritorio Ciudadano, la intervención en plenos y una nueva aplicación para incidencias, entre las novedades

El Ayuntamiento de San Fernando se abre a la Plaza del Rey.

El Ayuntamiento de San Fernando se abre a la Plaza del Rey. / D.C.

El Consejo de Ciudad se convertirá en el órgano superior de participación de San Fernando por encima del actual consejo local de participación ciudadana. El nuevo reglamento que prepara el gobierno municipal contempla este órgano consultivo como el ámbito para tratar especialmente los asuntos de ciudad. El documento se encuentra en fase de elaboración a partir de un texto base para el que se esperan las sugerencias y propuestas de colectivos, entidades y formaciones políticas.

Desde hace años se habla en La Isla de la necesidad de actualizar la normativa que regula la participación de colectivos o ciudadanos en la gestión pública de la ciudad. Consejos, audiencias públicas, intervención en plenos, instrumentos telemáticos o consultas participativas requieren de nuevas reglas para adaptarse a la implicación de asociaciones y vecinos en el desarrollo del municipio. Un borrador cero, como ha denominado el equipo de gobierno a un texto inicial redactado, sirve de punto de partida. Se ha presentado a los integrantes del consejo de participación ciudadana, es decir, federaciones de vecinos, de peñas y entidades, y de asociaciones de madres y padres de alumnos, además de a los representantes de las formaciones políticas de la Corporación Municipal. 

La propuesta busca promover la participación ciudadana en la vida pública de San Fernando para que facilite la implicación tanto de las entidades como del ciudadano individualmente, pero también de plataformas que se creen con un objetivo específico. Para ello ordena a través de mecanismos u órganos la vida asociativa, ya sea actualizando el funcionamiento de los existente o con la creación de nuevos.

El Consejo de Ciudad

El Consejo de Ciudad sería el órgano superior, donde tendrían cabida organizaciones sociales, vecinales, económicas y profesionales, además de formaciones políticas y representantes del gobierno local. También participarían ex alcaldes, diputados, parlamentarios o representantes de la universidad. Su  misión principal sería la coordinación respecto a otros órganos de participación, aunque en su caso se centraría en los temas de ciudad.

Emitiría informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico municipal, planificación de la ciudad y grandes proyectos urbanos a petición de la Alcaldía, el Pleno y otros consejos municipales. También debatiría planes municipales, ordenanzas y otras disposiciones,  y serviría para promover reconocimientos (como el Premio Cortes o Hijo Predilecto) o aprobar la creación de consejos sectoriales. Sus dictámenes no serán vinculantes, como principio de la democracia participativa. Sin embargo, con carácter previo a la realización de cualquier acción de participación, el Ayuntamiento de San Fernando podrá declarar su adhesión a los resultados surgidos de cualquiera de estos procesos.

Este órgano recudiría las funciones del actual Consejo Local de Participación Ciudadana que se centraría en los asuntos propios de la participación ciudadana y colectivos sociales. Se sigue la recomendación de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, (artículo 131) de medidas para la modernización del gobierno local. El reglamento refuerza el trabajo de los consejos sectoriales con participación de concejales, entidades de la ciudad y expertos de reconocido prestigio en el ámbito para su función de carácter informativo, consultivo y de formulación de propuestas. Coordinarían al Ayuntamiento y a las entidades, pero también impulsaría acuerdos y proyectos entre asociaciones sin la necesidad de vincular a la administración.

Nuevos canales de participación

La nueva normativa reconoce nuevos canales de participación desde los foros ciudadanos, a los paneles ciudadanos o las consultas participativas. Destaca la incorporación de las audiencias públicas en el artículo 34: "Todas las personas, y todas las asociaciones ciudadanas, tienen derecho a ser oídas en la tramitación de los procedimientos o en la realización de actuaciones municipales en los que se manifieste un interés legítimo". Con independencia de la posibilidad de acceder a la tramitación de los expedientes administrativos, se puede ejercer mediante convocatoria municipal a iniciativa del Ayuntamiento o a partir de una propuesta ciudadana para tratar temas de interés para la ciudadanía.

Otro canal es el de los jurados ciudadanos que son grupos creados por la administración pública para analizar los efectos de una acción, proyecto o programa municipal. Son, detallan fuentes municipales, una técnica de investigación que nos permite valorar las opiniones de la ciudadanía sobre una problemática pública concreta. Al grupo se les ofrecería información clara y sencilla sobre un tema antes de solicitar la opinión de los convocados, a los que se dejaría tiempo para que reflexionen antes de tomar una decisión. Su elección sería aleatoria, sin que representen a grupos de intereses sectoriales. Durante el encuentro de dos días o día y media, la provisión de información se realizará tanto de forma escrita como oral, con expertos que trasladen a los participantes diferentes valoraciones. 

Consejo de participación ciudadana en el que se informó del borrador cero del reglamento. Consejo de participación ciudadana en el que se informó del borrador cero del reglamento.

Consejo de participación ciudadana en el que se informó del borrador cero del reglamento. / Ayuntamiento San Fernando

Línea Ciudadana para informar de incidencias

El reglamento regula la participación en instrumentos de planificación y ordenación, en planes estratégicos y planes directores; también recoge instrumentos de gestión con herramientas de mejora como quejas, reclamaciones y propuestas, o la aplicación Línea Ciudadana. A través de esta app la ciudadanía podrá aportar ideas para fomentar el bienestar común y facilitar el consenso entre vecinos y comunidades, así como para implicarse en la gestión municipal.

Se utilizaría para denunciar incidencias sobre transporte, educación, obras públicas, incidencias con animales, limpieza viaria. El ciudadano tomaría una fotografía y la remitiría con una breve descripción y con el registro de la geolocalización, la clasificación por área del gobierno y el ámbito temático. Permitiría hacer un seguimiento del problema a través de la web de la administración y comprobar si se resuelve. Un ejemplo de su funcionamiento es la actual Línea Verde que utiliza las nuevas tecnologías.

Derecho de la ciudadanía a hablar en los plenos

El borrador presentado por el equipo de gobierno también contempla una cuestión que desde hace años se ha reclamado y que llama la atención por la diferencia con otros ayuntamientos y administraciones que ya lo permitían. En los plenos de San Fernando no cabía la posibilidad de intervención ciudadana, algo que el nuevo documento corrige. A la asistencia y la inclusión de un punto en el orden del día se suma el derecho a intervención. 

La vía digital para una participación completa

La vía telemática llegó a la administración para quedarse y los sistemas deben mejorarse para que la capacidad de participación a través de lo digital sea fácil para ciudadanos y colectivos. El gobierno entiende que, junto al sistema presencial organizado para dar cobertura a la participación de la ciudadanía que existe, los medios digitales permiten acelerar, flexibilizar y facilitar la participación. Eso sí debe regularse, algo que hace el futuro reglamento. 

Esta participación digital debe ser mucho más directa, sin intermediarios ni representantes, más fluida y bidireccional. Para su desarrollo necesita de la puesta en marcha de una infraestructura tecnológica y una regulación normativa. Así se trabaja en el denominado Espacio Público Digital para que la ciudadanía se implique en la toma de decisiones o en la gestión de asuntos municipales. Formará parte del portal municipal, y contará con el denominado Escritorio de la Ciudadanía, un espacio de servicios municipales que será personalizado en función de los intereses, necesidades y características de cada usuario. De hecho, actualmente se redacta el pliego para la licitación de modelo digital de servicios avanzados, donde todos los procesos y relaciones de la ciudadanía con el Ayuntamiento deben poder realizarse de manera digital.

Una red de espacios municipales

Una de las cuestiones fundamentales para el asociacionismo es la necesidad de contar con instalaciones para sus actividades. El borrador de participación reconoce el derecho a la utilización de espacios públicos. Actualmente son muchas las instalaciones municipales que son cedidas para su uso gratuito pero se basa en la voluntad municipal, y por tanto debe transformarse en un derecho.

El centro de congresos, pistas deportivas, espacios públicos viarios, la Casa de la Cultura, salas de reuniones o parques públicos entre otros deben cederse, sin que dependa del criterio de los gobiernos municipales. Esta regulación no implica que se puedan ceder todos los espacios o equipamientos públicos, el reglamento regula la cesión de los espacios conforme a las ordenanzas y reglamentos.

Además, el documento define la cesión de espacios municipales para dotar de sede a los colectivos que por su relevancia social merezcan disponer de ellas. Las federaciones de vecinos, peñas y entidades, y de padres y madres de la ciudad, con mayor número de entidades asociadas, deben disponer, deja claro, de un inmueble para el ejercicio de sus actividades.

La red de espacios para la participación lo componen centros cívicos, los locales cedidos por el Ayuntamiento de las entidades de participación ciudadana, así como los espacios públicos destinados específicamente para este fin. Espacios culturales, expositivos, deportivos, eventos, reuniones, formación, centros para la atención ciudadana y otros compondrán esta red. Se pretende que los colectivos dispongan de lugares de referencia para el desarrollo de sus actividades.

Registro Municipal de Asociaciones

El borrador de reglamento plantea la posibilidad de crear un registro municipal de asociaciones. Partiendo del derecho a asociarse de la Constitución y de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se prevé́ la existencia de un registro municipal de asociaciones vecinales. Este registro tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines y su representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo.

Sería un registro independiente del Registro General de Asociaciones y del Autonómico que suponen un reconocimiento legal de la asociación, mientras que el registro municipal serviría para poder ejercitar las posibilidades de participación. La voluntariedad de la inscripción facilitaría la obtención de subvenciones económicas, uso de medios públicos municipales, locales o medios de comunicación.

Entidades de utilidad pública

La declaración de entidad de utilidad pública municipal se define en el reglamento con efectos frente a la Administración local para la distribución de subvenciones municipales y la formalización de convenios. Se recogería en los requisitos dentro de los criterios de valoración. Además esta declaración permitiría a la entidad ser oída cuando así́ lo solicite en comisiones y órganos de participación, recibir ayuda técnica y asesoramiento de la Administración municipal; exenciones, bonificaciones y demás beneficios de carácter fiscal o preferencia en el uso gratuito temporal de locales e instalaciones municipales disponibles.

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