Condenada una financiera por incluir a un gaditano en un registro de morosos sin serlo
Tribunales Cádiz
La compañía demandada debe indemnizar al cliente en 3.000 euros
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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Puerto Real ha condenado a Moneyman a indemnizar a un cliente suyo en 3.000 euros por incluirlo como moroso en un fichero sin serlo. La deuda por la que fue incluido derivaba del impago de dos tarjetas revolving. No obstante, había sido el cliente el que previamente había demandado a la compañía por TAE usurarios, de manera que Moneyman había tenido que devolver todo lo que le cobró por intereses.
En el presente caso, no constituye un hecho controvertido entre las partes que los microcréditos suscritos por el cliente con la entidad financiera y de los que dimanaba la deuda por la que se le incluyó en el fichero ASNEF EQUIFAX fueron declarados nulos por su carácter usurario (con los efectos inherentes a dicha declaración) en un procedimiento judicial seguido en el mismo Juzgado de Puerto Real.
Tampoco constituye un hecho discutido que tal declaración de nulidad tuvo relevancia a los efectos de determinar la cantidad adeudada por el cliente a la entidad demandada, ya que como consecuencia de dicha declaración resultó que el perjudicado había abonado a la entidad demandada más cantidad que la que le fue prestada, extremo que fue reconocido por la propia demandada en el escrito de contestación presentado en el procedimiento.
Asimismo, también ha quedado acreditado a través de la llamada de teléfono aportada por la propia demandada en su escrito de contestación a la demanda que la entidad mercantil tuvo conocimiento de la existencia de dicho procedimiento antes de que solicitara a la entidad ASNEF EQUIFAX el alta como deudor del actor en sus ficheros por la deuda dimana de los citados microcréditos.
La dirección letrada del caso ha sido asumida por José Luis Ortiz Miranda, socio director de Bufete Ortiz Abogados de Cádiz.
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