Restricciones

La entrada y salida de Gibraltar, solo por causas justificadas como ir a trabajar

  • La población gibraltareña no podrá pasar de los límites del término municipal de La Línea salvo causas justificadas

La Verja de entrada a Gibraltar.

La Verja de entrada a Gibraltar. / Nacho Marín

La entrada en vigor de las nuevas restricciones en Andalucía para la contención del coronavirus también afectan al paso por la Verja de Gibraltar. A partir de este martes, solo se podrá salir y entrar del Peñón por las causas justificadas previstas en la normativa regional, según han precisado a Europa Sur desde la Junta de Andalucía. 

Entre los motivos justificados para pasar hacia Gibraltar se encuentra el acudir al puesto de trabajo, por lo que los trabajadores transfronterizos podrán mantener el paso en ambos sentidos. Podrá exigirse acreditar este requisito mediante justificante. 

La norma andaluza prohíbe la movilidad entre localidades durante al menos las próximas dos semanas (hasta el 23 de noviembre), salvo por las causas justificadas previstas en la normativa. Así, la población gibraltareña que entre en España no podrá superar los límites del término municipal de La Línea salvo las causas previstas como, por ejemplo, acudir a una consulta médica o al puesto de trabajo si se encuentra en otra localidad. 

Los desplazamientos autorizados entre municipios son para:

  • Ir a trabajar
  • Acudir a centros sanitarios
  • Retornar al lugar de residencia habitual o familiar
  • Asistir a centros docentes
  • Asistir a mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad
  • Repostar combustible en caso de necesidad
  • Ir al banco
  • Responder a la llamada de órganos públicos, judiciales o notariales
  • Acudir a renovar permisos o documentación oficial
  • Realizar exámenes o pruebas oficiales irremplazables
  • Realizar actividades deportivas federales

En caso de tener la necesidad de desplazarse por algunos de los casos mencionados, la persona podrá hacerlo siempre y cuando lleve impreso un formulario que deberá estar rigurosamente cumplimentado y sellado por la empresa. Este documento podrá ser pedido en todo momento por los Cuerpos de Seguridad del Estado en cualquiera de los puntos de control establecidos para limitar los movimientos.

El cierre perimetral de los municipios andaluces estaba en vigor hasta este lunes para las zonas en Nivel 4 de alerta sanitaria, si bien a partir de este martes, 10 de noviembre, se amplía al conjunto de la región.  

¿Qué documentos sirven para justificar un desplazamiento?

Existen diferentes documentos que pueden servir para la movilidad en pleno confinamiento o toque de queda y hay comunidades autónomas que fijan los suyos propios, pero en líneas generales estos son los más habituales:

En el caso de acudir a centros, servicios o establecimientos sanitarios, valdría con presentar la cita médica si es que se tiene (ya sea de un centro privado o público). También se puede presentar el certificado de hospitalización de un familiar en el caso de que se vaya a visitarlo. 

En el caso de que se acuda a un centro de enseñanza en un municipio diferente al de residencia, es necesario presentar el carnet universitario o el documento oficial que acredite que está matriculado en el centro educativo.

Si el desplazamiento se debe a que uno tiene que volver a su lugar de residencia habitual o familiar vale con presentar el DNI o el certificado de empadronamiento. 

Si se acude a cuidar a personas dependientes, sirve un certificado de dependencia de la persona en cuestión. Además, hay que presentar una declaración jurada donde se acredite .que un familiar tiene un grado de dependencia concedida o que se trata de una persona de edad avanzada.

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