Gibraltar ilegalizará las terapias de conversión para proteger a la comunidad LGBTIQ+
En España estos métodos están prohibidos pero no tipificados como delito en el Código Penal
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El Gobierno de Gibraltar ha publicado un proyecto de ley destinado a ilegalizar las terapias de conversión, prácticas que buscan cambiar o suprimir la orientación sexual o la identidad de género de una persona.
Estas terapias se basan en la premisa pseudocientífica de que ser gay, bisexual o transgénero es algo que necesita ser “curado”. Aunque algunas se presentan como asesoramiento psicológico o sesiones de oración, otras han recurrido a métodos extremos y abusivos, incluyendo descargas eléctricas, medicación forzada y aislamiento prolongado.
Los principales organismos médicos y psicológicos del mundo han condenado estas prácticas, considerándolas ineficaces y perjudiciales. Las personas que han sido sometidas a ellas a menudo enfrentan traumas a largo plazo, depresión, ansiedad y pérdida de autoestima.
El proyecto de ley del Gobierno de Gibraltar busca proteger los derechos humanos y la integridad de las personas, previniendo la continuación de estas prácticas bajo cualquier justificación. Defensores de la iniciativa sostienen que su aprobación sería un paso crucial hacia la inclusión y la protección de la comunidad LGBTIQ+, mientras que algunos críticos cuestionan la intervención estatal en asuntos relacionados con la orientación sexual e identidad de género.
Con esta medida, Gibraltar se suma a un creciente número de países y territorios que buscan erradicar estas prácticas dañinas y garantizar el respeto a la diversidad y los derechos fundamentales.
En España, las terapias de conversión no son legales. La Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, en su artículo 17 establece que se prohíbe "la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento … destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o de su representante legal". Actualmente, estas terapias de conversión no están tipificadas como delito autónomo en el Código Penal español (aunque hay iniciativas para que lo sean). Por lo tanto, aunque estén prohibidas y sancionables por la vía administrativa, si alguien las realiza hoy en día no se enfrenta automáticamente a penas de prisión, sino a multas y otras sanciones administrativas. El PSOE presentó en junio una proposición de ley para modificar el Código Penal y que estas conductas sean delito, con penas de cárcel, pero aún no está aprobada.
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