Gibraltar

Gibraltar fondeó el ‘Grace 1’ en una zona protegida por España y la UE

  • Verdemar advierte al Ministerio para la Transición Ecológica española de que la presencia del buque vulnera la Ley aprobada en 2012

El ‘Grace 1’, fondeado en una zona protegida.

El ‘Grace 1’, fondeado en una zona protegida. / Jorge del Águila

El Gobierno de Gibraltar vulnera las leyes europeas y españolas al mantener fondeado el petrolero Grace 1 en la cara Este del Peñón. Así al menos lo cree el colectivo ecologista Verdemar, quien remitió el pasado 22 de julio un escrito de denuncia al Ministerio para la Transición Ecológica español en el que advierte de que se encuentra en una zona protegida en la que no pueden permanecer buques-tanque, según las normativas de España y Europa.

Gibraltar mantuvo retenido el barco desde el 4 de julio hasta el 15 de agosto porque, a su juicio, contravenía las sanciones de la Unión Europea (UE) contra el suministro de petróleo a Siria. Es decir, siempre según los ecologistas, el Peñón quebrantó una ley comunitaria para salvaguardar la autoridad de la UE. 

El Grace 1, cargado con 2,1 millones de barriles de petróleo iraní, está infringiendo el Real Decreto 1620/2012, de 30 de noviembre, por el que se declara Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES6120032 'Estrecho Oriental', de la región biogeográfica mediterránea de la Red Natura 2000 y se aprueban sus correspondientes medidas de conservación. Este Real Decreto prohíbe el fondeo permanente de buques-tanque.

El Gobierno español es competente en la protección de la biodiversidad marina y entre sus funciones está gestionar los espacios situados en estrechos sometidos al Derecho Internacional que deban ser gestionados por España de conformidad a ese derecho, y de gestionar las especies asociadas a los hábitats de su competencia y de las especies marinas altamente migratorias.

Existen espacios y especies de interés comunitario de la Directiva Hábitat, entre los que se encuentran bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina poco profunda, las conocidas como chimeneas submarinas, arrecifes, cuevas marinas y grupos de delfín mular (Tursiops truncatus). Además, se ha constatado la importante presencia de tortuga boba (Caretta caretta), recogida en el anexo II de la Directiva Hábitats como especie prioritaria.

La Comisión Europea declaró el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), de acuerdo con la Directiva Hábitats, el Estrecho Oriental el 12 de diciembre de 2008, en virtud de la jurisdicción y soberanía españolas sobre las aguas que rodean el Peñón de Gibraltar. Así, este lugar protege una superficie marina de 23.641,82 hectáreas frente a la costa del Campo de Gibraltar y el Consejo de Ministros aprobó la declaración del ZEC de este LIC.

 

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