El TUE rechaza de nuevo el recurso de Gibraltar contra el LIC 'Estrecho Oriental'

El Tribunal de la UE reitera que no puede anularlo de forma parcial. La decisión es definitiva

Vista del Peñón y de la zona de Punta Europa.
Vista del Peñón y de la zona de Punta Europa.
Agencias/E. R. / Bruselas/Gibraltar

22 de agosto 2012 - 01:00

El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) ha dado por segunda vez y definitivamente la razón al Gobierno español al no admitir a trámite un recurso de Gibraltar contra la capacidad de España de proteger un hábitat natural que incluye las aguas que rodean el Peñón, en concreto 5.000 hectáreas de mar.

Un portavoz del tribunal, con sede en Luxemburgo, precisó ayer que se trata de una "decisión final" que no cabe apelar de nuevo.

El TUE desestimó en mayo de 2011 un primer recurso de Gibraltar, apoyado por el Reino Unido, contra la decisión de la Comisión Europea de inscribir como espacio protegido de España la zona marítima denominada Estrecho Oriental, que incluye a su vez un área registrada anteriormente por el Reino Unido como el hábitat natural Southern Waters of Gibraltar.

Gibraltar había solicitado a la justicia europea que anulara esta decisión alegando que la zona en cuestión incluye "aguas territoriales británicas de Gibraltar" que España no reconoce pues no fueron cedidas a Londres en el Tratado de Utrecht de 1713 y una zona de alta mar.

El TUE rechazó la solicitud de Gibraltar y el Reino Unido alegando que no era posible anular parcialmente, como se pedía, el registro del hábitat Estrecho Oriental sólo en la parte que afectaba a las aguas en disputa.

Gibraltar recurrió en julio de 2011 esta decisión, insistiendo en que la Comisión Europea trata, "de un modo incorrecto y contrario a su práctica habitual", las aguas territoriales británicas de Gibraltar como si fueran de España.

Pero el TUE se ha reafirmado en su postura y el pasado 12 de julio publicó una orden que rechaza la apelación de Gibraltar por "claramente infundada" y condena al Gobierno del Peñón a pagar las costas del procedimiento iniciado.

En su escrito, la Corte explica que no es posible modificar sólo una parte del LIC Estrecho Oriental sin alterarlo en su totalidad, por lo que la anulación parcial perseguida por Gibraltar "no es posible".

Así, las tres millas náuticas que Gibraltar y el Reino Unido reclaman como mar territorial, pero que España no les reconoce, forman parte hoy por hoy de dos hábitats marítimos merecedores de protección medioambiental que la Comisión Europea reconoce tanto a Madrid como a Londres, aunque bajo nombres distintos.

La preservación de la flora y fauna marinas es precisamente el motivo que Gibraltar esgrime para imponer a los pescadores españoles la prohibición de pescar con redes en las aguas que rodean el Peñón.

El LIC Southern Waters of Gibraltar es desde el año pasado Zona Marina de Especial Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Este hábitat es distinto al LIC Rock of Gibraltar, sobre el que el Gobierno de Fabian Picardo confirmó el lunes su designación como Zona de Especial Conservación una vez elaborado, aprobado y publicado su Plan de Gestión. Rock of Gibraltar es también ZEPA desde el año pasado, según los requisitos de la Ley de Protección de la Naturaleza de 1991 y las directivas comunitarias Hábitat y Conservación de Aves.

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