Moción de censura

Si Rajoy dimitiese... artículo 99 y Soraya

  • Una dimisión obligaría al Rey a abrir consultas para proponer candidato, y sólo si se fracasase habría elecciones

La vicepresidenta, en la sesión del miércoles.

La vicepresidenta, en la sesión del miércoles. / Ballesteros/EFE

En caso de una dimisión de un presidente en ejercicio, el Rey y la presidenta del Congreso tendrían que poner en marcha la hoja de ruta que marca el artículo 99 de la Constitución. Este precepto vale tanto para renovaciones del Congreso, después de unas elecciones, o por los demás supuestos constitucionales en que así se proceda. El Rey tendría que proponer a un candidato. A partir de que se presentase en el Congreso, comenzaría a correr el plazo de los dos meses para que alguien sea elegido. Si no es así, si no hay acuerdo, las elecciones se convocarían de modo inmediato. Mientras tanto, el presidente en funciones sería el actual o la vicepresidenta en caso de que se marchase.

Si Rajoy dimitiese in extremis para evitar el triunfo de la moción de censura de Pedro Sánchez, él propondría quedarse o que la elegida fuese la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría. En ese caso, la vicepresidenta tendría que someterse a una investidura en el Congreso. Con los votos de PP, Ciudadanos, Coalición Canaria y el PNV tendría 175 escaños, con lo que le haría falta una única abstención. El único modo de conseguir esos apoyos es que la nueva presidenta ofreciese a sus socios la convocatoria de elecciones generales, que ha sido la petición de Ciudadanos desde la semana pasada. 

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