Economía

Multas de hasta 400.000 euros a directivos por prácticas contra la competencia

Cani Fernández, presidenta del CNMV, en una comparecencia este jueves en el Congreso

Cani Fernández, presidenta del CNMV, en una comparecencia este jueves en el Congreso / Eduardo Parra / EP

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) podrá poner multar con hasta 400.000 euros a los representantes legales o directivos de empresas involucradas en prácticas en contra de la competencia, frente a la sanción máxima de 60.000 euros vigente en la actualidad.

Así se recoge en una enmienda del grupo parlamentario socialista incluida en el proyecto de Ley por el que se crea la autoridad administrativa independiente de defensa del cliente financiero, en la que se especifica que se podrá multar a todos los directivos que hayan intervenido en la conducta anticompetitiva y que el importe se calculará según la participación de cada uno en la infracción. “Quedan excluidas de la sanción aquellas personas que, formando parte de los órganos colegiados de administración, no hubieran asistido a las reuniones o hubieran votado en contra o salvado su voto”, añade la enmienda, que modifica la ley de defensa de la competencia de 2007.

La enmienda aclara que las sanciones a empresas serán del 1%, el 5% o el 10% de su volumen de negocios mundial, según la gravedad de la infracción, tomando como referencia el ejercicio inmediatamente anterior a la decisión sancionadora, o en su defecto, el último ejercicio disponible. Además, se incrementa el importe de las multas hasta un máximo de 50 millones de euros para infracciones muy graves, hasta 10 millones para las graves y hasta 1 millón para las leves.

La presidenta CNMC, Cani Fernández, afirmó en el Congreso que la Audiencia Nacional “suspende todas y cada una” de las sanciones que el organismo regulador impone a las empresas.

Durante su comparecencia en la Comisión de Asuntos Económicos, Fernández explicó que a su parecer el órgano jurisdiccional ordena la suspensión cautelar de las sanciones porque, en su análisis donde evalúa el interés general y el perjuicio que puede provocar a la empresa dicha sanción, “debe primar el segundo”. La presidenta de la CNMC ha confirmó que en la actualidad las prohibiciones a empresas de firmar contratos con la Administración Pública por prácticas que infrinjan la ley “no se están aplicando”, bien sea porque esta tiene que ser aplicada por la Junta Consultiva de Contratos del Sector Público, o bien porque todas las empresas solicitan la suspensión cautelar de la multa.

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