La Audiencia de Cádiz condena a 24 de los 38 acusados en un macrojuicio por narcotráfico en el Campo de Gibraltar
Las penas por tráfico de hachís y pertenencia a grupo criminal alcanzan los seis años de prisión y las multas, los 35 millones de euros
El TSJA libera al estibador acusado de liderar una red que introdujo 1,2 toneladas de coca por el Puerto de Algeciras
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, ha condenado a 24 personas por su implicación en un grupo criminal dedicado al tráfico de hachís entre Marruecos y la costa andaluza, a través del Estrecho de Gibraltar. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Sur, absuelve de forma a 14 de los enjuiciados inicialmente por falta de pruebas en su contra. Aunque el procedimiento se abrió contra 45 personas, finalmente solo 38 fueron enjuiciadas por encontrarse algunas de ellas en rebeldía o por haberse sobreseído sus acusaciones antes de la vista oral.
El procedimiento derivó de unas diligencias abiertas en 2021 por el Juzgado de Instrucción número 5 de Algeciras, tras una investigación conjunta de la Guardia Civil y la Policía Nacional (Ocon-Sur, Udyco, Greco Campo de Gibraltar).
La investigación indicaba que la red criminal enjuiciada introdujo más de 4.500 kilos de hachís mediante embarcaciones semirrígidas, utilizando como puntos de entrada diversas playas de Algeciras, Tarifa y Los Barrios. Una vez en tierra, los alijos eran descargados y almacenados en viviendas o naves, y transportados posteriormente en vehículos -muchos robados o con matrículas falsas- hasta los puntos de distribución de la droga.
Condenas millonarias
Los 24 condenados cumplirán distintas penas, que varían según los delitos imputados, su grado de implicación y sus antecedentes. Las condenas más graves alcanzan los seis años y tres meses de prisión, además de multas millonarias (de hasta 35 millones de euros por persona), mientras que otros afrontan penas de entre seis meses y tres años de prisión, algunas por conformidad con la Fiscalía. No obstante, la sentencia no es firme y podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La Audiencia Provincial no asigna en la sentencia un líder al clan -aunque, según fuentes judiciales, se relacionan con Abdellah El Haj Sadek El Membri, alias el Messi del hachís- pero sí describe claramente las funciones específicas que cada condenado cumplía dentro del entramado criminal. Entre los roles descritos se encuentran los encargados del transporte de hachís en vehículos de carga; los conductores de vehículos lanzadera o de seguridad; los responsables de la custodia de la droga y de los vehículos; los encargados de la provisión y preparación de las guarderías -los lugares de almacenamiento de la droga-; los tripulantes de las embarcaciones semirrígidas procedentes de Marruecos; los transportistas de los otros miembros del grupo y los asignados para llevar a cabo el suministro de los medios de transporte terrestre. En algunos casos, los acusados combinaban varios de estos roles.
En uno de los episodios más destacados en la sentencia se describe cómo uno de los condenados embistió con su vehículo a un coche de la Guardia Civil durante una persecución, tras un alijo en la ribera del río Palmones (Los Barrios), causando lesiones a dos agentes y daños en el coche patrulla. Otro episodio señalado fue la localización de más de una tonelada de hachís abandonada en la costa tras la huida de los implicados.
Los catorce acusados absueltos han quedado exonerados de responsabilidad penal al "no haberse acreditado de forma suficiente su implicación directa en los hechos delictivos", según recoge la sentencia de la Audiencia. Entre las personas absueltas se encuentra un joven, D. S., que, según su defensa -llevada a cabo por el despacho Hércules Abogados-, fue detenido junto a otros cuatro compañeros por encontrarse en las inmediaciones del lugar donde, supuestamente, se había producido un alijo.
La pena que la Fiscalía Antidroga pedía contra D.S. y sus amigos, denominado en las diligencias como "el grupo de Fuengirola" -localidad de donde provenían-, era de dos años de prisión por pertenencia a grupo criminal y seis años y tres meses por delitos contra la salud pública, así como dos multas de 30 millones de euros cada para cada miembro del grupo.
La sentencia recoge que no existían llamadas, imágenes, huellas ni geolocalizaciones que los vinculasen con los delitos que se les atribuían. Además, su ropa tampoco estaba mojada, un detalle que suele ser clave en los alijos nocturnos por mar. Según el tribunal, no se ha acreditado su implicación ni su integración en estructura delictiva alguna.
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