Coronavirus

Cómo pedir y renovar el paro durante la cuarentena

  • El Servicio Público de Empleo Estatal traslada a internet todo el proceso para pedir y cobrar el desempleo

  • En caso de un ERTE por la pandemia, todos los afectados tienen derecho a prestaciones

La oficina del SAE de Algeciras.

La oficina del SAE de Algeciras. / Jorge del Águila

La crisis sanitaria del coronavirus también deja su huella en el empleo. Miles de personas se han quedado en paro en todo el país desde el pasado lunes 16, primer día laborable bajo el estado de alarma

Si ya quedarse en desempleo supone un trastorno, solicitar las prestaciones bajo las restricciones al movimiento de personas y con las oficinas cerradas supone una dificultad añadida al procedimiento habitual. Esta guía trata de resolver todas las dudas

¿Cómo se tramita el paro si las oficinas están cerradas? 

Las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mantienen desde el lunes 16 cerrada la atención al público presencial en sus Oficinas de Empleo. Los trabajadores ejercerán a puerta cerrada para tramitar todos los expedientes y se ha reforzado la atención telefónica.  

Las formas de contacto con el SEPE serán a través del formulario de contacto que aparece en la SEDE electrónica y de los teléfonos de contacto fijos provinciales y líneas 901 que figuran en la página web del SEPE. En la provincia de Cádiz, el número provincial es el 956 992 579.

Para pedir cita previa, debe utilizarse el formulario habilitado en la página web. Se puede pedir cita pero no se puede acudir a la oficina en el día que se indique. 

Los gestores del SEPE se pondrán en contacto lo antes posible y, para ello, debe rellenarse el campo correo electrónico en el resguardo del recordatorio de la cita.

Con esta medida se pretende atender a las recomendaciones de las autoridades sanitarias por motivos de salud pública, evitando los desplazamientos de los ciudadanos y el contacto presencial.

¿Quién tiene derecho a cobrar el paro?

El Gobierno central aprobó el martes un paquete de medidas encaminadas a proteger a las personas trabajadoras en un momento excepcional de crisis sanitaria, social y económica ocasionada por la pandemia de Covid-19

Entre estas medidas, además de quienes cumplan las circunstancias habituales para cobrar las prestaciones por desempleo, se amplían a todos los trabajadores cuyas empresas se acojan a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), con independencia del tiempo cotizado. 

El Estado se hará cargo de que los afectados por los ERTE derivados de la crisis del coronavirus perciban prestaciones por desempleo aún en el caso de que no hayan cotizado el tiempo suficiente (periodo de carencia) para acceder al subsidio por desempleo.

El período de cobro de la prestación, mientras dure esta situación, no se restará del período de cómputo de la prestación por desempleo que acumulen los trabajadores, es decir, se pondrá el “contador a cero” cuando termine este momento excepcional. Se considera, por tanto, un paréntesis en la prestación de desempleo que no afectará a eventuales prestaciones futuras del cotizante.

Prórroga automática de prestaciones

Ningún trabajador dejará de percibir una prestación en caso de que no pueda realizar los trámites a tiempo. Se garantizará este derecho aunque no pueda finalizar la solicitud en plazo.

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