Nueve años de cárcel para Tony Cruz por una agresión sexual a un menor
El procesado invitó al joven a su casa para enseñarle letras de Carnaval que había compuesto y allí cometió el delito. El tribunal considera "creíble" y "sin fisuras" la versión de la víctima.
Antonio Guillén Chico, más conocido en el mundo del Carnaval como Tony Cruz, ha sido condenado a nueve años de prisión como autor responsable de un delito de agresión sexual a un menor, además de la prohibición de acercarse a éste una distancia inferior a 200 metros durante el plazo de diez años.
Según recoge la sentencia, en enero de 2013 el procesado escribía, afinaba y codirigía una comparsa infantil de Carnaval. En el mes de enero, el menor -que entonces tenía 15 años- fue a uno de los ensayos con un amigo perteneciente a la agrupación para que le presentase a Tony Cruz. El joven le comunicó su deseo de formar parte de la comparsa, contestándole éste que podría ser al año siguiente; no obstante, le pidió el número de móvil y lo agregó a una red social.
El tribunal reconoce como hechos probados que durante una semana estuvieron comunicándose por dicha vía, hasta que a principios de febrero el menor recibió un mensaje en su teléfono procedente de Cruz para que se pasara por su casa a fin de enseñarle unas letras que había compuesto, dándole así la dirección exacta de su domicilio.
El día acordado -apunta la resolución judicial- el joven acudió a la casa del procesado, quien llevó al menor a su dormitorio, cerró la puerta y echó las persianas para, a continuación, ver Carnaval en la televisión. Pasado un rato, lo agredió sexualmente y, tras un forcejo violento, el joven salió de inmediato hacia su casa.
A la semana de la agresión, el chico contó a una formadora de su instituto lo sucedido, quien habló con la orientadora y ésta a su vez con el menor. Al final el afectado habló con su madre y ella denunció los hechos.
El tribunal de este caso ha estimado que la versión de la víctima, "sustancialmente idéntica desde el inicio y corroborada por los informes psicológicos y por la testifical de su madre, de la formadora y de la orientadora del instituto, reviste mucha mayor credibilidad objetiva y subjetiva que las manifestaciones del acusado". Se habla pues de una "absoluta sintonía en la unidad argumental, sin fisuras ni contradicciones".
Así, la Sala se ha basado en la declaración del menor, que habló "con firmeza y decisión" ante el plenario, rememorando las circunstancias de los hechos de manera coherente y convincente, manteniendo la misma versión en lo sustancial desde el comienzo de las actuaciones judiciales.
Por su parte, la línea argumental de la defensa se basó en la ausencia de pruebas de cargo demostrables y en la existencia de contradicciones en la declaración del menor, algo que el tribunal desestimó. La defensa dio a entender que el menor estaba enfadado con Cruz porque quería entrar en la comparsa a toda costa y éste le rechazo. La sentencia dictamina que "no existe causa, motivo o razón que pueda justificar en una persona normal la formulación de una denuncia falaz sin objetivo alguno".
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