Secreto de Sumario

La pensión del legionario tiroteado en Afganistán

Un ejercicio de rescate en la base de las tropas españolas de Qala I Naw, Afganistán, donde resultó herido el soldado. Un ejercicio de rescate en la base de las tropas españolas de Qala I Naw, Afganistán, donde resultó herido el soldado.

Un ejercicio de rescate en la base de las tropas españolas de Qala I Naw, Afganistán, donde resultó herido el soldado. / Pepe Díaz

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

Fue legionario durante más de ocho años y recibió un disparo de un francotirador en Afganistán mientras participaba en una misión de paz, pero la Seguridad Social no quería reconocerle la incapacidad permanente absoluta que reclama porque entendía que podía volver a su profesión anterior en la construcción. La Justicia ha fallado a favor de este soldado y le ha concedido dicha incapacidad por las secuelas derivadas de aquel ataque que fue calificado como "atentado terrorista" por el Ministerio de Defensa, lo que ha permitido que se le conceda una pensión del 200% de la base reguladora.

Este soldado, de 35 años y vecino de un pueblo de Jaén, se había incorporado al Ejército en el año 2009 y tres años después se hallaba destinado en una misión internacional de paz en la base de Qala I Naw, en Afganistán. El 7 de marzo de 2012, el legionario, que participaba en la operación de reconstrucción de Afganistán, fue alcanzado por el disparo de un francotirador enemigo, que le impactó en la zona de la clavícula derecho y le provocó una herida de bala con orificio de entrada pero no de salida, según recoge como hechos probados la sentencia de un juzgado de lo Social de Jaén, que recientemente ha sido confirmada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El joven permaneció bajo el  tiroteo durante cerca de una hora, hasta que finalizó el enfrentamiento y pudo ser evacuado en un helicóptero hasta base española. Dos días después fue trasladado en avión hasta el hospital militar Gómez Ulla de Madrid, donde fue objeto de varias operaciones quirúrgicas y estuvo ingresado durante varias semanas.

El Ministerio de Defensa reconoció que el ataque al soldado fue un "atentado terrorista" y le concedió una indemnización de unos 10.000 euros. Tras el ataque, continuó en el Ejército durante otros cinco años, pero el militar sufría un trastorno de estrés postraumático y le quedaron diversas secuelas, por lo que solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta. La Administración le denegó dicha incapacidad, al entender que las lesiones y secuelas sufridas le incapacitaban únicamente para su labor castrense pero no para otro trabajo.

Antes de ingresar en la Brigada Paracaidista de la Legión, había trabajado tan sólo unas semanas en el mundo de la construcción, y en el año 2017 tuvo que dejar el Ejército al ser incapaz de acudir al campo de tiro y tener dificultades para continuar desempeñando sus funciones como miembro de las Fuerzas Armadas, al tiempo que, según los informes psiquiátricos, su patologías le "impiden el normal y cotidiano desenvolvimiento de su vida social, familiar, relacional y la realización de tareas estresantes, sometida a horarios, relaciones interpersonales y la asunción de responsabilidades".

En las sentencias, a las que ha tenido acceso este periódico, la Justicia ha estimado la demanda del soldado debido a la gravedad de las patologías que presenta el soldado por el trastorno de estrés postraumático y porque considera que el Equipo de Valoración de Incapacidades probablemente no tuvo acceso a la documentación que acredita que su profesión habitual es precisamente la de soldado profesional, actividad que ha desarrollado de manera más prolongada en el tiempo a lo largo de su vida y que tuvo que abandonar por los problemas psiquiátricos derivados del ataque que sufrió en Afganistán.

La Seguridad Social impugnó ante el TSJA la concesión de la incapacidad permanente absoluta por el juzgado de lo Social de Jaén y ahora el Alto Tribunal andaluz ha confirmado esta resolución. El INSS alegó que el soldado estaba incapacitado para "actividades que supongan el uso de armas o una intensa relación intepersonal" pero no para otros trabajos que no tengan estas connotaciones, por lo que pedía que se declarara sólo la situación de incapacidad permanente total para su profesión de militar. El trastorno de estrés postraumático que padece, asevera el tribunal, se considera desde un punto de vista clínico "de etiología exógena, irreversible y permanente", siendo poco probable su recuperación para el desempeño de su actividad laboral.

Los magistrados del TSJA concluyen que el estado del soldado le "incapacita permanentemente para todo tipo de trabajo, hasta el punto de privarle de la posibilidad de llevar a cabo cualquier actividad laboral con un mínimo de eficacia y rendimiento, razones por las que la sentencia de instancia debe verse confirmada".

El trabajo de los soldados españoles en las operaciones de paz

El abogado Pedro Mancera, que ha representado al soldado, ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Justicia que le ha concedido la incapacidad permanente absoluta y, en este sentido, ha señalado que "se ha reconocido el trabajo que nuestras Fuerzas de Operaciones de Paz desarrollan en los conflictos internacionales a pesar de la cicatería de la Administración para reconocer situaciones individuales consecuencias de las mismas".

El letrado ha destacado igualmente la importancia de que que "se reconocozcan como acciones terroristas los ataques que sufren los miembros de nuestros Ejércitos en zonas de conflicto internacional", tal y como ha ocurrido en el caso de este legionario.

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