El futuro chiringuito de la playa de Getares, a expensas de la Ley de Costas
El reglamento de la norma avisa que "únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación"
Verdemar, Agaden y un particular anuncian alegaciones contra el proyecto
La Junta valida la construcción de un chiringuito en Getares, playa de Algeciras de "alto valor ambiental" en el Parque Natural del Estrecho
Opinión: 'Espacio público, negocio privado'
Algeciras/La instalación de un chiringuito en la playa algecireña de Getares, cuya autorización definitiva está en manos de la Junta de Andalucía, está pendiente de su ajuste a la Ley de Costas, la cual regula la protección, utilización y política del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y especialmente de la ribera marítima.
El artículo 44 de dicha norma expone que los establecimientos de hostelería ubicados en la arena "deberán prever la adaptación de las obras al entorno en que se encuentren situadas y, en su caso, la influencia de la obra sobre la costa y los posibles efectos de regresión de ésta". "Asimismo", continúa, "los proyectos deberán contener una evaluación de los posibles efectos del cambio climático sobre los terrenos donde se vaya a situar la obra, en la forma que se determine reglamentariamente. Cuando el proyecto contenga la previsión de actuaciones en el mar o en la zona marítimo-terrestre deberá comprender un estudio básico de la dinámica litoral, referido a la unidad fisiográfica costera correspondiente y de los efectos de las actuaciones previstas".
La ensenada de Getares, a las puertas del Parque Natural del Estrecho, se encuentra rodeada de una zona urbana donde ya existen sobrados servicios de hostelería en su paseo marítimo y, según el Reglamento General de Costas, "únicamente se podrá permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación" (artículo 61) y "las edificaciones de servicio de playa se ubicarán, preferentemente, fuera de ella, con las dimensiones y distancias que se recogen en los artículos siguientes atendiendo a su naturaleza" (artículo 65).
El artículo 68 del Reglamento que desarrolla la citada ley añade al respecto que, "cuando, a juicio del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, no fuera posible ubicar estas edificaciones sobre el paseo marítimo o fuera de la playa, se podrán ubicar en su límite interior o, en el caso en que la anchura de la playa así lo permita, a una distancia mínima de 70 metros desde la línea de pleamar, siempre que no se perjudique la integridad del dominio público marítimo-terrestre ni su uso".
En información pública
Como informó Europa Sur, la delegación territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul abrió el pasado 6 de septiembre un periodo de información pública respecto a una solicitud de autorización presentada por el Ayuntamiento de Algeciras para ocupar bienes del dominio público marítimo-terrestre, entre los años 2024 y 2027, mediante el plan de explotación de los servicios de temporada en las playas del término municipal, en el que se incluía la instalación de un chiringuito en Getares, a escasos metros de la desembocadura del río Pícaro.
Dos días más tarde, Verdemar Ecologistas en Acción anunció que presentará alegaciones a este proyecto ya que se ubicaría "en el último reducto de la Bahía de Algeciras que menos se ha trasformado y con los índices de biodiversidad más altos". A ojos de la formación ecologista, la desembocadura del río Pícaro y su formación dunar pueden verse afectadas con esta construcción que ocupará 150 metros cuadrados.
Agaden también usará el Reglamento General de Costas como base legal en sus alegaciones, al igual que particular, Antonio Benítez Gallardo, quien en su blog, titulado Calle Libertad, apunta que "hace falta mucho descaro para considerar necesaria la instalación del chiringuito en el dominio público marítimo-terrestre, fuere cual fuere el tramo de costa en el que se pretenda tal cosa; pero más que descaro es delito ignorar lo que la ley establece". Agrega Benítez que también presentará alegaciones ante la administración, "con la confianza de que serán atendidas". "Si así no fuera, no dudaré en solicitar la intervención de los tribunales de justicia en defensa de nuestro patrimonio natural", concluye.
Instalación y explotación del chiringuito
El chiringuito en cuestión, ubicado frente a las viviendas de Los Camarotes y junto al módulo de servicios del río Pícaro y la torre de vigilancia, medirá 149,76 metros cuadrados (incluyendo toldos, cerramientos, mesas, sombrillas y elementos ornamentales) y 15,6 metros de frente de ocupación (la fachada paralela a la línea de costa), en zona de dominio público-marítimo-terrestre.
Deberá tratarse de un módulo sin emplear materiales de obra ni soldadura, que se monte y desmonte, construido en madera, preferentemente mediante troncos envejecidos, con techo de brezo o madera, al igual que la tarima que servirá de suelo. Tendrá un área para el bar y otras para la cocina, el almacén y los servicios.
Las tareas de montaje podrían comenzar anualmente cada el 15 de mayo, con el propósito de que el establecimiento esté operativo, como muy tarde el 1 de junio, y deberá cerrar cada 30 de septiembre.
El Ayuntamiento de Algeciras será el responsable (y el benefactor) de la contratación, mediante procedimiento abierto, de la explotación del negocio hostelero, bajo las condiciones marcadas desde el Consistorio durante los próximos tres años con la posibilidad de un cuarto de prórroga.
En caso de éxito, el Ayuntamiento se guarda en la manga la instalación de un segundo chiringuito en Getares, a 200 metros de distancia del primero, aún más cerca del Pícaro, en el llamado oasis de las palmeras, donde también ha instalado otra pasarela de acceso a la playa.
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