La Justicia anula la sanción del SAS a un enfermero que denunció irregularidades por 600.000 euros en el hospital Punta de Europa de Algeciras

Un juzgado de Algeciras y el TSJA concluyen que el trabajador cumplió con su deber de denuncia, no con ánimo de desprestigiar a sus superiores al sospechar del pago de complementos de jornadas de trabajo no realizadas, y reprochan a la administración sanitaria que no investigase los hechos

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El Hospital Universitario Punta de Europa de Algeciras.
El Hospital Universitario Punta de Europa de Algeciras. / Erasmo Fenoy
M.R. / F.E.

Algeciras, 18 de noviembre 2025 - 04:01

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras y, posteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han dado la razón a un enfermero del Hospital Universitario Punta Europa que fue sancionado por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) con 45 días de suspensión de empleo y sueldo tras haber denunciado presuntas irregularidades en la gestión de los turnos y días libres del personal de Pediatría del centro sanitario entre los años 2012 y 2021.

La última de las resoluciones, dictada en firme en enero de 2025 tras la desestimación del recurso de apelación interpuesto por el SAS contra la primera de las sentencias, anula la sanción impuesta al trabajador, al considerar que no se probó que actuase con ánimo de desprestigiar a sus superiores, sino cumpliendo ante estos con “su derecho y deber de denuncia" de hechos que consideraba irregulares.

Denuncias internas y expediente disciplinario

El relato se remonta a 2017, cuando el enfermero advirtió por vez primera a sus superiores de supuestas irregularidades en el reparto y pago de los días libres dentro del servicio de Pediatría. Ante la falta de respuestas y de que nada había cambiado, en marzo de 2021, el sanitario presentó varios escritos ante la Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Oeste en los que detallaba sus observaciones.

Según la denuncia interna, algunos empleados figuraban como trabajando en días que en realidad disfrutaban libres

Según la información aportada en el procedimiento, el trabajador denunció que, desde al menos 2012, existía una “doble contabilidad” en los cuadrantes de turnos, mediante la cual se registraban como jornadas trabajadas días en los que determinados empleados no acudían a sus puestos de trabajo. En la práctica -según sostenía el enfermero-, algunos profesionales habrían disfrutado de descansos no autorizados que, sin embargo, eran posteriormente introducidos en el sistema informático como horas efectivamente trabajadas. La acumulación de estas horas a lo largo de los años habría ocasionado un perjuicio económico para la administración sanitaria andaluza que él estimaba en unos 600.000 euros.

Poco después de formalizar esas denuncias internas, el trabajador fue objeto de un expediente disciplinario por la presunta comisión de una falta grave de “grave desconsideración a sus superiores”, prevista en el artículo 73.2.d) del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. La sanción impuesta: 45 días de suspensión de funciones. Durante ese periodo, además de no cobrar el salario, se suspendió su cotización a la Seguridad Social, se le impidió al trabajar en alguna otra administración pública y se le negó el acceso a prestaciones por desempleo.

El juzgado archivó la sanción

Sin embargo, la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras anuló dicha sanción en noviembre de 2023 al concluir que por parte del trabajador "no se demostró intención alguna de menoscabar el prestigio de los responsables denunciados" ni existían tampoco pruebas de animadversión personal hacia ellos.

La sentencia señalaba que el enfermero actuó “ejercitando su derecho y deber de denuncia ante los órganos competentes” y que, más allá de los "comentarios informales entre compañeros", no había evidencia de "una difusión pública o maliciosa" de las acusaciones.

Las sentencias reprochan al SAS que no verificase documentalmente las posibles irregularidades antes de sancionar al denunciante

El fallo también reprochaba a la Administración sanitaria no haber agotado las diligencias probatorias necesarias para comprobar si los hechos denunciados tenían o no fundamento, limitándose a "recabar testimonios de personas que negaron irregularidades sin realizar comprobaciones documentales o auditorías" sobre los turnos de trabajo.

Fuentes próximas al caso apuntan a que, desde la presentación de aquellas denuncias internas, el enfermero -con más de tres décadas de experiencia en el hospital- ha vivido una situación laboral “muy complicada”, marcada por tensiones con sus superiores y un progresivo aislamiento dentro del servicio.

El SAS recurrió sin éxito

El SAS recurrió la decisión judicial alegando que el trabajador había realizado "múltiples acusaciones infundadas" y que su comportamiento "no podía considerarse discreto". Sin embargo, en una sentencia fechada el 14 de enero de 2025, el TSJA desestimó todos los argumentos de los responsables sanitarios, al entender que el recurso de estos se basaba en una “mera discrepancia” con la valoración de la prueba realizada por la jueza de lo contencioso-administrativo.

El Alto Tribunal andaluz recordó en su sentencia que la valoración de la prueba de instancia debe respetarse siempre que no sea “manifiestamente ilógica o arbitraria” y concluyó que la jueza de Algeciras actuó conforme a derecho al anular la sanción.

Ni en el expediente disciplinario se agotaron las posibilidades probatorias para concluir que los hechos denunciados no tenían una base cierta ni se incoó información reservada para su esclarecimiento", subraya la sentencia

La resolución judicial subrayó, además, que no se probó "ningún propósito de desacreditar" a los superiores jerárquicos del trabajador, ni que existiera “animadversión” entre ellos. Según la sala del TSJA, “lo que resulta de lo actuado es el propósito del denunciante de esclarecimiento de conductas, particularmente en el servicio de Pediatría donde había prestado su trabajo durante muchos años”.

"Los hechos que se ponen de manifiesto" por parte del enfermero denunciante, indicó el TSJA en su sentencia, "consisten en denunciar la concesión de días libres de forma irregular existiendo una doble contabilidad en los cuadrantes del Gerhonte, causando un perjuicio económico que puede rondar los 600.000 euros y el hostigamiento sufrido por el recurrente al querer destapar esta cuestión", atribuyendo dichas irregularidades a dos responsables de Pediatría del Punta de Europa en aquellos momentos.

Con claro tono de reproche hacia la administración sanitaria andaluza, el TSJA añade que "ni en el expediente disciplinario instruido se agotaron las posibilidades probatorias para concluir que los hechos denunciados por el expedientado no tenían una base cierta, ni se incoó, por otra parte, información reservada para su esclarecimiento, ni de la prueba practicada podía deducirse una intención del denunciante de desacreditar a sus superiores denunciados; lo que resulta de lo actuado es el propósito del denunciante de esclarecimiento de conductas, particularmente en el servicio de Pediatría donde había prestado su trabajo durante muchos años, habiéndose cuestionado la labor del supervisor del mismo".

Condena en costas al SAS

El TSJA, al confirmarse íntegramente la sentencia de primera instancia, impuso las costas procesales al Servicio Andaluz de Salud, con un límite máximo de 800 euros. La sanción quedó anulada de manera definitiva, reconociendo que el trabajador actuó "dentro de los cauces del deber de denuncia" que la ley impone a los empleados públicos.

En opinión de fuentes judiciales consultadas por Europa Sur, la sentencia “sienta un precedente relevante sobre la protección del personal que comunica posibles irregularidades dentro de la Administración”.

La respuesta del SAS

En contraste con lo apuntado en las dos sentencias citadas sobre la ausencia de una investigación interna por parte del SAS para verificar la denuncia del enfermero, fuentes de la administración sanitaria andaluza consultadas por esta redacción señalan que "se han investigado los hechos que este profesional denunció, con la apertura y resolución de una información reservada, que ha concluido que no hubo irregularidades ni menoscabo económico para las arcas públicas". "Consecuencia de esta información reservada", añaden, "se abrió el disciplinario por atentar contra el honor de superiores y compañeros, revocado por el juzgado ahora (que entiende que no lo hizo con esta intención), decisión que no podemos más que respetar".

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