Sentencia de la Audiencia de Cádiz

Condenas de prisión y multas millonarias para cuatro guardias civiles y otras ocho personas por contrabando en el Puerto de Algeciras y blanqueo

  • Un cabo destinado en la Aduana lideraba una red que facilitaba la entrada ilegal de tabaco a través de los muelles

  • Un quinto agente de la Benemérita y otros dos acusados quedan absueltos

  • El fallo y las condenas impuestas

Una cámara de televisión, ante la puerta de la Audiencia en Algeciras el pasado 6 de febrero, cuando se inició el juicio.

Una cámara de televisión, ante la puerta de la Audiencia en Algeciras el pasado 6 de febrero, cuando se inició el juicio. / Erasmo Fenoy (Algeciras)

La Sección Séptima de la Audiencia de Cádiz, con sede en Algeciras, ha condenado por los delitos de contrabando y blanqueo de capitales a cuatro guardias civiles y otras ocho personas como integrantes de una red delictiva dedicada a facilitar la entrada ilegal en España de tabaco y a lavar posteriormente el dinero obtenido a través de empresas familiares, varias de ellas ligadas al sector de la automoción, y la compra de numerosos inmuebles y vehículos.

Las penas impuestas, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Sur y en las que se ha apreciado la atenuante simple de dilaciones indebidas, oscilan entre los siete años y medio para el principal acusado, un cabo primero de la Guardia Civil destinado en su día como jefe de turno de la Sección Aduanera del Puerto de Algeciras, y un año, en el caso de varios de los colaboradores del blanqueo de dinero.

Las multas para los condenados son cuantiosas y, en el caso del cabecilla de la trama, ascienden a 4,5 millones de euros. La sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo y fechada el pasado 28 de marzo, evalúa el fraude cometido a la Hacienda pública en 1.675.785,07 euros, cantidad que  los condenados deberán devolver también de forma solidaria a la Agencia Aduanera y Tributaria. El juicio se celebró el pasado mes de febrero en Algeciras.

La Fiscalía Antidroga del Campo de Gibraltar atribuía también a los acusados los delitos de pertenencia a organización criminal y cohecho, según el escrito de acusación del ministerio público, adelantado en enero pasado por esta redacción, si bien los condenados han quedado absueltos de estos dos delitos. Un quinto agente de la Benemérita y otros dos también enjuiciados han sido absueltos de todos los delitos que se les atribuían.

“El análisis de las conversaciones telefónicas intervenidas judicialmente y los múltiples seguimientos y vigilancias a los que fueron sometidos los acusados permitieron al Servicio de Asuntos Internos (SAI) de la Guardia Civil constatar la existencia de un entramado criminal que tenía por objeto facilitar a otros grupos delictivos, a cambio de un precio, la introducción de mercancías ilícitas en territorio español”, apuntaba la Fiscalía a modo de resumen de unos hechos asumidos como ciertos en la sentencia. En la investigación también participó de forma activa la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera (DAVA).

La investigación se inició a finales de 2012 en el curso de unas diligencias previas incoadas en el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Algeciras “en torno a una organización criminal indiciariamente responsable de cometer delitos de falsedad en documento público y blanqueo de capitales”.

Tras la detención de varios individuos, aparecieron indicios sobre la existencia de “una organización criminal liderada por un guardia civil destinado en Málaga, que estaría facilitando la introducción en España de grandes cantidades de cocaína a través del Puerto de Algeciras”. “En este contexto”, añadía la Fiscalía, “el acusado B.A.P., cabo 1º de la Guardia Civil destinado en esa fecha como jefe de turno de la Sección Aduanera del Puerto de Algeciras, fue identificado como uno de los posibles responsables del nuevo ilícito que se pretendía investigar”.

“La estructura establecida por B.A.P aprovechaba la condición profesional de varios de sus miembros, guardias civiles destinados en la Sección Fiscal del Puerto de Algeciras, para facilitar el paso de mercancías ilícitas a través del Puerto eludiendo los controles fiscales y aduaneros a los que dichas mercancías pudieran verse sometidas”, indicaba el ministerio público.

"El acusado ofrecía los servicios de su organización a otros grupos delictivos, a los que facilitaba la introducción de mercancía ilícita a través del Puerto, en el que él y sus hombres estaban destinados"

B.A.P, desde “la cúspide" de la red, dirigía un entramado criminal con “una organización perfectamente estructurada, con división de funciones entre sus miembros y con una jerarquía predeterminada”.

“El acusado ofrecía los servicios de su organización a otros grupos delictivos, a los que facilitaba la introducción de mercancía ilícita a través del Puerto, en el que él y sus hombres estaban destinados. Como líder, el acusado impartía órdenes e instrucciones a los demás acusados, determinaba la forma de proceder para garantizar la entrada de la mercancía ilícita en territorio español, distribuyendo funciones y roles entre sus subordinados”, indicaba la acusación pública.

Testaferros y un abogado

Una parte clave de la trama estaba formada por personas interpuestas a las que B.A.P. utilizaba como titulares de propiedades que las ganancias logradas pasasen desapercibidas: “En una fase posterior utilizaba a sus allegados como testaferros para la ocultación de las ganancias ilícitas que obtenía. Todo ello lo realizaba omitiendo las más elementales obligaciones inherentes a su cargo, y aprovechando la información privilegiada que conocía por razón de su destino profesional”.

Otro miembro destacado de la organización era J.R.C.L.. Abogado de profesión, el acusado era la persona de confianza de B.A.P: “Su función era la realización de funciones de enlace entre la organización y los grupos delictivos que requerían los servicios de esta para la introducción de mercancías por el Puerto, proporcionándoles instrucciones en tiempo real, conforme a la información que, a su vez, le era transmitida por los miembros de su organización, para la consumación del ilícito”.

La “estructura operativa” de la red criminal estaba conformada por otros tres guardias civiles destinados a la fecha de los hechos en el Puerto de Algeciras. “Siempre bajo las órdenes de B.A.P., y de acuerdo con la información en tiempo real que les facilitaba [el abogado] R.C.L.” […] “eran los responsables de garantizar materialmente la entrada a través del Puerto de la mercancía ilícita, de manera que ésta eludiese los preceptivos controles fiscales y aduaneros”.

“Para ello se prevalían de sus cargos y omitían las obligaciones inherentes a los mismos, evitando detener a los vehículos que transportaban la mercancía ilícita”, lo que hacían intercambiando información en tiempo real sobre el tránsito de aquella “e incluso falsificando la documentación aduanera que todo transporte de mercancías que pretenda salir del Puerto debe presentar”.

De entre esos tres agentes de la Guardia Civil, uno de ellos ejercía como primus inter pares, F.J.J.M., quien ocupaba “una posición especialmente preeminente”. Asumió “en al menos una ocasión las funciones de coordinación entre los guardias civiles integrantes de la organización con R.C.L ante la ausencia de B.A.P”.

El relato de la Fiscalía describía que “el último eslabón de la organización” lo componían varias personas pertenecientes al “circulo familiar y personal de B.A.P.”. “Utilizando un complejo entramado societario” constituido por varias empresas, entre las que figuraban concesionarios de coches y supuestas firmas de inversión, “dichos acusados se ocupaban de introducir en el circuito legal, con pleno conocimiento del origen ilícito del dinero que gestionaban, las ganancias procedentes de las actividades delictivas de B.A.P, las cuales eran transformadas en bienes y servicios. De esta manera la operativa ilícita del entramado criminal conformado por dicho acusado quedaba encubierto en todos sus extremos”.

Los ingresos de la red

La sentencia recoge las cantidades de dinero demostrables que varios de los acusados habrían logrado blanquear:

-B.A.P.: 330.638 euros.

-S.A.P.: 131.623,70 euros.

-M.M.G.P.: 94.776,56 euros.

-M.M.A.G.: 45.312 euros.

-H.J.C.: 33.986 euros.

B.A.P. había sido investigado con anterioridad por hechos similares en procedimientos penales por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Algeciras y el Juzgado Mixto nº 1 de San Roque, si bien dichas pesquisas no determinaron su implicación en hechos delictivos dado que el fiscal apunta en su escrito que no le constan antecedentes penales.

Tanto él como su esposa, M.M.G.E., carente “de medios de vida conocidos”, según comprobaron los agentes encargados de la investigación, “gozaban de un enorme patrimonio aparentemente incompatible con su situación laboral”.

La sentencia, en concreto, recoge que la capacidad económica de la pareja por vías lícitas “no les permitía efectuar ni las operaciones e inversiones inmobiliarias, gastos y compras referidos”, lo que hace concluir que la financiación procedía de las actividades ilegales comandadas por B.A.P.

En concreto, el SAI corroboró que los acusados tenían participaciones en diversas sociedades mercantiles, eran titulares de 30 automóviles y habían participado en la adquisición de cuatro bienes inmuebles, llegando incluso a constatar que B.A.P. había participado desde el año 2005 en diversos préstamos con un importe total de 812.000 euros.

“Esas ganancias no procedían ni de su sueldo como cabo de la Guardia Civil, ni se trataba de beneficios procedentes de sus empresas de venta de vehículos y repuestos, sino que se correspondían con pagos a su favor por facilitar la entrada a través del Puerto de Algeciras de mercancías de contrabando [...]. Por otra parte, existen sospechas de que igualmente pudiera venir facilitando la entrada de sustancias ilícitas”, como hachís, “a través del puerto”, indica la sentencia.

Contactos con otros delincuentes

La investigación patrimonial se complementó con una serie de vigilancias realizadas sobre B.A.P.. “Los miembros del SAI pudieron comprobar que utilizaba múltiples vehículos para la realización de sus desplazamientos, algunos de ellos relacionados con otras operaciones policiales, y que mantenía reuniones con diversos individuos, algunos de ellos con antecedentes policiales, en las que empleaba medidas de seguridad para detectar posibles seguimientos y para ocultar su apariencia”, concluía la Fiscalía.

A ese último respecto, la sentencia recoge las conexiones supuestamente delictivas del principal condenado: “Se ha constado el estrecho vínculo con individuos relacionados con el ámbito delictual: Nordin (por tráfico de drogas); Rachid (posible jefe de la organización marroquí dedicada a narcotráfico), C.S. (implicado en un delito de extorsión a extranjera en Marbella), y D.P. (actualmente condenado por sentencia firme por tráfico de drogas y acusado de blanqueo en su modalidad agravada en esta causa)”.

"Acude a Sotogrande, después, a gran velocidad, se dirige a El Corte Inglés Marbella, intercambia mensajes con un tercero, y cuando finalmente se encuentran, lo hacen en la zona de lencería"

Además, los agentes responsables de la investigación constataron que el líder de la red “adoptaba medidas de seguridad y realizaba cambios constantes de teléfonos”. En concreto, “en una conversación del día 10-2-14 habla con un tercero, que le recomienda bajarse” una aplicaciíon de comunicaciones “que permite la autodestrucción de los mensajes, lo que evidentemente le aportaría seguridad en sus comunicaciones para estos fines delictivos”, indica la sentencia.

B.A.P. se cuidaba también las espaldas con medidas de contravigilancia para tratar de ocultar su actividad. “Entre otras muchas ocasiones, el día 14-12-13, acude a Sotogrande, después, a gran velocidad, se dirige a El Corte Inglés Marbella, intercambia mensajes con un tercero, y cuando finalmente se encuentran, lo hacen en la zona de lencería; tras la reunión, B.A.P. da dos vueltas con su coche, antes de marcharse”, recoge la sentencia.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios