Orden de desahucio para una madre soltera de Algeciras con un hijo con TDH: "Sólo pido un poquito de corazón"
La mujer intenta acreditar su situación de vulnerabilidad para que el Juzgado de Primera Instancia nº 1 paralice el lanzamiento previsto para el martes
"Los arrendadores no tienen la vivienda inscrita en el registro de la Propiedad", defiende su abogado
La falta de oferta, el miedo a los impagos y los contratos sin declarar lastran el alquiler de viviendas en el Campo de Gibraltar

Algeciras/Madre soltera, de 37 años, sin contrato de trabajo y con un hijo de 15 que padece trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDH). Ese es a grandes rasgos el perfil de una algecireña, de iniciales S. M. A., que el próximo martes 11 de febrero será desahuciada de la vivienda que tiene alquilada desde 2022 en el barrio de El Rinconcillo mientras intenta acreditar que está en situación de vulnerabilidad y aporta los informes médicos de la enfermedad del pequeño. Ella no se niega a irse, sólo pide un aplazamiento para poder encontrar un lugar en el que vivir con el niño. "Sólo pido un poquito de corazón", dice. El Juzgado de Primera Instancia nº 1 decidirá el lunes si le da más tiempo.
La mujer sostiene que se ha visto envuelta en una serie de irregularidades que habían enrarecido la relación con lo dueños, que iniciaron hace dos años el proceso para recuperar su casa. Y eso que, según explica su abogado, Francisco Loaiza, "los arrendadores no tienen la vivienda ni tan siquiera inscrita a su nombre en el Registro de la Propiedad y tienen varias propiedades, por lo que no la necesitan".
S. M. A. afirma que nunca se ha negado a pagar, pero sí rechazó firmar un contrato "vacacional" por dos meses que subiría el precio del alquiler. El Rinconcillo está a pie de playa, cada verano recibe a muchos visitantes y los precios suben. Aquello, narra, cambió la actitud de los propietarios con ella. Desde que hizo el contrato de alquiler pagaba "en mano" y entonces le propuso a los arrendadores realizar una transferencia, a lo que según cuenta se negaron. Después les pidió un recibo cuando les entregaba el dinero del alquiler. También lo rechazaron. Finalmente, los dueños de la vivienda denegaron incluso los pagos. Por desconocimiento de la ley, la mujer no acudió a depositar la cantidad estipulada en el Juzgado, por lo cual figura como que durante cuatro meses no pagó.
S. M. A. está en riesgo de ser desahuciada pese a que cumple el perfil para acogerse al nuevo decreto ómnibus para los propietarios de viviendas en alquiler que entró en vigor el 29 de enero, después del juicio en el que la jueza acordó el lanzamiento. Tal y como se recoge la nueva legislación, cuyo texto ya figura en el BOE, se suspenden los desahucios de inquilinos en situación de vulnerabilidad durante todo 2025 (hasta el 31 de octubre). Esto significa que los inquilinos vulnerables podrán alegar su situación para la "suspensión extraordinaria del desahucio o lanzamiento" al encontrarse "en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva". Con la medida, el Estado garantiza "la protección social de los hogares más vulnerables" durante el año 2025. Por lo tanto, en aquellos casos en los que el desahucio no pueda ejecutarse al tratarse de un inquilino vulnerable, el propietario no podrá recuperar la vivienda. Sin embargo, el Estado cubrirá los impagos a través del nuevo sistema público de avales, recogido en el nuevo decreto.
Ahí radica el segundo problema con el que se encontró S. M.A.: la demora en conseguir el informe de vulnerabilidad de parte de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. La abogada que comenzó llevando el caso intentó conseguir el documento en varias ocasiones, antes y después del juicio. Asuntos Sociales le decía que sólo lo emitían a instancias del Juzgado, pero este no remitió el oficio para pedirlo. Visto que el lanzamiento no se suspendía, el nuevo abogado de S. M.A. insistió ante Asuntos Sociales hasta que consiguió el informe en el que se acreditaba la vulnerabilidad. Con el documento, presentó un escrito al Juzgado y solicitó la suspension del lanzamiento. El Juzgado se lo denegó remitiéndose al auto ya acordado anteriormente en el que fundamentaba que no lo suspendia por no acreditarse la vulnerabilidad. Frente a lo que considera una contradicción, ha vuelto presentar un recurso contra ese auto "alegando que no es acorde al criterio que se fundamenta la denegación cuando se ha aportado el informe de vulnerabilidad", explica el representante legal de la inquiina, Francisco Loaiza.
S. M. A., antes o después, se quedará sin casa en una Algeciras con mucha demanda de alquiler, poca oferta y muy cara. Esta mujer sólo percibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV), es decir, no tiene un sueldo, lo que disparará las dificultades para encontrar un hogar. Está en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, pero no sabe cuándo le llegará el turno. Aun así no desfallece. Quiere tiempo para encontrar una solución a su problema. "No voy a merterme con una patada en una casa, yo no soy así, ni quiero que mi hijo viva esto", afirma. El lunes será clave para conocer su futuro.
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