El Juzgado de Familia de Algeciras, sin acceso a la base de datos de condenados por violencia machista

Justicia

La oficina judicial aprueba los regímenes de visita de los menores con sus padres sin saber si estos cuentan con antecedentes por maltrato

Alarma tras el asesinato en Valencia de un niño de 11 años a manos de su progenitor, condenado por pegar a la madre del pequeño

Un teléfono móvil, con una aplicación contra la violencia de género.
Un teléfono móvil, con una aplicación contra la violencia de género. / E.S.

El Juzgado de Familia de Algeciras carece de acceso a la base de datos en la que figuran los condenados por delitos de violencia de género, lo que obliga a esa oficina judicial a establecer a ciegas los regímenes de visita de los progenitores con sus hijos.

Esta circunstancia limita el cumplimiento de la reforma del Código Civil que entró en vigor el pasado mes de septiembre y por la que se impide disfrutar del régimen de visitas con sus hijos a los padres incursos en procesos penales por atentar contra la vida, agredir o abusar de la pareja o de los menores.

La situación ha sido denunciada a Europa Sur por el decano de los jueces de la ciudad, Alberto Ruiz, quien responsabiliza al Ministerio de Justicia de limitar al Juzgado de Familia algecireño el acceso al Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia (Siraj), donde está reflejada la situación penal de los padres maltratadores.

"En el Siraj se registran al momento las órdenes de protección, de alejamiento, etc, que se imponen tanto por los juzgados de instrucción como por los de violencia sobre la mujer", apunta el decano de los jueces, que subraya la importancia que un mecanismo de esas características tendría para los jueces y fiscales de familia si estuviese abierto a ellos.

"Si los abogados de una víctima de violencia no informan al Juzgado de Familia de que la pareja de la mujer tiene una orden de alejamiento que impide que vea a los menores, es imposible que el juez actúe y evite esos encuentros", afirma Alberto Ruiz.

Puede darse también la circunstancia de que el maltratador haya sido condenado por delitos de violencia cometidos contra otras mujeres, por lo que los abogados de una mujer distinta no pueden tener conocimiento de esos antecedentes.

“Por cosas como esta, pasa luego lo que pasa”, lamenta el decano de Algeciras

“No es que falte coordinación entre los juzgados, es que es imposible que exista coordinación”, subraya el decano de los jueces algecireños. “Lo que puede ocurrir es que el Juzgado de Familia de Algeciras y otros en las mismas circunstancias no puedan evitar unos hechos tan graves y lamentables" como los ocurridos en Sueca (Valencia) hace una semana, recuerda Ruiz en alusión al asesinato a puñaladas de un niño de 11 años a manos de su padre maltratador, que aprovechó el régimen de visitas concedido por un juez desconocedor de los antecedentes del individuo.

Petición denegada en abril de 2021

Según Alberto Ruiz, la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Familia de Algeciras "solicitó en el mes de abril de 2021 ser dada de alta en el Siraj para poder consultar órdenes de alejamiento en cuestiones de violencia sobre la mujer por una cuestión de competencia, porque preveía que podían darse situaciones en las que un padre con orden de alejamiento pudiera seguir viendo a sus hijos". "Desde la Secretaría de Coordinación", añade el decano, "le pidieron que concretase los motivos, ella los expuso y, desde el ministerio le dijeron que no, que al ser un órgano civil no tenía acceso al Siraj”. “Por cosas como esta, pasa luego lo que pasa”, lamenta Ruiz.

Esta redacción se puso en contacto el pasado viernes con el Ministerio de Justicia y le trasladó la denuncia del decano de los jueces de Algeciras. A la hora de redactar esta información no había obtenido respuesta.

En junio de 2021, antes de la citada reforma del Código Civil, había entrado en vigor la Ley de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, que ya restringía las visitas a los maltratadores con una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sueca, sin información

En el cruento suceso de Sueca, los padres del niño asesinado tenían la custodia compartida tras establecerlo un juzgado de Valencia, órgano que no había sido informado de la condena por malos tratos que pesaba sobre el progenitor.

Los hechos tuvieron lugar el 3 de diciembre en la vivienda del detenido, que desde el suceso se encuentra en prisión sin fianza. Fue la madre de la víctima quien dio el aviso tras desplazarse hasta la casa del hombre para recoger a su hijo y que nadie le abriera.

El arma que habría utilizado el hombre para perpetrar el crimen habría sido un cuchillo de cocina. El menor, de 11 años de edad recién cumplidos, era el único hijo que tenía el matrimonio, de nacionalidad española.

Los padres del menor presentaron en julio de 2021 una demanda de divorcio de mutuo acuerdo ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Sueca, competente en materia de Familia. En esta demanda, los padres de la víctima establecieron un convenio regulador con custodia compartida respecto del menor de edad.

Un mes más tarde, en agosto, otro órgano judicial, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Sueca, con competencias en materia de violencia sobre la mujer, celebró un juicio rápido contra el hombre y le condenó como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 del Código Penal.

El juzgado estableció para el hombre 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, ocho meses de alejamiento y prohibición de comunicación con respecto a su exmujer y 16 meses y dos días de prohibición de tenencia de armas.

Además, en la sentencia, de fecha 12 de agosto, se estableció custodia y patria potestad respecto del menor a favor de la progenitora y se suspendió cualquier régimen de visitas del progenitor condenado respecto al hijo. También se fijó una pensión de alimentos de 200 euros mensuales para el menor.

Sin embargo, un mes más tarde, en septiembre, ambos cónyuges ratificaron el Juzgado de Primera Instancia 5 el convenio regulador presentado en julio que establecía la custodia compartida y se dictó la sentencia correspondiente.

Ninguno de los cónyuges informó al juzgado de Familia de la existencia de un procedimiento penal por malos tratos y de la sentencia de Sueca que fijaba antes la custodia del menor a favor de la madre y suspendía el régimen de visitas para el padre.

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