Julián Muñoz seguirá en el CIS tras serle denegada la libertad condicional

La Audiencia de Málaga considera que no está probado que esté enfermo en fase terminal

Julián Muñoz, a su llegada al CIS de Algeciras.
Julián Muñoz, a su llegada al CIS de Algeciras.
Europa Press Málaga

08 de julio 2016 - 01:00

La Audiencia de Málaga ha confirmado la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de no conceder la libertad condicional al exalcalde de Marbella Julián Muñoz, quien por lo tanto seguirá cumpliendo un régimen de tercer grado en el Centro de Inserción Social (CIS) de Algeciras. Ha desestimado los recursos presentados tanto por la defensa del exregidor marbellí como por la Fiscalía contra dicha resolución del juez de abril de este año.

Así, la Sección Tercera recuerda que ya se ha pronunciado en varios autos a favor de la concesión del tercer grado por enfermedad grave e incurable a Muñoz, que tiene pendiente cumplir varias condenas que suman una pena de privación de libertad de más de 19 años, y de su aplicación efectiva, como de hecho se está haciendo.

El juzgado de Vigilancia Penitenciaria rechazó la propuesta de libertad condicional, elevada por la cárcel malagueña de Alhaurín de la Torre, al precisar que según los informes forenses el interno "no padece una enfermedad terminal sino que, por el contrario, se trata de una enfermedad grave e incurable", defendiendo que el tercer grado no tiene un carácter meramente instrumental en estos casos.

Ahora, el Tribunal de apelación señala en su resolución que "la norma exige la presencia de un peligro patente para la vida del interno", al tiempo que apunta que "es ese el motivo de la confirmación de la desestimación acordada por el juez de Vigilancia".

La Sala explica que no existen dudas de que la concesión de la libertad condicional exige la previa clasificación en tercer grado, pero añade que "la existencia de éste no ha de implicar necesariamente la concesión" de la primera, dado que la misma requiere que la enfermedad, grave e incurable, "suponga un peligro patente para la vida del interno".

El Tribunal indica en su auto que el carácter terminal de la enfermedad "no tiene apoyo en la documentación médica". Se apunta que hay un informe de un catedrático, emitido a instancia de parte, que habla de un pronóstico desfavorable "cifrando tal término en un año o menos", pero se añade que hay otros documentos con conclusiones distintas.

Al respecto, se indica que el último informe da un pronóstico de vida de cinco a diez años, de forma que "la permanencia en el medio carcelario es compatible con sus dolencias". Se apunta, además, que "la concesión no puede estar determinada, exclusivamente, por el estrés que provoca o causa, a casi todo interno y en prácticamente cualquier caso, el ambiente carcelario".

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